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Resolución Reglamentaria 010 de 2025 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
03/06/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/06/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8338 del 05 de junio del 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 010 DE 2025

 

(Junio 03)

 

Por la cual se adoptan nuevas versiones para algunos procedimientos del proceso Gestión del Talento Humano y se dictan otras disposiciones

 

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D.C.

 

En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el Acuerdo 658 de 2016[1], expedido por el Concejo de Bogotá, D.C. y.

 

CONSIDERANDO

 

Que el artículo 269 de la Constitución Política, establece como obligación de las autoridades diseñar y aplicar en las entidades públicas, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno de conformidad con lo que disponga la ley.

 

Que de conformidad con los literales b) y I) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993 se deben implementar como elementos del sistema de control interno institucional, los procedimientos para la ejecución de procesos, la simplificación y actualización de normas y procedimientos.

 

Que el Acuerdo Distrital 658 de 2016, regula en el artículo 6 la autonomía administrativa, en virtud de la cual, corresponde a la Contraloría de Bogotá D.C., definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las leyes y los respectivos Acuerdos vigentes.

 

Que la Contraloría de Bogotá D.C. mediante Resolución Reglamentaria No. 038 del 8 de octubre de 2018, adoptó la nueva versión del Modelo Estándar de Control Interno -MECI-, e incorporó la estructura definida en la dimensión No. 7, Control Interno, del Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG-.

 

Que la Contraloría de Bogotá D.C., expidió la Resolución Reglamentaria No. 033 del 15 de diciembre de 2023, por medio de la cual se adoptó la versión 4.0 de los procedimientos PGTH-17 Procedimiento para atención, reporte e investigación de incidentes y accidentes de trabajo y PGTH-19 Procedimiento para la elaboración del diagnóstico de condiciones de salud.

 

Que mediante Acta No. 3 del proceso de Gestión del Talento Humano, se analizó el informe final de auditoria Al-03-2024, realizada por la Oficina de Control Interno al Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo /SG-SST, determinando las acciones para atender los resultados de dicha auditoria.

 

Que la Dirección de Talento Humano - Subdirección de Bienestar Social, en cumplimiento de lo anteriormente expuesto, revisó y ajustó el registro del procedimiento PGTH-17, con el fin de establecer el término de dos (2) días siguientes a la ocurrencia del hecho, para efectuar el reporte de los accidentes de trabajo a las EPS.

 

Que adicionalmente se identificó la necesidad de aclarar el procedimiento PGTH-19, para indicar que la socialización del Informe de Condiciones de Salud debe hacerse al Director de Talento Humano y a los profesionales de Seguridad y Salud en el Trabajo adscritos a la subdirección de Bienestar Social y debe tener como registro un "Memorando remisorio del Informe de Condiciones de Salud".

 

Que teniendo en cuenta el proceso de mejora continua, es necesario adoptar nuevas versiones para los procedimientos PGTH-17 "Procedimiento para atención, reporte e investigación de incidentes y accidentes de trabajo" y PGTH-19 "Procedimiento para la elaboración del diagnóstico de condiciones de salud".

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE

 

ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar nuevas versiones para los siguientes procedimientos del Proceso de Gestión del Talento Humano: 

 

No.

DOCUMENTO

Versión

Código

1

Procedimiento para la atención, reporte e investigación de incidentes y accidentes de trabajo.

5.0

PGTH-17

 

2

Procedimiento para la elaboración del diagnóstico de condiciones de salud.

5.0

PGTH-19

 

 

ARTÍCULO SEGUNDO. Es responsabilidad de los directores, subdirectores, jefes de oficina y gerentes velar por la divulgación y cumplimiento del procedimiento adoptado.

 

ARTÍCULO TERCERO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial los numerales 9 y 11 del artículo primero de la Resolución Reglamentaria No. 033 del 15 de diciembre de 2023.

 

PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en la ciudad de Bogotá D.C., a los 03 días del mes de junio del año 2025.

 

JULIAN MAURICIO RUIZ RODRIGUEZ

 

Contralor de Bogotá D.C

 

Nota: Ver norma original y anexo en Anexos.

 

NOTA AL PIE DE PAGINA:


[1] Modificado parcialmente por los acuerdos distritales 664 del 28 de marzo de 2017, 881 del 2 de marzo de 2023, 886 del 22 de marzo de 2023 y 904 del 26 de junio de 2023