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Decreto Local 009 de 2025 Alcaldía Local de Suba

Fecha de Expedición:
04/06/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
04/06/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital 8342 del 9 de junio de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 09 DE 2025

 

(Junio 04)

 

Por el cual se efectúa una adición en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la vigencia fiscal de 2025, mediante la adición de los excedentes financieros

 

EL ALCALDE LOCAL DE SUBA

 

En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 32 del Decreto 158 del 21 de abril de 2025, el artículo 10 del Decreto 192 de 2021, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 32 del Decreto Distrital 158 de 2025, señala: "ARTÍCULO 32. Modificaciones Presupuestales: Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes rectificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente: (...) c) Adición por Excedentes Financieros: Si persistiera un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto local al monto real de las Obligaciones por Pagar constituidas al cierre de la vigencia inmediatamente anterior, deberá este ser adicionado por cada FDL mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS Distrital, quien para el efecto consideró los conceptos de los alcaldes locales correspondientes."

 

Que en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 49 del Decreto 158 de 2025 y en la Resolución SHD-00191 de 2017, en la Circular Externa No. DDP-000014 de 2024, "Guía de cierre presupuestal 2024 y programación presupuestal vigencia 2025 de los Fondos de Desarrollo Local", y una vez revisada la información de Cierre Vigencia 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Suba, se establecieron por parte de la Secretaría Distrital de Hacienda los aspectos a considerar para efectuar el ajuste al presupuesto 2025, de conformidad con las cifras resultantes del cierre presupuestal y financiero a 31 de diciembre de 2024.

 

Que una vez efectuado el ejercicio de ajuste del Fondo de Desarrollo Local de Suba se determinó una disponibilidad final – Excedentes Financieros a 31 de diciembre de 2024 por valor de $22.999.724.254, monto confirmado por la Secretaría Distrital de Hacienda según radicado No. 2025EE03653101 del 18 de febrero de 2025.

 

Que, conforme a lo anterior, el Alcalde Local de Suba presentó oportunamente ante el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS y ante la Secretaría Distrital de Hacienda, la solicitud de ajuste al presupuesto 2025 y distribución de Excedentes Financieros, para lo cual anexaron los correspondientes conceptos emitidos según No. Radicación: 2-2025-19512, conforme a lo dispuesto por el artículo 42 del Decreto Distrital 158 de 2025.

 

Que mediante circular CONFIS No. 02 de 2025, se comunica a las Alcaldesas y Alcaldes Locales y Secretaría Distrital de Gobierno, que el CONFIS en sesión No. 05 celebrada el 18 de marzo de 2025 y de acuerdo a lo establecido en el literal h) del artículo 10º y en el artículo 78º del Decreto Distrital 714 de 1996 así como en los artículos 37 y 38 del Decreto Distrital 372 de 2010, resolvió lo siguiente: 1) Determinar un monto de excedentes financieros a 31 de diciembre de 2024 por valor de $100.203.931.110, de los 20 Fondos de Desarrollo Local (FDL), así: (...)., 2) De acuerdo con lo establecido en el literal b) del artículo 100 y en el artículo 78º del Decreto Distrital 714 de 1996, así como en los artículos 37º y 38º del Decreto Distrital 372 de 2010, el CONFIS Distrital efectuó una Distribución parcial de los excedentes financieros generados por los 20 Fondos de Desarrollo Local al cierre de la vigencia 2024 por valor de $25.882.298.999, conforme al siguiente detalle:…” al Fondo de Desarrollo Local de Suba se le asignó la suma de $4.193.399.857 con la siguiente distribución por iniciativas: "Navidad": $3.000.000.000, "Barrios Vivos": $428.500.000, "Bibliotecas": $188.899.857, "Bogotá 24 Horas": $126.000.000, "Estar bien": $450.000.000

 

Que de conformidad con lo ordenado por el literal c), del numeral 2, del artículo 32 del Decreto 158 de 2025, la Junta Administradora Local de Suba, mediante Acuerdo Local No. 001 del 31 de mayo de 2025, el Alcalde Local sancionó la modificación presupuestal presentada, correspondiente a la adición de excedentes financieros de la vigencia 2024.

 

En mérito de lo anterior, el Alcalde Local de Suba,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese una adición al presupuesto de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Suba en la vigencia fiscal 2025, por valor de CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($4.193.399.857) M/CTE y distribuir la disponibilidad final -excedentes financieros, según el siguiente detalle:

 

RUBRO PRESUPUESTAL

Adición

CÓDIGO

NOMBRE

O1

Ingresos

4,193,399,857

O12

Recursos de capital

4,193,399,857

O1202

Excedentes financieros

4,193,399,857

O120203

Fondos de Desarrollo Local

4,193,399,857

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese una adición al presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Suba en la vigencia fiscal 2025, por valor de CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($4.193.399.857) M/CTE, y distribuir la disponibilidad final- excedentes financieros, según el siguiente detalle:

 

RUBRO PRESUPUESTAL

Adición

CÓDIGO

NOMBRE

O23

INVERSIÓN

4,193,399,857

O2301

DIRECTA

4,193,399,857

O230117

Bogotá Camina Segura

4,193,399,857

O23011745

Gobierno Territorial

4,193,399,857

O2301174599

Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial

4,193,399,857

O230117459920242743

Suba, con cultura, camina segura

4,193,399,857

 

ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

 

Se expide en Bogotá D.C. a los 04 días del mes de junio del año 2025.

 

CESAR SALAMANCA ROJAS

 

Alcalde Local de Suba

 

Nota: Ver norma original en Anexos