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RESOLUCIÓN 382 DE 2025
(Mayo 30)
Por la cual se reconoce personería jurídica al CLUB DEPORTIVO STK BIKE CLUB
LA DIRECTORA DE PERSONAS JURÍDICAS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE
En ejercicio de las funciones previstas en el artículo 16 del Decreto Distrital 340 de 2020, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Distrital 479 de 2024 y considerando,
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales, y en particular, por lo preceptuado en el artículo 27 del Decreto Nacional 525 de 1990, delegó en el Alcalde Mayor de la ciudad, el reconocimiento de la personería jurídica de las entidades sin ánimo de lucro del Distrito Capital.
Que el Decreto Distrital 479 de 2024 regula los trámites y actuaciones relacionados con el otorgamiento de personería jurídica, aprobación de reformas estatutarias, negación de personería jurídica, suspensión y cancelación de personería jurídica, inscripción de dignatarios, expedición de certificado de existencia y representación legal, registro y sello de libros de los organismos deportivos con domicilio en Bogotá D.C. vinculados al Sistema Nacional del Deporte.
Que el literal a) del artículo 16 del Decreto Distrital 340 de 2020 proferido por el Alcalde Mayor de Bogotá, dispone que corresponde a la Dirección de Personas Jurídicas reconocer la personería jurídica de las entidades sin ánimo de lucro con fines recreativos o deportivos con domicilio en Bogotá D.C., vinculadas al Sistema Nacional del Deporte conforme a la Ley 181 de 1995, Decreto 1228 de 1995 y demás normas vigentes sobre la materia.
Que el marco normativo que rige el otorgamiento de personería jurídica para las entidades deportivas sin ánimo de lucro, se encuentra contemplado en la Ley 181 de 1995, mediante la cual se crea el Sistema Nacional del Deporte, y por el Decreto Ley 1228 de 1995, el cual dispone en el artículo 10 los requisitos para el funcionamiento de las Ligas Deportivas, así mismo el artículo 24 establece lo relativo a la personería jurídica y en los artículos 21 y 22 lo relacionado con su estructura y estatutos, respectivamente.
Que el CLUB DEPORTIVO STK BIKE CLUB cuenta con reconocimiento deportivo otorgado por el Instituto Distrital de Recreación y Deporte -IDRD- mediante la Resolución No. 42 del 10 de enero de 2025, constituido por afiliados mayoritariamente deportistas, para fomentar y patrocinar la práctica del deporte del CICLISMO, en el Distrito Capital.
Que mediante escrito radicado 20257100031232 del 10 de febrero de 2025 la entidad sin ánimo de lucro denominada CLUB DEPORTIVO STK BIKE CLUB, solicitó a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte el reconocimiento de personería jurídica remitiendo junto con la misma, copia del Acta de Asamblea Constitución celebrada el 17 de diciembre de 2024, copia del texto estatutario y demás documentación relacionada con el asunto.
Que mediante escrito radicado con No. 20252300038191 del 07 de marzo de 2025, la Dirección de Personas Jurídicas de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, realizó observaciones al CLUB DEPORTIVO STK BIKE CLUB, y solicitó la subsanación de las mismas, a efectos de continuar con el estudio y trámite de reconocimiento de personería jurídica del organismo deportivo.
Que el CLUB DEPORTIVO STK BIKE CLUB, a través de comunicación radicada en esta Secretaría, bajo el número 20257100091052 del 29 de abril de 2024, allegó la documentación solicitada.
Que la Dirección de Personas Jurídicas de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte efectuó el estudio de los documentos aportados por el CLUB DEPORTIVO STK BIKE CLUB, encontrando que los mismos cumplen con todos los requisitos de orden fáctico y jurídico, razón por la cual es procedente acceder al reconocimiento de personería jurídica de esta entidad deportiva.
Que, por las razones expuestas,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Reconocer personería jurídica a la entidad deportiva sin ánimo de lucro denominada CLUB DEPORTIVO STK BIKE CLUB, con domicilio en Bogotá D.C.
ARTÍCULO SEGUNDO: El CLUB DEPORTIVO STK BIKE CLUB, fomentará y patrocinará la práctica del deporte CICLISMO, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre.
ARTÍCULO TERCERO: Aprobar el estatuto de la entidad deportiva CLUB DEPORTIVO STK BIKE CLUB, el cual fue adoptado en Asamblea de Constitución llevada a cabo el 17 de diciembre de 2024 y reformado en asamblea extraordinaria del 14 de abril de 2025. El Estatuto consta de Preámbulo, XV capítulos y 92 artículos, el cual hace parte integral de la presente resolución, anexo 0010 radicado 20257100091052 del 29 de abril de 2025.
ARTÍCULO CUARTO: El organismo deportivo deberá desarrollar su objeto en los términos de su estatuto. Tendrá como sede administrativa y dirección de correspondencia la Carrera 52A No. 45 A 29 Sur, de la ciudad de Bogotá D.C.
PARÁGRAFO. Cualquier cambio de domicilio y residencia de la persona jurídica, deberá informarlo a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, así como a la autoridad que ejerce Inspección, Vigilancia y Control.
ARTÍCULO QUINTO: Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial, o en un diario de amplia circulación, a costa del CLUB DEPORTIVO STK BIKE CLUB, y enviar un ejemplar del mismo a la Dirección de Personas Jurídicas de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
ARTÍCULO SEXTO: Notificar el contenido de la resolución al representante legal del CLUB DEPORTIVO STK BIKE CLUB, informándole que de conformidad con lo preceptuado en el artículo 74 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición ante la Dirección de Personas Jurídicas y el de apelación ante la Subsecretaría de Gobernanza de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Una vez en firme la presente Resolución, el CLUB DEPORTIVO STK BIKE CLUB, deberá remitir copia al Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD para lo de su cargo.
ARTÍCULO OCTAVO: La presente resolución NO constituye permiso o licencia de funcionamiento para el CLUB DEPORTIVO STK BIKE CLUB.
ARTÍCULO NOVENO: La presente resolución rige a partir de su ejecutoria.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de mayo del año 2025.
YANETH ASTRID MARIN OSPINA
Directora de Personas Jurídicas
Nota: ver norma original en Anexos. |