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ACUERDO 006 DE 2025
(Junio 13)
Por el cual se aprueba un ajuste presupuestal por Convenio Interadministrativo en el Presupuesto Rentas e Ingresos y de Gastos de Inversión del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES, para la vigencia fiscal 2025
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO DISTRITAL DE LAS ARTES - IDARTES
En ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el literal b) del artículo 4 del Acuerdo 440 de 2010 expedido por el Concejo de Bogotá D.C., Decreto Distrital 192 de 2021 y,
CONSIDERANDO:
Que el Plan de Desarrollo Económico y Social y de Obras Públicas para Bogotá Distrito Capital, "Bogotá Camina Segura 2024 - 2027”, fue adoptado mediante Acuerdo No. 927 del 7 de junio de 2024.
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10° del Decreto 192 de 2021, "Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones", las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hace parte del presupuesto anual, incluidos los Organismos de Control y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante Resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto de alcalde local. En el caso de los Establecimientos Públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del decreto de liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.
Que el citado Decreto 192 de 2021 describe en su artículo 11 "Modificaciones de las apropiaciones". Cuando fuere necesario aumentar o reducir la cuantía de las apropiaciones, además de lo establecido en el estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, los establecimientos públicos deberán entregar a la Secretaría Distrital de Hacienda, el Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos con el concepto previo favorable de la adición o reducción presupuestal solicitada.
Que mediante Decreto 470 del 27 de diciembre de 2024 se liquidó el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025; el presupuesto para el Instituto Distrital de las Artes, es por valor de $219.629.248.000 y la apropiación vigente es la suma de $219.629.248.000.
Que el precitado Decreto del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos en Inversiones de Bogotá Distrital Capital, para la vigencia fiscal 2025, establece en su artículo 28 sobre ajustes presupuestales por convenios y/o contratos interadministrativos entre entidades distritales:
“Artículo 28.- Ajustes presupuestales por convenios y/o contratos interadministrativos entre entidades distritales. Cuando las entidades de la Administración Central, los Establecimientos Públicos, las Unidades Administrativas Especiales con Personería Jurídica, el Concejo de Bogotá, D.C., la Veeduría Distrital, la Personería de Bogotá, D.C., la Contraloría de Bogotá. D.C., el Ente Autónomo Universitario, los Fondos de Desarrollo Local, las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito y las Subredes Integradas de Servicios de Salud - ESE celebren convenios y/o contratos interadministrativos entre sí que afecten sus presupuestos, se efectuarán los ajustes mediante resolución del/a Jefe/a del organismo respectivo o por Acuerdo de sus Juntas o Consejos Directivos o por Decreto del Alcalde Local en los casos a que a ello hubiere lugar, previos los conceptos requeridos por la Secretaría Distrital de Hacienda.
Los actos administrativos a que se refiere el inciso anterior deberán ser remitidos a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, con la documentación requerida, para la aprobación de las operaciones presupuestales en ellos contenidas, requisito sin el cual no podrán ser incorporados en el Presupuesto.
En el caso de gastos de inversión, se requerirá concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación. Las Subredes Integradas de Servicios de Salud - ESE requerirán en todos los casos del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Salud antes de su aprobación por Junta Directiva.
Los/as Jefes/as de los organismos, responderán por la legalidad de los actos en mención. (…).”
Que el numeral 3.2.1.3.1.1. literal c, del Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital, establece como uno de los pasos para efectuar un ajuste por suscripción de convenios o contratos entre entidades distritales lo siguiente: "...una vez el convenio o contrato se encuentre perfeccionado, la entidad receptora elabora el acto administrativo mediante el cual efectúa el ajuste en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones, por el monto objeto de la adición y lo presenta para su aprobación a la Junta o Consejo Directivo. Dicho acto administrativo debe presentarse a nivel desagregado de rubro presupuestal y/o proyecto de inversión, según el caso…". Así mismo, el literal d, señala que “La entidad receptora solicita a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto-, aprobación de la operación presupuestal contenida en el Acto Administrativo debidamente firmado por la Junta o Consejo Directivo”.
Que en el marco del Convenio Interadministrativo 728 de 2024, suscrito entre el Instituto Distrital de las Artes - IDARTES y la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, cuyo objeto es: "Asignar al Instituto Distrital de las Artes - IDARTES, los recursos provenientes de la Contribución Parafiscal del Espectáculo Público de las Artes Escénicas, de conformidad con el acto administrativo que así lo disponga, para el desarrollo del proyecto - Modernización y actualización de la infraestructura del Teatro Jorge Eliécer Gaitán, incluyendo la adquisición de nuevos equipos, la restauración de la silletería de la sala Gaitán y la elaboración de estudios y diseños para la actualización de la mecánica teatral y los sistemas de iluminación”, por valor de $3.147.066.684, se solicita incorporación de recursos al presupuesto del Proyecto de Inversión "8002- Consolidación de la Red de Escenarios Culturales".
Que en el marco del Convenio Interadministrativo 730 de 2024, suscrito entre el Instituto Distrital de las Artes - IDARTES y la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, cuyo objeto es: “Asignar al Instituto Distrital de las Artes - IDARTES, los recursos provenientes de la Contribución Parafiscal del Espectáculo Público de las Artes Escénicas, de conformidad con el acto administrativo que así lo disponga, para el desarrollo del proyecto - Adquisición, instalación y puesta en funcionamiento de un sistema de iluminación artística en tecnología LED, compuesto de una consola, luminarias, truss y accesorios para el Teatro El Ensueño”, por valor de $1.823.111.928, se solicita incorporación de recursos al presupuesto del Proyecto de Inversión "8002- Consolidación de la Red de Escenarios Culturales".
Que los recursos por valor de CUATRO MIL NOVECIENTOS SETENTA MILLONES CIENTO SETENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS DOCE PESOS ($4.970.178.612) M/CTE, se ejecutarán presupuestalmente por el proyecto de inversión "8002 (O230117330120240087) - Consolidación de la Red de Escenarios Culturales" de la Subdirección de Equipamientos Culturales, pero debido a que el mencionado proyecto, no cuenta con el cupo en los rubros del Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos de Inversión, se hace necesario adelantar la incorporación de recursos al presupuesto del Idartes para la vigencia 2025.
Que el Instituto Distrital de las Artes - IDARTES, suscribió junto con la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD y 17 Fondos Locales del Distrito Capital, el Convenio 740 de 2024, con el objeto de “Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros con el fin de desarrollar acciones articuladas entre la SCRD, el IDARTES y los Fondos de Desarrollo Local, orientadas a la estructuración, planeación y ejecución del programa Más Cultura Local 2024, con el propósito de fortalecer a los agentes artísticos y culturales e impulsar los procesos de transformación social y económica en las localidades de Bogotá” el cual, al cierre de la vigencia 2024 quedó con recursos sin ejecutar por valor de QUINIENTOS VEINTICUATRO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS DOCE PESOS ($524.264.212), los cuales se deben incorporar al presupuesto del IDARTES para la vigencia 2025, con el fin de continuar atendiendo las necesidades y fines previstos en el Convenio 740 de 2024.
Que mediante radicado No. 20251200041881 del 23 de mayo de 2025, el Instituto Distrital de las Artes - IDARTES por conducto de la Directora General, solicitó concepto favorable a la Secretaría Distrital de Planeación, para la incorporación de recursos de inversión al presupuesto de la Entidad, en donde se detalló en la justificación técnica y económica, el ajuste presupuestal a los proyectos de inversión de la entidad, haciendo necesario su incorporación, la cual permitirá el cumplimiento de las actividades propuestas para la vigencia actual, por la suma de CINCO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO PESOS ($5.494.442.824) M/CTE.
Que mediante comunicación No. Radicación 2-2025-30523 del 30 de mayo de 2025, la Secretaría Distrital de Planeación por conducto del Despacho de la Secretaría, conceptuó favorablemente al ajuste presupuestal por convenio solicitado por la entidad, con la distribución definida en el documento que se adjunta y forma parte integral del presente acto administrativo, “(...) el concepto favorable hace referencia a los aspectos descritos en la justificación de la solicitud. Lo anterior, toda vez que los proyectos objeto de esta modificación presupuestal se encuentra debidamente inscritos o registrados, y actualizados por parte de la entidad en el Banco Distrital de Programas y proyectos”.
Que en consecuencia el Instituto Distrital de las Artes – IDARTES, tramitará la incorporación de los recursos al presupuesto de gastos de inversión de la Entidad, por valor de CINCO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO PESOS ($5.494.442.824) M/CTE.
En mérito de lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Ajustar el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos de Inversión del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES, para la vigencia fiscal 2025, por valor de CINCO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO PESOS ($5.494.442.824) M/CTE, según lo expuesto en la parte considerativa del presente acto administrativo, con el siguiente detalle: Incorporación al Presupuesto de Rentas e Ingresos, por valor de CINCO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO PESOS ($5.494.442.824) M/CTE:
Incorporación al Presupuesto de Gastos de Inversión, por valor de CINCO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO PESOS ($5.494.442.824) M/CTE:
PARÁGRAFO: Los recursos incorporados operativamente tendrán el siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: El responsable de Presupuesto del IDARTES realizará los ajustes a las fuentes de financiación y/o cuantías que se requieran, producto de la presente modificación presupuestal.
ARTÍCULO TERCERO: Comunicar la presente Resolución a la Secretaría Distrital de Hacienda para los fines pertinentes, así como a la Subdirección Administrativa y Financiera del Idartes.
ARTÍCULO CUARTO: Publíquese el presente Acuerdo en la página web así como en Régimen Legal.
ARTÍCULO QUINTO: El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de aprobación de la operación presupuestal por parte de la Secretaría Distrital de Hacienda.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en la ciudad de Bogotá, D.C. a los 13 días del mes de junio del año 2025.
ANDREA VICTORINO RAMÍREZ
Presidente Consejo Directivo
HEIDY YOBANNA MORENO MORENO
Secretaria Técnica Consejo Directivo
Nota: Ver norma original en Anexos. |
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