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Acuerdo 1006 de 2025 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
09/06/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
12/06/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8345 del 12 de junio de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 1006 DE 2025

 

(Junio 09)

 

Por el cual se modifica el Acuerdo Distrital 478 de 2011 "por medio del cual se establece la celebración del día del vehículo clásico y antiguo en Bogotá D.C." y se incluye dentro del festival de verano de la ciudad el desfile de autos clásicos y antiguos "por donde pasa un clásico, deja una sonrisa" como un evento cultural, recreativo y turístico

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.

 

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 1 y 13 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993.

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO 1. Modifíquese el título del Acuerdo 478 de 2011, el cual quedará así: Por medio del cual se establece el desfile de autos clásicos y antiguos "Por donde pasa un clásico, deja una sonrisa" como un evento cultural, recreativo y turístico en el marco del festival de verano de Bogotá D.C.

 

ARTICULO 2. Modifíquese el artículo 1 del Acuerdo 478 de 2011, el cual quedará así:

 

Artículo 1 CONMEMORACIÓN: El desfile de autos clásicos y antiguos en Bogotá "Por donde pasa un clásico, deja una sonrisa” se celebrará el último fin de semana de agosto como parte de los eventos del festival de verano que se realice en la ciudad.

 

ARTÍCULO 3. Modifíquese el artículo 2 del Acuerdo 478 de 2011, el cual quedará así:

 

ARTICULO 2. ARTICULACIÓN- La Administración Distrital, en cabeza del IDRD, la Secretaria de Cultura, Recreación y Deporte, la Secretaria Distrital de Movilidad y el Instituto Distrital de Turismo, garantizará la participación y articulación interinstitucional efectiva para la realización del evento.

 

ARTÍCULO 4.- Para participar en el evento será necesario que todo vehículo se encuentre al día con el pago de tributos, así como estar a paz y salvo por concepto de tránsito y SOAT vigente.

 

ARTÍCULO 5.- VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.


Dado en Bogotá a los 09 días del mes de junio del año 2025.

 

SAMIR JOSÉ ABISAMBRA VESGA

 

Presidente

 

LUZ ANGELICA VIZCAİNO SOLANO

 

Secretaria General de Organismo de Control

 

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

 

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

 

NOTA: Ver norma original en Anexos.