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RESOLUCIÓN 107 DE 2025
(Junio 11)
Por la cual se hace un traslado presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Veeduría Distrital para la vigencia fiscal 2025
LA VEEDORA DISTRITAL
En ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 10º del Decreto 192 de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 10º del Decreto 192 de 2021 "Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones" señala que: "las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local (...)".
Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación”.
Que el parágrafo único del citado artículo exceptúa del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen factores constitutivos de salario; contribuciones inherentes a la nómina; remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, honorarios, activos fijos, materiales y suministros, adquisición de servicios, FONPET, obligaciones por pagar (adquisición de bienes, adquisición de servicios y otros gastos generales).
Que mediante la Resolución No. 191 del 22 de septiembre de 2017, la Secretaría Distrital de Hacienda adoptó y consolidó el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital, el cual en su numeral 3.2.1.4.2 define los traslados presupuestales internos como "(...) operaciones simultáneas que se realizan entre los gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión, sin que los agregados presupuestales se modifiquen, consisten en reducir un rubro presupuestal (contracrédito) que tiene saldo libre de afectación presupuestal para adicionar otro rubro (crédito)".
Que mediante el Decreto Distrital 470 de 2024 se liquidó el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, contemplando lo propio para la Veeduría Distrital.
Que el artículo 31 del citado decreto, respecto de las modificaciones al interior del presupuesto de gastos de funcionamiento para la vigencia 2025, establece que: "(...) las modificaciones en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento y del servicio de la deuda por traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen los gastos de personal, adquisición de bienes y servicios, transferencias corrientes, disminución de pasivos y gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora, capital, intereses y comisiones de la deuda interna o externa, se harán mediante resolución expedida por el representante legal de la entidad respectiva o por Decreto del Alcalde(sa) Local, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la Secretaría Distrital de Hacienda-Dirección Distrital de Presupuesto para tal fin."
Que, de acuerdo con lo requerido por el Proceso de Gestión para la Administración del Talento Humano, una vez verificados los saldos disponibles y las proyecciones de los gastos de personal para la presente vigencia, se encuentra que a la fecha no existen recursos suficientes en el rubro presupuestal "0211010300102 Indemnización por vacaciones" para cumplir con el pago de esta prestación por valor de $35.104.702, a los siguientes servidores públicos que presentaron su renuncia a la entidad:
- Carlos Julio Huertas Rozo con cédula de ciudadanía No. 19.338.048, por renuncia definitiva del cargo de Profesional Universitario Código 219, Grado 01, aceptada mediante Resolución No. 075 del 24 de abril de 2025.
- July Paulina Suarez López con cédula de ciudadanía No. 51.682.475, por renuncia definitiva del cargo de Técnico Operativo Código 314, Grado 02, aceptada mediante Resolución No. 045 del 10 de marzo de 2025.
- Consuelo Cecilia Quiñones Alvarado con cédula de ciudadanía No. 51.832.392, por renuncia definitiva del cargo de Secretario Código 440, Grado 03, aceptada mediante Resolución No. 087 del 13 de mayo de 2025.
- Ana Patricia Buitrago Villa con cédula de ciudadanía No. 51.893.496, por renuncia definitiva del cargo de Secretario Código 440, Grado 03, aceptada mediante Resolución No. 086 del 13 de mayo de 2025.
Que, una vez revisada la ejecución presupuestal y las necesidades proyectadas con ocasión de las obligaciones laborales de la Entidad, en el rubro presupuestal "0211010100102 Horas extras, dominicales, festivos y recargos" existen recursos para disponer del contracrédito necesario para el traslado presupuestal.
Que, de otra parte, el proceso de comunicación estratégica desempeña un papel fundamental en la difusión de la imagen institucional y en las actividades desarrolladas por la señora Veedora Distrital y sus delegadas. Asimismo, cumple un rol principal en el posicionamiento y mejora de los flujos de información interna en la Entidad, fomentando el interés y el trabajo colaborativo entre todas las áreas, por lo cual requiere adquirir elementos técnicos para la producción y almacenamiento audiovisual, elementos para el desarrollo de contenidos que permitan entre otros, adelantar el cubrimiento de los eventos institucionales, la divulgación de noticias o información relevante para la Veeduría Distrital, así como la implementación de estrategias de comunicación, tanto internas como externas, que incluyan productos comunicativos tales como: videos, clips informativos, registro fotográfico, piezas gráficas con fotografías, entre otros.
Que, se evidencia la necesidad de la Veeduría Distrital de adquirir este tipo de elementos técnicos para producción audiovisual, así como dispositivos de almacenamiento para los contenidos audiovisuales generados, lo cual permitirá fortalecer los canales de información, diversificar la oferta de contenidos y garantizar una mejor calidad en la información emitida a través de piezas audiovisuales, además de asegurar que la información de la entidad, llegue a la ciudadanía y a los grupos de valor con precisión, coherencia con los intereses y objetivos institucionales, y de manera especial, con las temáticas que son de interés público y que están relacionadas con la participación ciudadana. Al contar con equipos propios e idóneos para la producción de contenidos audiovisuales, la Veeduría Distrital, podrá orientar el diseño y producir contenidos en diferentes formatos y con diferentes narrativas que se adecúen específicamente a cada estrategia de comunicación definida.
Por lo anterior, solicita recursos en los rubros presupuestales: "02120201004024299931 Bases metálicas y soportes para electrodomésticos", "021202010040545272 Unidades removibles de almacenamiento", "02120201004064642002 Acumuladores eléctricos alcalinos", "02120201004064693998 Aparatos eléctricos n.c.p.," "02120201004074731102 Radiograbadoras", "02120201004074731301 Televisores" y "02120201004074733001 Micrófonos y O2120201004084832201 Cámaras fotográficas", por un valor total de $37.524.028 detallados en el cuadro de créditos.
Que de otro lado, de acuerdo con el seguimiento presupuestal realizado por el proceso de Gestión Financiera, el alquiler de equipos de cómputo, identificado en el PAA como: F25-08-007-Arrendamiento de equipos de cómputo e impresoras para apoyar las actividades requeridas por la Veeduría Distrital, requiere disponibilidad presupuestal hasta por $540.532.783, según los estudios previos y verificaciones del Acuerdo Marco de Precios CCE-280-AMP-2021 COMPRA y ALQUILER DE COMPUTADORES Y PERIFERICOS ETP III. Presupuestalmente, el rubro “O21202020070373124 Servicios de arrendamiento sin opción de compra de computadores sin operario”, luego de hacer uso de recursos para la adición del Contrato No. 211 de 2024, esta desfinanciado, por lo anterior se hace necesario adicionar recursos por la suma de $ 48.960.750 y así atender los requerimientos del área responsable del servicio.
Que, una vez revisada la ejecución presupuestal y las necesidades de contratación de la entidad informadas por los procesos de Comunicaciones y de Gestión Financiera, para realizar el contra crédito requerido es posible afectar los rubros presupuestales de: “O212020200704754790 Otros servicios de terminación y acabado de edificios”, “O21202020070272112 Servicios de alquiler o arrendamiento con o sin opción de compra, relativos a bienes inmuebles no residenciales (diferentes a vivienda), propios o arrendados”, “O21202020070373390 Derechos de uso de otros productos de propiedad intelectual”, “O21202020090191191 Servicios administrativos relacionados con los trabajadores estatales” y “O21202020090696511 Servicios de promoción de eventos deportivos y recreativos”, teniendo en cuenta que a la fecha ya se han comprometido los recursos necesarios en las contrataciones solicitadas para dichos rubros.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Corregida por el art. 1, Resolución 120 de 2025. <El texto corregido es el siguiente> Traslado. Efectúese el siguiente traslado en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Veeduría Distrital para la vigencia fiscal 2025, por la suma de CIENTO VEINTIÚN MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA PESOS M/CTE ($121.589.480) del Presupuesto de Funcionamiento de la entidad, en los siguientes créditos y contracréditos:
CONTRACRÉDITOS
CRÉDITOS
El texto derogado era el siguiente: Artículo 1. Traslado. Efectúese el siguiente traslado en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Veeduría Distrital para la vigencia fiscal 2025, por la suma de CIENTO VEINTIÚN MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA PESOS M/CTE ($121.589.480) del Presupuesto de Funcionamiento de la entidad, en los siguientes créditos y contracréditos: CONTRACRÉDITOS
CRÉDITOS
ARTÍCULO 2. Registro. Incorpórese el movimiento presupuestal de este traslado en el sistema de información presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda.
ARTÍCULO 3. Vigencia. Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 11 días del mes de junio del año 2025.
ADRIANA HERRERA BELTRÁN
Veedora Distrital
Nota: ver norma original en Anexos |
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