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Circular 038. de 2016 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Alta Consejería Distrital de Tecnologías de Información y Comunicaciones

Fecha de Expedición:
25/12/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 038 DE 2016

 

(Diciembre 25)

 

Para: SECRETARIOS/AS DE DESPACHO, DIRECTORES/AS DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO, Y DE UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, CON O SIN PERSONERÍA JURÍDICA, PRESIDENTES/AS, DIRECTORES/AS, GERENTES/AS, DE ENTIDADES DESCENTRALIZADAS, INCLUIDAS LAS EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS, OFICIALES Y MIXTAS; ALCALDES/SAS LOCALES, RECTOR/A DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO, VEEDOR/A DISTRITAL, PRESIDENTE/A DEL CONCEJO DE BOGOTÁ

 

De: SERGIO MARTINEZ MEDINA

 

Alto Consejero Distrital de TIC

 

Asunto: Socialización de Circulares expedidas por la Oficina ACDTIC

 

Radicado: 2-2016-42782

 

Respetados Servidores Públicos:

 

La Oficina Alta Consejería Distrital de Tecnologías de la información y la Comunicación (ACDTIC), en cumplimiento de las funciones que se encuentran relacionadas en el artículo 8 del Decreto 425 de 2016 en el que se modificó la estructura organizacional de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

Para facilitar el cumplimiento de las recomendaciones y lineamientos expedidos por la Oficina Alta Consejería Distrital de TIC, ponemos a su conocimiento todas las Circulares Expedidas por la ACDTIC las cuales podrán ser consultadas en el sitio web de la ACDTIC http://tic.bogota.gov.co o en el siguiente enlace http://tic.bogota.gov.co/transparencia/marco-legal/lineamientos

 

Cordialmente,

 

SERGIO MARTÍNEZ MEDINA

 

Alto Consejero de TIC

 

Proyectó: Johann Alexander Garzón Arenas

Revisó: Melba Rodríguez Pérez

Aprobó: Iván Mauricio Hernández

 

Nota: Ver norma original en Anexos.