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Documento 833 de 2024 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
18/10/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8359 del 3 de julio de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

FE ERRATAS

 

RESOLUCIÓN 833 DE 2024

 

(Octubre 18)

 

Se hace constar que se ha detectado la siguiente errata o equivocación en el título del artículo primero de la Resolución No. 833 de 18 de octubre de 2024 “Por medio de la cual se conforma y reglamenta el funcionamiento del Comité Técnico de Sostenibilidad del Sistema Contable y de Cartera de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD”, toda vez que en el mismo se indica:

 

“Artículo 1. Comité Técnico de Sostenibilidad del Sistema Contable y de Cartera de la Secretaría Jurídica Distrital. Créese el Comité Técnico de Sostenibilidad del Sistema Contable y de Cartera de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital – UAECD, como instancia asesora del área contable, encargada de garantizar que la información financiera sea confiable, relevante, comprensible y refleje la realidad económica de la Entidad, así como, para evaluar, depurar de forma permanente las cifras y demás datos contenidos en los Estados Financieros y para el saneamiento de Cartera”.

 

Debido al error de forma, el texto del artículo primero de la Resolución No. 833 de 2024 debe ser el siguiente:

 

“Artículo 1. Comité Técnico de Sostenibilidad del Sistema Contable y de Cartera. Créese el Comité Técnico de Sostenibilidad del Sistema Contable y de Cartera de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital – UAECD, como instancia asesora del área contable, encargada de garantizar que la información financiera sea confiable, relevante, comprensible y refleje la realidad económica de la Entidad, así como, para evaluar, depurar de forma permanente las cifras y demás datos contenidos en los Estados Financieros y para el saneamiento de Cartera”.

 

Dada en Bogotá D. C., a los 17 días del mes de junio del año 2025.

 

OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES

 

DIRECTORA

 

Nota: Ver norma original en Anexos.