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CIRCULAR EXTERNA 20254000000307 DE 2025
(Junio 10)
Bogotá D.C
PARA: ORGANISMOS DE TRANSITO, ORGANISMOS DE APOYO A LAS AUTORIDADES DE TRANSITO Y AUTORIDADES DE TRANSITO
DE: LUIS ALEJANDRO ZAMBRANO RUIZ Dirección de Transporte y Tránsito
ASUNTO: Solicitud de publicación de la Resolución 20253040021042 del 30 de mayo de 2025 que actualiza las tarifas de los servicios del Registro Único Nacional de Tránsito.
El artículo 8 de la Ley 769 de 2002 "Por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones", señala "El Ministerio de Transporte pondrá a disposición directamente o a través de otras entidades públicas o particulares el Registro Único Nacional de Tránsito, (RUNT), en coordinación total, permanente y obligatoria con todos los organismos de Transito del país.
Por su parte, el artículo 6 y 7 de la Ley 1005 de 2006 "Por la cual se adiciona y modifica el Código Nacional de Tránsito Terrestre, Ley 769 de 2002" establece:
"Artículo 6. Tarifas. Las tarifas aplicables a la inscripción, ingreso de información, expedición de certificados y servicios prestados por el Registro Único Nacional de Tránsito, RUNT, serán fijadas anualmente, mediante resolución expedida por el Ministerio de Transporte, de acuerdo con el sistema y método adoptados mediante la presente ley."
Lo dispuesto por el precepto indica la necesidad de tener una tarifa para la atención de los servicios prestados por quien opere el registro. Adicionalmente, el Apéndice 9 del Contrato 604 de 2022, estableció la metodología relativa a las tarifas e incorporó los respectivos factores de ajuste.
Así las cosas, para dar cumplimiento a la disposición anterior, el Ministerio de Trasporte expidió la Resolución 20253040021042 del 30 de mayo de 2025, mediante la cual se fija las tarifas aplicables a la inscripción, ingreso de información, expedición de certificados y servicios prestados por el RUNT, de acuerdo con el sistema y método establecidos en la ley.
La precitada resolución, en su artículo 2, estableció: "Publicidad. Una vez publicada la presente resolución en el Diario Oficial y previo a su entrada en vigencia, el operador del RUNT y las autoridades de tránsito encargadas del recaudo de las tarifas de los servicios del Registro Único Nacional de Tránsito, deberán publicar esta resolución en sus sitios web oficiales y en lugar visible al público, garantizando que la información sea amplia, clara y suficiente al usuario" (negrilla propia)
Así mismo, es de resaltar que el acto administrativo en mención, entró en vigencia a partir del 10 de junio de 2025, y aplica todos a los Organismos de Tránsito, Organismos de Apoyo a las Autoridades de Tránsito, Concesión RUNT y los usuarios del RUNT, así como también aplica a quienes estén obligados a inscribirse ante el mismo, soliciten el ingreso de información, la expedición de certificados o la prestación de algún servicio
Por lo anterior y dado cumplimiento a lo ordenado en el Acto administrativo, el Ministerio de Transporte, a través de esta Dirección, conmina a los Organismos de Tránsito, Organismos de Apoyo a las Autoridades de Tránsito y Autoridades de Tránsito:
i. Publicar en sus sitios web oficiales y en lugar visible al público, la Resolución que actualiza las tarifas del RUNT, garantizando que la información sea amplia, clara y suficiente a todos los usuarios que interactúan con el sistema.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
Dada en Bogotá AD.C., a los 10 días del mes de junio del año 2025.
LUIS ALEJANDRO ZAMBRANO RUIZ
Director de Transporte y Tránsito
Proyecto: Ximena Ortiz Meza – Abogada Coordinación RUNT Revisó: Mónica Alejandra Rodríguez Ruiz - Abogada Coordinación RUNT Mercedes García Pérez - Coordinadora Grupo Coordinación RUNT Josselin Quiñones García – Dirección de Transporte y Tránsito
Nota: Ver Circular original en Anexos. |