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Decreto 379 de 1997 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--//1997
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 379 DE 1997

DECRETO 379 DE 1997

(mayo 30)

 

por el cual se crea EL GALARDÓN SANTA FE DE BOGOTÁ A LA GESTIÓN ESCOLAR como estímulo a las instituciones escolares estatales y privadas de Educación Preescolar, Básica y Media del Distrito Capital.

 

El Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., en desarrollo de lo dispuesto en la Ley Orgánica 60 de 1993 y en la Ley 115 de 1994, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 4 de la Ley 60 de 1993 le confiere al Distrito Capital, a través de la Secretaría de Educación, la competencia para dirigir, administrar y regular la prestación del servicio educativo en los niveles Preescolar, Básica y Media.

 

Que el artículo 151 de la Ley 115 de 1994 le otorga a la Secretaría de Educación las funciones de velar por la calidad de la educación a través de programas que fomenten la investigación y la innovación.

 

Que la gestión es un componente fundamental del proceso educativo y un mecanismo de aseguramiento de la calidad en la prestación del servicio educativo.

 

DECRETA:

 

Artículo 1º.- Crear el GALARDÓN SANTA FE DE BOGOTÁ A LA GESTIÓN ESCOLAR como reconocimiento y estímulo a las instituciones escolares estatales y privadas de enseñanza Preescolar, Básica y Media que hayan logrado articular exitosamente las tareas pedagógicas y administrativas consiguiendo innovar y mejorar la acción educativa.

 

Parágrafo.- Para 1997 se entregará el Galardón, consistente en una escultura del Logo que lo identifica, un incentivo económico para equipos y materiales, difusión de la experiencia y vinculación preferencial a los planes de apoyo y capacitación de la SED.

 

Artículo 2º.- Delegar al Secretario de Educación para que elabore y adopte la GUÍA DE EVALUACIÓN A LA GESTIÓN ESCOLAR, que contendrá los lineamientos, criterios, componentes, objetivos, estructura, procedimientos, evaluación, adjudicación y compromisos, para la evaluación de las instituciones escolares que participen en la convocatoria al GALARDÓN en 1997.

 

Artículo 3º.- El presente Decreto rige a partir de su expedición.

 

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

 

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 30 de mayo de 1997.

 

El Alcalde Mayor, PAUL BROMBERG ZILBERSTEIN. El Secretario de Educación, JOSÉ LUIS VILLAVECES CARDOSO.

 

NOTA: El presente Decreto aparece publicado en Registro Distrital No. 1425 de mayo 30 de 1997.