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ACUERDO 002 DE 2025
Por el cual se actualiza la Política Operativa de Gestión y Desempeño Institucional de Defensa Jurídica de la Veeduría Distrital
El COMITÉ DE CONCILIACIÓN,
En el ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 2 del artículo 120 de la Ley 2220 de 2022 y el artículo 2.2.4.3.1.2.5 del Decreto Único Reglamentario 1069 de 2015, y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley 446 de 1998 en su artículo 75 introdujo el artículo 65 B a la Ley 23 de 1991 que señala que "las entidades y organismos de Derecho Público del orden nacional, departamental, distrital y de los municipios capital de departamento y los Entes Descentralizados de estos mismos niveles, deberán integrar un comité de conciliación, conformado por los funcionarios del nivel directivo que se designen y cumplirá las funciones que se le señalen".
Que el Decreto 1069 de 2015 dispone en su artículo 2.2.4.3.1.2.2, que los Comités de Conciliación corresponden a una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad, señalando dentro de sus funciones expresamente en el artículo 2.2.4.3.1.2.5, la de "2. Diseñar las políticas generales que orientarán la defensa de los intereses de la entidad". Igualmente contempló como función de la Secretaría Técnica del Comité: "Proyectar y someter a consideración del Comité la información que este requiera para la formulación y diseño de políticas de prevención del daño antijurídico y de defensa de los intereses del ente".
Que así mismo, la Ley 2220 de 2022 "Por medio de cual se expide del estatuto de conciliación y se dictan otras disposiciones" determina en el numeral 2 del artículo 120 que atañe al Comité de Conciliación "2. Diseñar las políticas generales que orientarán la defensa de los intereses de la entidad".
Que, de otro lado, se encuentra previsto dentro del Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG regulado por el Decreto 1499 de 2017, el componente de Defensa Jurídica de acuerdo con lo desarrollado en el Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG adoptado por el Consejo para la Gestión y Desempeño Institucional en el mes de marzo de 2021, dentro de la Dimensión de Gestión con Valores para Resultados.
Que mediante Decreto Distrital 221 de 2023, se reglamenta el Sistema de Gestión en el Distrito Capital y se dispuso la adopción del el MIPG, determinando en el inciso segundo del artículo 6 que las entidades distritales con régimen especial, entes autónomos, Concejo Distrital, Organismos de Control e Institutos Científicos y Tecnológicos, aplicarán en su totalidad la política de control interno e implementarán las demás políticas de gestión y desempeño institucional contenidas en el modelo, en la medida en que les sean aplicables de acuerdo con las normas que las regulan.
Que, al respecto la Veeduría Distrital mediante Resolución 30 de 2019, modificada a través de Resolución 077 de 2022 incorporó en el Esquema Operativo del MIPG de la Entidad, el ciclo de mejoramiento continuo, conocido como PHVA (Planear Hacer, Verificar y Actuar) y adoptó el Modelo Integrado de Planeación y Gestión que abarca las siete (7) dimensiones y diecinueve (19) Políticas de Gestión y Desempeño, dentro de las cuales se encuentra la Política de Defensa Jurídica (artículo 8), la que se hace necesario actualizar.
Que dentro del MIPG, la Política de Defensa Jurídica es prevista como una de las políticas de gestión y desempeño, orientada a "lograr de manera sostenible una disminución del número de demandas en su contra y del valor de las condenas a su cargo. Lo anterior aunado a un mejoramiento de su desempeño en la etapa judicial y en la recuperación por vía de la acción de repetición o llamamiento en garantía con fines de repetición de las sumas pagadas por sentencias conciliaciones o laudos arbitrales cuando a ello haya lugar"[1].
Que la política referida "desarrolla lineamientos estratégicos y componentes requeridos para una adecuada gestión del Ciclo de Defensa Jurídica por parte de las entidades estatales".
Que la Política de Defensa Jurídica se encuentra orientada a la consecución de una entidad íntegra, transparente y efectiva que contribuya a la construcción del valor de lo público, dentro de la perspectiva del MIPG referida a la "Ventanilla hacia adentro" orientada a una adecuada operación de la organización, buscando con ello "dar solución a los problemas administrativos que generan el ejercicio de la actividad litigiosa e implique el uso de recursos públicos para reducir los eventos generadores del daño antijurídico".
Que, a nivel Distrital el Decreto Único Distrital 479 de 2024 compiló el Decreto 430 de 2018 "Por el cual se adopta el Modelo de Gestión Jurídica Pública del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones", en el que se prevé la conformación de dicho modelo por tres componentes a saber; estratégico, temático y transversal. La defensa judicial se encuentra contemplada dentro del eje temático.
Que mediante Acuerdo 01 de 2022 el Comité de Conciliación adoptó la Política de Defensa Jurídica, la cual fue incorporada al Manual de Políticas Operativas de MIPG de la Veeduría Distrital en el año 2022, previa aprobación del Comité Institucional de Gestión y Desempeño.
Que, dadas los cambios normativos, ajustes efectuados en el marco de MIPG y el proceso de actualización del Manual de Políticas Operativas liderado por la Oficina Asesora de Planeación, se hace necesario actualizar la Política Operativa de Gestión y Desempeño Institucional de Defensa Jurídica de la Entidad.
Que, en uso de las facultades conferidas, el Comité de Conciliación en sesión del 14 de mayo de 2025 aprobó el documento contentivo de la actualización de la Política Operativa de Gestión y Desempeño Institucional de Defensa Jurídica y la emisión del presente acuerdo, tal como puede verificarse en Acta No. 09 de ésa misma fecha.
Que, en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1. Actualizar la Política Operativa de Gestión y Desempeño Institucional de Defensa Jurídica, cuyo documento hace parte integral del presente acuerdo y fue aprobado por el Comité de Conciliación de la Entidad en sesión ordinaria llevada a cabo el 14 de mayo de 2025.
ARTÍCULO 2. Remitir a través de la Secretaría Técnica el presente acuerdo y el documento contentivo de la Política Operativa de Gestión y Desempeño Institucional de Defensa Jurídica, para la respectiva actualización del Manual de Políticas Operativas de MIPG.
ARTÍCULO 3. El presente acuerdo rige a partir de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 09 días del mes de junio de año 2025.
ADRIANA HERRERA BELTRÁN
Veedora Distrital - Presidenta
LLLAÑA GARCÍA LIZARAZO
Viceveedora Distrital
ANDREA PORTILLO ORÓSTEGUI
Veedora Delegada para la Contratación
DIANA MARCELA VELASCO RINCÓN
Veedora Delegada para la Atención de Quejas y Reclamos
LUISA FERNANDA MARTÍNEZ ARCINIEGAS
Jefe de la Oficina Asesora de Jurídica
Nota: Ver norma original en Anexos.
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