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Resolución 4184 de 2005 Secretaría de Educación del Distrito - SED

Fecha de Expedición:
10/10/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
10/10/2005
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3436 de noviembre 15 de 2005
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 4184 DE 2005

(Octubre 10)

"Por la cual se modifica la Resolución 3616 de 1 de diciembre de 2003, la cual implementa el manual sobre el ejercicio de la función de Interventoría a los contratos celebrados por la Secretaría de Educación del Distrito Capital".

EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

Que la legislación contractual colombiana impone a las entidades contratantes deberes de supervisión y control sobre la ejecución de los contratos y les atribuye las facultades necesarias para asegurar la correcta ejecución de los contratos.

Que mediante Resolución 3616 de 1 de diciembre de 2003, el señor Secretario de Educación Encargado, implementa el manual sobre el ejercicio de la función de Interventoría a los contratos celebrados por la Secretaría de Educación del Distrito Capital.

Que con ocasión del informe final de auditoria gubernamental con enfoque integral modalidad regular de la Contraloría de Bogotá D.C de Junio de 2005, se establece la necesidad de una acción de mejoramiento con relación al numeral 4.3.3.2.

Que la Subdirección de Contratos establece como acción de mejoramiento al numeral 4.3.3.2 del informe final de auditoria gubernamental con enfoque integral modalidad regular de la Contraloría de Bogotá D.C., la modificación de la Resolución 3616 de 1 de diciembre de 2003.

De conformidad con lo anterior,

RESUELVE:

Artículo 1.- Adicionar al numeral 4 de aspectos legales del Capítulo IV. de Funciones del interventor - aspectos administrativos, técnicos, financieros y legales de la Interventoría de la Resolución 3616 de 1 de diciembre de 2003, el siguiente literal:

"(m). Cada vez que se altere lo señalado por las cláusulas del contrato, el Interventor debe solicitar una modificación contractual tramitada a través de la Subdirección de Contratos en los formatos designados para tal fin. "

Artículo 2.- Las demás cláusulas de la Resolución 3616 de 2003 permanecen sin modificación.

Artículo 3.- Vigencia. La presente Resolución rige a partir de su suscripción.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá a los diez (10) días del mes de octubre de dos mil cinco (2005).

ABEL RODRÍGUEZ CÉSPEDES

Secretario de Educación

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3436 de noviembre 15 de 2005.