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ACUERDO LOCAL 11 DE 2005 (Octubre 25) "Por medio del cual se autoriza al Consejo Local de Juventud para sesionar en las instalaciones de la Junta Administradora Local de Puente Aranda 2005". LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE PUENTE ARANDA En uso de sus facultades legales conferidas en la Constitución Nacional en especial las conferidas por el Decreto 1421 de 1993, el Acuerdo 116 de 2003 del Consejo de Bogotá y considerando. ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO: Permítase sesionar al Consejo Local de Juventudes los primeros viernes de cada mes en un horario diferente a las sesiones de la JAL.ARTÍCULO SEGUNDO: De estas sesiones serán entregadas a la Corporación para conocer las necesidades, problemáticas y soluciones de la Juventud Puente Arandina para hacerle el debido seguimiento. ARTÍCULO TERCERO: Deléguese tres (3) ediles de la JAL para asistir a estas sesiones y llevar el seguimiento de las conclusiones. ARTÍCULO CUARTO: La Junta Administradora Local proporcionara los elementos logísticos para cumplir con el adecuado desarrollo de la sesión y así mismo el Consejo trabajara arduamente sin obstáculos de materiales para su buen desempeño. El recinto y todos los elementos deben ser entregados en perfecto estado a la JAL. ARTÍCULO QUINTO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación. Dado en Bogotá D.C., a los 25 días del mes de octubre de 2005. FERNANDO LEÓN RIVERA Presidente JAL CÉSAR A. CÁRDENAS RESTREPO Secretario JAL A los 8 de noviembre de 2005 la suscrita Alcaldesa Local de Puente Aranda sanciona el presente Acuerdo Local. FRANCY ALEXANDRA HERRERA OSPINA Alcaldesa Local de Puente Aranda NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3439 de noviembre 21 de 2005. |