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RESOLUCIÓN DDI-371541 DE 2005 (diciembre 30) Modificada por la Resolución de la D.D.I. 035466 de 2006 , Modificada por la Resolución de la D.D.I. 62340 de 2006 "Por medio de la cual se adoptan los formularios únicos oficiales para la declaración y pago del impuesto de industria y comercio, avisos y tableros, retenciones del impuesto de industria y comercio, delineación urbana, azar y espectáculos, predial unificado, sobre vehículos automotores, de publicidad exterior visual, plusvalía, estampilla Francisco José de Caldas "50 años", estampilla pro cultura y estampilla pro personas mayores que se utilizarán durante el año 2006." LA DIRECTORA DISTRITAL DE IMPUESTOS En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 13 del Decreto Distrital 807 de 1993, CONSIDERANDO Que para efectos de la presentación y pago ante las entidades financieras autorizadas de las declaraciones del impuesto de industria y comercio, avisos y tableros, retenciones del impuesto de industria y comercio, delineación urbana, azar y espectáculos, predial unificado, sobre vehículos automotores, de publicidad exterior visual, plusvalía, estampilla Francisco José de Caldas "50 años", estampilla pro cultura y estampilla pro personas mayores, se deben adoptar los formularios únicos para declaración y pago de estos impuestos, que permitan su fácil diligenciamiento por parte de los responsables de dichos gravámenes.Que los formularios que se adoptan en la presente resolución, serán de carácter obligatorio para los contribuyentes responsables del impuesto de industria, comercio, avisos y tableros, retenciones del impuesto de industria y comercio, delineación urbana, azar y espectáculos, predial unificado, sobre vehículos automotores, de publicidad exterior visual, plusvalía, estampilla Francisco José de Caldas "50 años", estampilla pro cultura y estampilla pro personas mayores, durante el año 2006, los cuales serán utilizados para los períodos gravables de 2006 y anteriores. RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Adóptense los formularios únicos para la declaración y pago de los impuestos de industria, comercio, avisos y tableros y retenciones del impuesto de industria y comercio, delineación urbana, azar y espectáculos, predial unificado, sobre vehículos automotores de publicidad exterior visual, plusvalía, estampilla Francisco José de Caldas "50 años", estampilla pro cultura y estampilla pro personas mayores, anexos a la presente resolución y que hacen parte integral de la misma. ARTÍCULO SEGUNDO. La distribución de los formularios del impuesto Predial unificado, industria y comercio, retenciones del impuesto de industria y comercio y sobre vehículos automotores se hará a través de la comercialización que realice la Unión Temporal POR TI BOGOTÁ 2006, conformada por las sociedades Legislación Económica S.A. Legis S.A., Prensa Moderna Impresores S.A., y Il Postino Ltda., contratada en los términos previstos en el correspondiente contrato. ARTICULO TERCERO. El precio de venta al público en ningún caso podrá ser caso podrá ser superior a DOS MIL SEISCIENTOS PESOS ($2.600) M./CTE., incluido el impuesto sobre las ventas ARTICULO CUARTO. Formularios que no tienen costo. Los demás formularios diferente a los enunciados en el artículo segundo, serán de distribución gratuita por parte de la Dirección Distrital de Impuestos ARTÍCULO QUINTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los 30 días de diciembre de 2005 GLORIA NANCY JARA BELTRÁN Directora Distrital de Impuestos |