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RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 048 DE 2005 (Diciembre 30) «Por la cual se modifica el Manual Especifico de Funciones y Requisitos para los empleos dela planta de cargos de la Contraloría de Bogotá D.C.». EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de sus facultades legales, especialmente las conferidas por el artículo 9º de la Ley 190 de 1995, el artículo 31 del Decreto 1569 de 1998 y los Acuerdos 24 y 25 de 2001, y CONSIDERANDO: Que el Comité de Revisión y Ajuste al Manual de Funciones y Requisitos se reunió el día 29 de diciembre de 2005 y después de realizar estudio jurídico y técnico de la solicitud relacionada en el Acta 0048 de 2005 consideró procedente la modificación del Manual Específico de Funciones y Requisitos de la Contraloría de Bogotá, D.C. en lo concerniente a adición de las profesiones de Ingeniería Civil, Ingeniería Mecánica y Arquitectura en los cargos de Subdirector Administrativo Código 068 Grado 02 y Subdirector de Recursos Materiales Código 088 Grado 02 de la Dirección Administrativa y Financiera. En mérito de lo expuesto el Contralor de Bogotá, D.C. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el Manual Específico de Funciones y Requisitos de la Contraloría de Bogotá, D.C. adoptado mediante la Resolución Reglamentaria número 002 del 11 de febrero de 2004, modificado por las Resoluciones Reglamentarias 005 del 16 de abril de 2004 y 038 del 10 septiembre de 2004, Resolución Reglamentaría 012 del 4 de abril de 2005, Resolución Reglamentaria 019 del 3 de mayo de 2005, Resolución Reglamentaria 026 del 29 de julio de 2005, Resolución Reglamentaria 034 del 28 de julio de 2005 y 038 del 11 de agosto de 2005, así: Adicionar las profesiones de Ingeniería Civil, Ingeniería Mecánica y Arquitectura en los cargos de Subdirector Administrativo Código 068 Grado 02 y Subdirector de Recursos Materiales Código 088 Grado 02, de la Dirección Administrativa y Financiera. ARTÍCULO SEGUNDO. Reemplazar las páginas números 55 y 81 del Manual Específico de Funciones y Requisitos adoptado mediante la Resolución Reglamentaria No. 002 del 11 de febrero de 2004. ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución Reglamentaria rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente la Resolución Reglamentaria No. 002 del 11 de febrero de 2004. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de diciembre de dos mil cinco (2005). ÓSCAR GONZÁLEZ ARANA Contralor de Bogotá, D.C. MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y REQUISITOS HISTORIAL DE CAMBIOS III. REQUISITOS Educación Titulo universitario en Economía, Administración Pública, Administración de Empresas, Contaduría Pública, Derecho, Ingeniería Industrial, Ingeniería Civil, Ingeniería Mecánica y Arquitectura. Experiencia 36 meses de experiencia profesional III. REQUISITOS Educación Titulo universitario en Economía, Administración Pública, Administración de Empresas, Contaduría, Derecho, Ingeniería Civil, Ingeniería Mecánica y Arquitectura. Experiencia 30 meses de experiencia profesional NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3464 de diciembre 30 de 2005. |