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RESOLUCIÓN 0073 DE 2006 (Enero 26) Por la cual se reajustan los cargos fijo a. y variable b., aplicables a la liquidación y cobro de las expensas por el estudio, trámite y expedición de las licencias de urbanismo y construcción, en sus diferentes modalidades, a cargo de los Curadores Urbanos de Bogotá, D.C. LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN DISTRITAL En ejercicio de la atribución que le confiere el artículo 68 del Decreto Reglamentario 1052 de 1998, modificado por el articulo 1º del Decreto Nacional 89 de 2001 y el artículo 1º del Decreto Distrital 205 de 2005 y, CONSIDERANDO Que de conformidad con el artículo 1º del Decreto Nacional 89 de 2001, corresponde a los alcaldes municipales y distritales, reajustar los cargos fijo a. y variable b., previstos en el artículo 68 del Decreto Reglamentario 1052 de 1998, modificado por el artículo 1 del Decreto Nacional 89 de 2001, aplicables a las expensas que cobran los curadores urbanos por el estudio, trámite y expedición de licencias de urbanismo, construcción y sus modalidades, ... "en un porcentaje igual a la meta de inflación fijada para el año en que se proceda al reajuste, según lo dispuesto en la Ley 242 de 1995...". Que el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. mediante el Decreto 205 del 29 de junio de 2005, asignó al Departamento Administrativo de Planeación Distrital, la función de reajustar anualmente los cargos fijos a. y variable b., aplicables a la liquidación y cobro de las expensas por el estudio y expedición de licencias urbanísticas y sus modalidades, a cargo de los curadores urbanos de Bogotá D. C., conforme a lo ordenado por el Decreto Nacional 1052 de 1998 y sus modificaciones. Que la meta de inflación fijada por el Banco de la República para el año 2006 es del cuatro punto cinco por ciento (4.5%). En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTICULO 1º.- Reajustar los cargos fijo a. y variable b., contemplados en el artículo 58 del Decreto Reglamentario 1052 de 1998, de la siguiente manera: ARTICULO 2º.- Informar al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, el presente reajuste de expensas previstas para los Curadores Urbanos de Bogotá D. C. ARTICULO 3º.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los veintiséis (26) días del mes de enero de dos mil seis (2006). CATALINA VELASCO CAMPUZANO Directora NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3480 de enero 30 de 2006. El reajuste de que trata el artículo 1, puede ser consultado en el Registro Distrital referido. |