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ACUERDO 010 DE 2025
(Julio 15)
Por medio del cual se efectúa una sustitución de ingresos en el Presupuesto de Rentas e Ingresos del Instituto de Desarrollo Urbano, para la vigencia fiscal de 2025
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO,
en uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el Acuerdo 001 del 3 de febrero de 2009 y el artículo 10° del Decreto 192 de 2021 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Acuerdo Distrital No. 940 del 19 de diciembre de 2024, se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, el cual fue liquidado mediante el Decreto Distrital No. 470 del 27 de diciembre de 2024.
Que el Artículo 10° del Decreto 192 de 2021 "Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones" estipula que, las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los Establecimientos Públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.
Que mediante la Resolución No. SHD-000191 del 22 de septiembre de 2017, "Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual Operativo de Presupuesto del Distrito Capital", numeral "3.1.1.2. Procedimiento para la sustitución de ingresos al interior de los agregados rentísticos" indica: "Para el caso de los Establecimientos Públicos, la Dirección Distrital de Presupuesto emitirá concepto previo favorable para la aprobación por parte de la junta o consejo directivo. El Acuerdo o Resolución de la junta o consejo directivo deberá ser remitido a la Dirección Distrital de Presupuesto para su incorporación en el Sistema de Información del Presupuesto Distrital.".
Que la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - EAAB y el Instituto de Desarrollo Urbano celebraron el Convenio 1569 de 2023 cuyo objeto es "Aunar esfuerzos técnicos, administrativos, contractuales y financieros para el desarrollo de las actividades propias que se generen con ocasión de la ejecución de las obras para la construcción, renovación y adecuación para cumplimiento de normas técnicas aplicables vigentes de las redes troncales que hacen parte de la subcuenca norte callejas garantizando su correcto funcionamiento, asociadas a la ejecución de los contratos que celebre o haya celebrado el IDU con motivo de los proyectos de valorización en esta zona de la ciudad de Bogotá D.C", en cumplimiento del convenio, la EAAB consignó a la Tesorería del Instituto la suma de $33.357.931.437 en la vigencia 2023.
Que de los recursos aportados por la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, el Instituto requiere realizar una sustitución de ingresos en el presupuesto de rentas e ingresos de la vigencia 2025 por valor de VEINTIÚN MIL SETECIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($21.750.000.000), entre los rubros "012080600214 Convenios entidades distritales" y "O12100202 RB Ingresos de destinación específica", con el fin de contratar las obras de construcción que se desarrollará entre la Avenida Contador (cl. 134) desde la avenida carrera 15 hasta la autopista Norte, y Avenida Santa Bárbara desde la calle 127 a la calle 134, a cargo de la EAAB.
Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, emitió concepto técnico para la presente sustitución de Ingresos por valor de VEINTIÚN MIL SETECIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($21.750.000.000), mediante comunicación No. 2025EE35203301 del 17 de junio de 2025.
Que la presente sustitución de ingresos fue sometida a consideración del Consejo Directivo del IDU, en sesión realizada el día 15 de julio de 2025, la cual fue aprobada por sus miembros.
Que, en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. Autorizar la sustitución de ingresos en el presupuesto de rentas e ingresos del Instituto de Desarrollo Urbano, de la vigencia fiscal 2025, por la suma de VEINTIÚN MIL SETECIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($21.750.000.000), discriminada así:
SUSTITUCIÓN INGRESOS
ARTICULO SEGUNDO. Remitir copia del presente Acuerdo a la Secretaría Distrital de Hacienda, para fines de incorporar el traslado al sistema presupuestal en los términos establecidos.
ARTÍCULO TERCERO. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los 15 días del mes de julio del año 2025.
CLAUDIA DÍAZ ACOSTA
Secretaria Distrital de Movilidad - Presidenta
GISELE MANRIQUE VACA
Subdirectora Gral. de Gestión Corporativa - Secretaria
NOTA: Ver norma original en Anexos. |