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RESOLUCIÓN 161 DE 2025
(Agosto 25)
Por la cual se hace un traslado presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Veeduría Distrital para la vigencia fiscal 2025
LA VEEDORA DISTRITAL
En ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 10º del Decreto 192 de 2021, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 10° del Decreto 192 de 2021 “Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones” señala que: “las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local (…)”.
Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación”.
Que el parágrafo único del citado artículo exceptúa del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen factores constitutivos de salario; contribuciones inherentes a la nómina; remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, honorarios, activos fijos, materiales y suministros, adquisición de servicios, FONPET, obligaciones por pagar (adquisición de bienes, adquisición de servicios y otros gastos generales).
Que mediante la Resolución No. 191 del 22 de septiembre de 2017, la Secretaría Distrital de Hacienda adoptó y consolidó el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital, el cual en su numeral 3.2.1.4.2 define los traslados presupuestales internos como “(…) operaciones simultáneas que se realizan entre los gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión, sin que los agregados presupuestales se modifiquen, consisten en reducir un rubro presupuestal (contracrédito) que tiene saldo libre de afectación presupuestal para adicionar otro rubro (crédito)”.
Que mediante el Decreto Distrital 470 de 2024 se liquidó el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, contemplando lo propio para la Veeduría Distrital.
Que el artículo 31 del citado decreto, respecto de las modificaciones al interior del presupuesto de gastos de funcionamiento para la vigencia 2025, establece que: “(…) las modificaciones en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento y del servicio de la deuda por traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen los gastos de personal, adquisición de bienes y servicios, transferencias corrientes, disminución de pasivos y gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora, capital, intereses y comisiones de la deuda interna o externa, se harán mediante resolución expedida por el representante legal de la entidad respectiva o por Decreto del Alcalde(sa) Local, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la Secretaría Distrital de Hacienda-Dirección Distrital de Presupuesto para tal fin.” Que la profesional responsable del proceso de Administración del Talento Humano, de acuerdo con las proyecciones realizadas para la vigencia 2025 solicita adicionar el rubro “O211010200201 Aportes a la seguridad social en salud pública” con la suma de TREINTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($30.000.000) con el fin de garantizar los recursos para atender las obligaciones laborales de la Veeduría Distrital en seguridad social.
Que una vez revisada la ejecución presupuestal y las obligaciones laborales de la Entidad, para realizar el contracrédito que se requiere con el fin de cubrir la necesidad expuesta, se advierte que existen recursos disponibles en el rubro presupuestal de “O211010100102 Horas extras, dominicales, festivos y recargos”.
Que de otra parte, el Proceso de Gestión Administrativa y Ambiental solicitó recursos adicionales para el rubro “O21202020070272212 Servicios de administración de bienes inmuebles no residenciales (diferentes a vivienda) a comisión o por contrato”, con el propósito de atender el pago de las cuotas mensuales de administración y espacio en la terraza donde se ubicará una antena satelital en la sede principal de la Veeduría Distrital, pisos 34 y 35 del edificio Tequendama, por lo que resta de la vigencia 2025. Dicha antena es indispensable como mecanismo de respaldo (contingencia) ante eventuales interrupciones en el servicio de internet por fallas que puedan presentarse. El monto adicional solicitado es de DOS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL PESOS ($2.499.000) toda vez que, a la fecha el rubro presupuestal cuenta con un saldo disponible de CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CUARENTA PESOS M/CTE ($495.040).
Que los responsable del proceso de Comunicación Estratégica y de Gestión de Tecnologías de la Información y Comunicaciones TIC, han solicitado recursos para la adquisición conjunta de bienes con destino al fortalecimiento de las comunicaciones institucionales internas y externas, con el fin de mejorar la presencia, difusión e impacto de los mensajes de la Veeduría Distrital en los diferentes medios y redes sociales; así como contar con equipos tecnológicos que permitan atender las demandas misionales y de las áreas de apoyo de la entidad. Teniendo en cuenta la ejecución presupuestal actual es necesario adicionar recursos en los siguientes rubros y por los montos señalados:
Que una vez revisada la ejecución presupuestal y las necesidades contractuales establecidas por la Entidad, para realizar el contracrédito se verifica la existencia de recursos disponibles en el rubro presupuestal de “O21202020070373124 Servicios de arrendamiento sin opción de compra de computadores sin operario”, para cubrir tanto las necesidades del Proceso de Gestión Administrativa y Ambiental como el de Comunicación Estratégica y Gestión de Tecnologías de la Información y Comunicaciones TIC.
Que en mérito de lo anteriormente expuesto.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Traslado. Efectúese el siguiente traslado en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Veeduría Distrital para la vigencia fiscal 2025, por la suma de CINCUENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS VEINTIÚN PESOS M/CTE ($52.366.921) del Presupuesto de Funcionamiento de la entidad, en los siguientes créditos y contracréditos:
CONTRACRÉDITOS
CRÉDITOS
ARTÍCULO 2. Registro. Incorpórese el movimiento presupuestal de este traslado en el sistema de información presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda.
ARTÍCULO 3. Vigencia. Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los 25 días del mes de agosto del año 2025.
ADRIANA HERRERA BELTRÁN
Veedora Distrital
Nota: Ver norma original en Anexos. |
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