Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Acuerdo 019 de 1976 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
21/12/1976
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 019 DE 1976

 

(Diciembre 21)

 

Por el cual se cede un lote de terreno a la Cooperativa Educacional de Bosa Ltda

 

EL CONCEJO DEL DISTRITO ESPECIAL DE BOGOTA,

 

ACUERDA:


Artículo 1°. - Cédese a la Cooperativa Educacional de Bosa Ltda, con Personería Jurídica No. 1894 de agosto 13 de 1971, aprobada igualmente por el Ministerio de Educación Nacional mediante Resolución número 7515, Bachillerato Diurno de octubre 8 de 1974; 7501 Bachillerato Nocturno de octubre 8 de 1974 y 7500, Primaria, de octubre 8 de 1974, un lote de terreno de propiedad del Distrito Especial de Bogotá, ubicado en el Municipio anexado de Bosa y alinderado por los siguientes límites:

 

Por el norte, con la calle 13; por el sur, con propiedad Distrital, puesto de salud; por el oriente, con propiedad que es o fue de la familia Cardona; por el occidente, con propiedad que es o fue de los herederos de PABLO PORTILLA y en una extensión aproximada de 1.326 metros cuadrados.

 

Parágrafo. - Esta cesión de terreno será por un término de cincuenta años a partir de la fecha de su sanción.

 

Artículo 2º. - La Cooperativa Educacional de Bosa Ltda, destinará el lote a que se refiere el artículo primero para la ampliación de aulas y la educación de las clases menos favorecidas.

 

Artículo 3°. - El lote que se cede por el presente Acuerdo no podrá ser vendido ni arrendado por la entidad beneficiada y revertirá al Distrito Especial sin costo alguno, si en el lapso de cinco (5) años a partir de la fecha de sanción de este Acuerdo no se han ejecutado las obras de construcción a que se refiere el artículo anterior.

 

Artículo 4°. - Este Acuerdo rige desde la fecha de su sanción.

 

PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE.

 

Dado en Bogotá, Distrito Especial, a los diez (10) días de mes de diciembre de mil novecientos setenta y seis (1976).

 

Roberto Arenas Bonilla,

 

Presidente

 

Alina Muñoz de Zambrano,

 

Secretaria General

 

Bernardo Gaitán Mahecha,

 

Alcalde Mayor del Distrito Especial de Bogotá

 

Aníbal Gómez Restrepo,

 

Secretario de Hacienda

 

Servando Pardo Reyes,

 

Secretario de Obras Públicas

 

Nota: Ver norma original en Anexos.