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Decreto Local 011 de 2025 Alcaldía Local de los Mártires

Fecha de Expedición:
25/08/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/09/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8398 del 1 de septiembre de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 011 DE 2025

 

(Agosto 25)

 

Por medio del cual se efectúa traslado presupuestal en el presupuesto de gastos de funcionamiento del fondo de desarrollo local de mártires para la vigencia fiscal 2025

 

EL ALCALDE LOCAL DE MÁRTIRES

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 324 de la Constitución Política de Colombia, el Decreto 158 de 2025, y

 

CONSIDERANDO

 

Que de conformidad con el artículo 32 del Decreto 158 del 21 de Abril de 2025, los traslados presupuestales dentro del mismo agregado, y específicamente entre rubros presupuestales de Gastos de inversión los hará el Alcalde Local mediante Decreto Local previo concepto favorable de la Dirección Distrital de presupuesto de Secretaría Distrital de Hacienda. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.

 

Que en la Resolución No. SDH – 191 del 22 de septiembre de 2017, por medio del cual se adopta y consolida el manual de programación, ejecución y cierre presupuestal del Distrito Capital se indica el procedimiento para efectuar el traslado en mención.

 

Que según el MANUAL OPERATIVO PRESUPUESTAL DEL DISTRITO CAPITAL en su numeral 4.1 Traslado Presupuestal se manifiesta que: “es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto”.

 

Que de acuerdo al parágrafo único del artículo 32.1 del Decreto No. 158 del 21 de abril de 2025, “Por medio del cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local”, se estableció el procedimiento para los traslados presupuestales para los Fondos de Desarrollo Local, exceptuando el concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros de los gastos de personal, adquisición de bienes y servicios, obligaciones por pagar, transferencias corrientes, gastos por tributos, tasas y contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora.

 

Que, analizado el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Mártires para la vigencia 2025 se hace necesario fortalecer la apropiación en otros rubros, para garantizar por parte del Fondo de Desarrollo Local de Mártires el cabal cumplimiento según las competencias contempladas en el plan de ejecución. Se solicita se realice el trámite pertinente a fin de realizar los movimientos presupuestales allí registrados.

 

Que el traslado presupuestal requerido y que se consigna en el presente Acto Administrativo, no aumenta la cuantía de las apropiaciones autorizadas inicialmente en el presupuesto por concepto de Funcionamiento, tan solo efectuar un traslado al interior del rubro de adquisición de bienes y servicios, por cuanto se han identificado que los rubros relacionados se priorizan basados con precisión de incremento en la demanda de recursos y a partir de allí se evidenció la necesidad de reubicar el recurso disponible, con el fin de mejorar la operación y la parte técnica integrada en el rubo de funcionamiento durante toda la vigencia, lo que incluye velar por el adecuado funcionamiento, protección y custodia, de los bienes muebles e inmuebles a cargo del Fondo de Desarrollo Local de Mártires, para la ejecución de las acciones pertinentes y asociadas al cumplimiento de los fines estatales a través de los cuales se procura garantizar de manera continua y adecuada la prestación de los servicios públicos de manera eficiente y efectiva, para así dar cumplimiento a los derechos e intereses tanto de la ciudadanía como de los administrados que colaboran con ellas en la consecución de dichos fines, entre los cuales incluye proveer y atender todo lo relacionado con los elementos de ferretería y las licencias de office 365 y teams para los colaboradores de la Alcaldía.

 

En este sentido y teniendo presentes las necesidades de la Entidad y su orden de prioridad, el Área de Gestión de Desarrollo Local realizó un análisis exhaustivo y minucioso de los recursos necesarios para garantizar el normal funcionamiento de las sedes a su cargo, encontrando que se le puede dar el debido uso a los recursos provenientes de los rubros: O21201010030302 Maquinaria de informática y sus partes, piezas y accesorios por DIEZ MILLONES DE PESOS ($10.000.000); O2120201003023215317 Fólderes por DIEZ MILLONES DE PESOS ($10.000.000); O2120201003053511001 Pinturas para agua, P.V.A. y similares (emulsiones) por DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000); O2120201003053511007 Pinturas de protección industrial (vinílicas, epóxicas, poliestéricas) por DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000); O2120201003053511033 Estuco por DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000); O2120201003053511035 Diluyentes para pinturas por UN MILLÓN DE PESOS ($1.000.000); O2120201003063695004 Teja plástica por CATORCE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($14.500.000); O2120201004014121101 Chapa de hierro o acero laminada en caliente (incluso por proceso de heliaceración) por UN MILLÓN DE PESOS ($1.000.000); O2120201004024292122 Brocas-barrenas por UN MILLÓN DE PESOS ($1.000.000); 2120201004024294401 Tornillos de hierro o acero por UN MILLÓN DE PESOS ($1.000.000); O2120201004024292199 Herramientas n.c.p. para carpintería por UN MILLÓN DE PESOS ($1.000.000); O2120201004024292299 Herramientas n.c.p. para construcción por UN MILLÓN DE PESOS ($1.000.000).

 

Que, en concordancia con lo expuesto, se hace necesario trasladar los recursos disponibles para garantizar las necesidades en los siguientes rubros:

 

O212020100402429999 Artículos n.c.p. de ferretería y cerrajería por valor de DIECISIETE MI- LLONES DOSCIENTOS MIL PESOS ($17.200.00) M/CTE para adelantar las acciones administrativas, financieras y contractuales que permita continuar con el suministro de los elementos de ferretería.

 

O212010100502030101 Paquetes de software por valor de VEINTINUEVE MILLONES TRES- CIENTOS MIL PESOS ($29.300.000) M/CTE para adelantar las acciones administrativas, financieras y contractuales que permita la contratación de la adquisición de las licencias de Office 365 y teams.

 

Que, en mérito de lo expuesto, El Alcalde Local de Mártires,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese el siguiente contracrédito en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Mártires para la vigencia fiscal de 2025, por valor de CUARENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($46.500.000) M/CTE, de conformidad con el siguiente detalle:

 

COMPOSICIÓN DEL CONTRACRÉDITO

 

CÓDIGO

RUBRO

VALOR $

O2

GASTOS

46.500.000

O21

Funcionamiento

46.500.000

O212

Adquisición de bienes y servicios

46.500.000

O21201

Adquisición de activos no financieros

10.000.000

O2120101

Activos fijos

10.000.000

O2120101003

Maquinaria y equipo

10.000.000

O212010100303

Maquinaria de oficina, contabilidad e informática

10.000.000

O21201010030302

Maquinaria de informática y sus partes, piezas y accesorios

10.000.000

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

36.500.000

O2120201

Materiales y suministros

36.500.000

O2120201003

Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo)

31.500.000

O212020100302

Pasta o pulpa, papel y productos de papel; impresos y artículos similares

10.000.000

O2120201003023215317

Fólderes

10.000.000

O212020100305

Otros productos químicos; fibras artificiales (o fibras industriales hechas por el hombre)

7.000.000

O2120201003053511001

Pinturas para agua, P.V.A. y similares (emulsiones)

2.000.000

O2120201003053511007

Pinturas de protección industrial (vinílicas, epóxicas, poliestéricas)

2.000.000

O2120201003053511033

Estuco

2.000.000

O2120201003053511035

Diluyentes para pinturas

1.000.000

O212020100306

Productos de caucho y plástico

14.500.000

O2120201003063695004

Teja plástica

14.500.000

O2120201004

Productos metálicos y paquetes de software

5.000.000

O212020100401

Metales básicos

1.000.000

O2120201004014121101

Chapa de hierro o acero laminada en caliente (incluso por proceso de heliaceración)

1.000.000

O212020100402

Productos metálicos elaborados (excepto maquinaria y equipo)

4.000.000

O2120201004024292122

Brocas-barrenas

1.000.000

O2120201004024292199

Herramientas n.c.p. para carpintería

1.000.000

O2120201004024292299

Herramientas n.c.p. para construcción

1.000.000

O2120201004024294401

Tornillos de hierro o acero

1.000.000

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese el siguiente crédito en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la Vigencia Fiscal de 2025, por valor de CUARENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($46.500.000) M/CTE de conformidad con el siguiente detalle:


 

CÓDIGO

RUBRO

VALOR $

O2

GASTOS

46.500.000

O21

Funcionamiento

46.500.000

O212

Adquisición de bienes y servicios

46.500.000

O21201

Adquisición de activos no financieros

29.300.000

O2120101

Activos fijos

29.300.000

O2120101005

Otros activos fijos

29.300.000

O212010100502

Productos de la propiedad intelectual

29.300.000

O21201010050203

Programas de informática y bases de datos

29.300.000

O2120101005020301

Programas de informática

29.300.000

O212010100502030101

Paquetes de software

29.300.000

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

17.200.000

O2120201

Materiales y suministros

17.200.000

O2120201004

Productos metálicos y paquetes de software

17.200.000

O2120201004024299991

Artículos n.c.p. de ferretería y cerrajería

17.200.000

 

ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 25 días del mes de agosto del año 2025.

 

JOHN JADER SUAREZ DELGADO

 

Alcalde Local de Los Mártires

 

Nota. Ver norma publicada en Anexos.