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Decreto Local 010 de 2025 Alcaldía Local de Fontibón

Fecha de Expedición:
12/08/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/09/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8398 del 01 de septiembre de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 010 DE 2025

 

(Agosto 12)

 

Por medio del cual se deroga el Decreto Local No. 08 del 31 de julio de 2025 en el cual se convocó a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Fontibón

 

LA ALCALDESA LOCAL DE FONTIBON

 

En uso de sus facultades legales y, en especial, las conferidas en los artículos 86 del Decreto Ley 1421 de 1993, modificado por el artículo 11 de la Ley 2116 de 2021, el artículo 69 del Decreto Distrital 714 de 1996, y en concordancia con lo dispuesto en el artículo 209 de la Constitución Política y el artículo 71 de la Ley 1437 de 2011-CРАСА,

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Decreto Local No. 08 del 31 de julio de 2025, se convocó a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Fontibón para el periodo comprendido entre el seis (6) y el veintiséis (26) de agosto de 2025, con el fin de analizar, debatir y adoptar el proyecto de acuerdo mediante el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón.

 

Que, con posterioridad a la expedición y publicación del citado acto administrativo, se identificaron inconsistencias en su contenido, las cuales hacen necesaria la expedición de un nuevo decreto que convoque de manera correcta a la corporación.

 

Que el artículo 71 de la Ley 1437 de 2011 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo establece que las autoridades administrativas podrán derogar expresamente sus actos de carácter general, en aras de garantizar la seguridad jurídica y la coherencia normativa.

 

Que de conformidad con el artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993, modificado por el artículo 11 de la Ley 2116 de 2021, corresponde al Alcalde Local convocar a la Junta Administradora Local a sesiones extraordinarias para la discusión de asuntos relacionados con el presupuesto local.

 

Que, según el artículo 69 del Decreto Distrital 714 de 1996 (Estatuto Orgánico de Presupuesto de Bogotá), toda adición al presupuesto de ingresos y gastos del Fondo de Desarrollo Local debe ser previamente aprobada por la respectiva Junta Administradora Local.

 

Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, los cuales exigen adoptar medidas correctivas cuando se advierten inconsistencias normativas.

 

Que la jurisprudencia del Consejo de Estado (Sección Primera, sentencia del 12 de marzo de 2015, Exp. 2012-00234-01) ha reiterado que la derogatoria expresa de actos de carácter general procede cuando la autoridad advierte errores de contenido que puedan inducir a confusión en su aplicación.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

PRIMERO: Derogar en su totalidad el Decreto Local No. 08 del 31 de julio de 2025, "Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Fontibón, para asumir el análisis, debate y adopción del proyecto de acuerdo mediante el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón".

 

SEGUNDO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

ARTÍCULO TERCERO: Publíquese el presente Decreto en la Imprenta Distrital, de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011, para efectos de su conocimiento y aplicación general.

 

PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de agosto del año 2025.

 

ADRIANA YANETH ORTIZ UBAQUE

 

Alcaldesa Local de Fontibón

 

NOTA: Ver norma original en Anexos.