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Acuerdo Local 002 de 2025 Junta Administradora Local de Suba

Fecha de Expedición:
21/08/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/08/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8395 del 27 de agosto de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL 002 DE 2025

 

(Agosto 21)

 

Por medio del cual se efectúa una adición en el presupuesto de rentas e ingresos y gastos e inversiones del fondo de desarrollo local de suba para la vigencia fiscal 2025, por valor $4.310.131.315

 

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SUBA

 

en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto Distrital 158 de 2025, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 32 de Decreto Distrital 158 del 21 de abril de 2025, por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local FDL., establece que "Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto, mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones..."

 

Que la misma norma señala que "Adición por Excedentes Financieros: Si persistiera un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto Local al monto real de las Obligaciones por Pagar constituidas al cierre de la vigencia inmediatamente anterior, deberá este ser adicionado por cada F.D.L.., mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectué el CONFIS, quien para el efecto consultará criterios de eficiencia y los conceptos de los Alcaldes Locales correspondientes".

 

Que mediante circular CONFIS No. 03 de 2025, se comunica a las Alcaldesas y Alcaldes Locales y Secretaría Distrital de Gobierno, que el CONFIS en sesión No. 15 celebrada el 27 de junio de 2025 y de acuerdo con lo establecido en el literal h) del artículo 10° y en el artículo 78° del Decreto Distrital 714 de 1996 así como en los artículos 41 y 42 del Decreto Distrital 158 de 2025, resolvió lo siguiente: 1) Modificar el valor determinado de Excedentes aprobados por el CONFIS Distrital en sesión No.05 del 18 de marzo de 2025. Determinar un monto de excedentes financieros a 31 de diciembre de 2024 por valor de $100.203.931.110, de los 20 Fondos de Desarrollo Local (FDL), 2) De acuerdo con lo establecido en el literal h) del artículo 10° y en el artículo 78° del Decreto Distrital 714 de 1996, así como en los artículos 41 y 42 del Decreto Distrital 158 de 2025, el CONFIS Distrital efectuó una Distribución parcial de los excedentes financieros generados por los 20 Fondos de Desarrollo Local al cierre de la vigencia 2024 por valor de $48.241.044.245, conforme a las solicitudes de la Secretaria Distrital de Gobierno y la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia SSCJ, así:" al Fondo de Desarrollo Local de Suba la suma de $4.310.131.315 con la siguiente distribución por proyectos de inversión: "Movilidad integral, segura y sostenible en Suba", $2.000.000.000; "Suba Segura y fortalecida." $2.310.131.315.

 

Que de la distribución de estos excedentes por parte del CONFIS, a la Localidad de Suba se le asignaron un total de $4.310.131.315.

 

Que la Secretaría de Planeación a través de la Dirección de Programación, Seguimiento a la Inversión y Planes de Desarrollo Locales mediante comunicación 2-2025-37255 del 09 de julio de 2025, emitió concepto previo favorable para la modificación presupuestal a gastos de inversión, originada en la distribución de excedentes financieros, por valor de $4.310.131.315.

 

Que el día 30 de julio de 2025 la Alcaldía Local de Suba mediante Decreto 010 del 2025 "Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Suba", Decreto: "ARTÍCULO PRIMERO: Convocar a sesiones extraordinarias a partir del 1 de agosto y hasta el 15 de agosto de 2025 con el objeto de someter a debate el proyecto de acuerdo Local "Por medio del cual se efectúa una adición en el presupuesto de rentas e ingresos y gastos e inversiones del fondo de desarrollo local de suba para la vigencia fiscal 2025, por valor $4.310.131.315."

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto, la Junta Administradora Local de Suba,

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese una adición al presupuesto de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Suba en la vigencia fiscal 2025, por valor de CUATRO MIL TRESCIENTOS DIEZ MILLONES CIENTO TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS QUINCE PESOS ($4.310.131.315) M/CTE según el siguiente detalle:

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese una adición al presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Suba en la vigencia fiscal 2025, por valor de CUATRO MIL TRESCIENTOS DIEZ MILLONES CIENTO TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS QUINCE PESOS ($4.310.131.315) M/CTE según el siguiente detalle:


 

ARTÍCULO TERCERO: Seguimiento y control a la inversión de los excedentes financieros.

 

La Alcaldía Local de Suba, a través de la dependencia que ejerza las funciones de planeación, deberá presentar a la Junta Administradora Local y a la comunidad informes bimestrales sobre el avance físico y financiero de los proyectos financiados con los recursos provenientes de los excedentes financieros aprobados mediante el presente Acuerdo, desagregando la información por componente, actividad y meta de producto.

 

Los informes deberán incluir:

 

1. Estado de ejecución presupuestal y porcentaje de avance de cada proyecto de inversión:

 

- "Movilidad integral, segura y sostenible en Suba" por valor de $2.000.000.000.

 

-"Suba Segura y fortalecida" por valor de $2.310.131.315.


2. Cronograma de actividades ejecutadas y por ejecutar

 

3. Indicadores de resultado e impacto alcanzados.

 

4. Identificación de dificultades o retrasos, con las acciones correctivas adoptadas.

 

5. Evidencia fotográfica y documental del desarrollo de las obras, programas o acciones financiadas.

 

La Alcaldía Local publicará estos informes en su página web y los socializará en sesiones de la Junta Administradora Local, con el fin de garantizar la transparencia y el control social de la inversión.

 

ARTÍCULO CUARTO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

 

Dado en Bogotá, DC a los 21 días del mes de agosto del año 2025

 

JAVIER ALEJANDRO LOSADA PORRAS Junta Administradora Local de Suba

 

Junta Administradora Loos de Suba

 

PRESIDENTE

 

DANIELLA LEÓN RIAGA

 

VICEPRESIDENTE

 

Junta Administradora Loos de Suba

 

JAVIER ALEJANDRO LOSADA PORRAS

 

Junta Administradora Local de Suba

 

Presidente: Comisión Seguridad

 

JOHN JAIME JIMENEZ ZAPATA

 

PONENTE

 

Junta Administradora Local de Suba

 

Vicepresidente: Comisión Movilidad

 

DIANA PAOLA PEDRAZA GARZÓN

 

SECRETARIA

 

Junta Administradora Local de Suba

 

El Alcalde Local de Suba, sanciona el presente Acuerdo a los 21 días del mes de agosto del año 2025.

 

CÉSAR AUGUSTO SALAMANCA ROJAS

 

ALCALDE LOCAL DE SUBA

 

Junta Administradora Local de Suba

 

Nota: Ver Norma original en Anexos.