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ACUERDO 013 DE 2025
(Septiembre 10)
Por el cual se emite concepto previo favorable en el trámite ante el CONFIS Distrital para la autorización de vigencias futuras ordinarias
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO
En uso de las atribuciones legales y en especial las conferidas en el numeral 6 del artículo 16 del Acuerdo Distrital No. 19 de 1972, Resolución 191 de 2017 y su Manual Operativo Presupuestal numeral 2.8.2 y en concordancia con el literal c) del artículo 14 del Acuerdo del Consejo Directivo No. 001 de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el literal f del numeral 2.8.2 del Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital, adoptado mediante resolución 191 del 2017 de la Secretaría Distrital de Hacienda, corresponde al Consejo Directivo del Instituto de Desarrollo Urbano, autorizar previamente el trámite de las solicitudes de vigencias futuras ante la Secretaría Técnica del CONFIS Distrital.
Que, en concordancia con el inciso anterior, el numeral III, literal f) de la circular 07 del 01 de octubre de 2024 expedida por el CONFIS Distrital, establece como requisito para solicitar las vigencias futuras “el acuerdo o autorización previa de la Junta Directiva o Consejo Directivo para los casos de Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, Empresas Sociales del Estado y Establecimientos Públicos”.
Que artículo 143A del Decreto Ley 1421 de 1993 establece, en relación con las “Vigencias futuras ordinarias, que: “El CONFIS Distrital podrá autorizar la asunción de obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras de funcionamiento o inversión cuando su ejecución se inicie con el presupuesto de la vigencia en curso y el objeto del compromiso se lleve a cabo en cada una de ellas …”.
Que la Circular CONFIS No. 07 de 01 de octubre de 2024 en el numeral III establece los requisitos para solicitar vigencias futuras así: “Las solicitudes de autorización o aprobación de vigencias futuras deben remitirse y radicarse formalmente ante la Secretaría Técnica del CONFIS Distrital – Secretaría Distrital de Planeación con copia a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, anexando la siguiente documentación: (…) literal f. Acuerdo o autorización previa de la Junta Directiva o Consejo Directivo para los casos de Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, Empresas Sociales del Estado y Establecimientos Públicos.”
Que la Circular CONFIS No. 07, en el numeral II CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES DE LAS VIGENCIAS FUTURAS, literal h, registra: “El CONFIS Distrital no autorizará asumir compromisos con cargo a vigencias futuras que sobrepasen el período de gobierno, salvo que el proyecto de inversión o gasto a soportar presupuestalmente, haya sido declarado previamente de importancia estratégica por el Consejo de Gobierno Distrital, para lo cual se debe contar previamente con aval fiscal del CONFIS Distrital.”
Que el IDU requiere adelantar el trámite de vigencias futuras ordinarias para la vigencia 2026, que no superan el periodo de gobierno, para los proyectos de inversión: 8015 – BPIN 2024110010133 “Construcción de infraestructura de transporte para una movilidad sostenible, eficiente, inclusiva que promueve la integración modal en Bogotá D.C”., 8022 BPIN 2024110010117-“Consolidación del sistema del espacio público, para brindar movilidad segura, inclusiva y sostenible en Bogotá D.C.” y 8032- BPIN – 2024110010140 “Consolidación de infraestructura vial y ciclo infraestructura para una movilidad sostenible, eficiente, inclusiva que promueve la integración modal en Bogotá D.C”.
Que la Dirección General del Instituto de Desarrollo Urbano – IDU, solicitó a la Secretaría Distrital de Planeación – SDP, concepto previo y favorable a vigencias futuras ordinarias, para los proyectos de inversión 8015 BPIN 2024110010133 - por valor de $ 11.213.380.458 (precios constantes) y $ 11.730.000.000 (precios corrientes) - 8022 BPIN 2024110010117 por valor de $1.345.605.655 (precios constantes) y $1.407.600.000 (precios corrientes) y 8032 BPIN 2024110010140 por valor de $ 19.483.586.452 (precios constantes) y $20.348.617.056 (precios corrientes) el cual fue emitido mediante comunicación inicial No. 2-2025-48801 del 08 de septiembre de 2025, y alcance No. 2-2025-49169 del 09 de septiembre de 2025, por valor de $32.042.572.565 (precios constantes) y $33.486.217.056 (precios corrientes).
Que, de acuerdo con lo expuesto, el Consejo Directivo en sesión ordinaria del 10 de septiembre de 2025, aprobó por unanimidad, el trámite de solicitud de autorización ante el CONFIS Distrital en los términos presentados por Instituto de Desarrollo Urbano – IDU.
Que, en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. – Emitir concepto favorable para presentar ante el CONFIS Distrital, la solicitud de autorización de vigencias futuras ordinarias correspondientes a los siguientes proyectos de inversión, así:
- Proyecto de inversión 8015 BPIN 2024110010133, por la suma de Once mil doscientos trece millones trescientos ochenta mil cuatrocientos cincuenta y ocho pesos M/CTE ($11.213.380.458) a precios constantes, y Once mil setecientos treinta millones de pesos M/CTE ($ 11.730.000.000) en precios corrientes conforme al siguiente detalle:
Cifras en valores constantes
Cifras en valores corrientes
- Proyecto de inversión 8022 - BPIN 2024110010117, por la suma de Mil trescientos cuarenta y cinco millones seiscientos cinco mil seiscientos cincuenta y cinco pesos M/CTE. ($1.345.605.655) a precios constantes y mil cuatrocientos siete millones seiscientos mil pesos M/CTE ($1.407.600.000) en precios corrientes conforme al siguiente detalle:
Cifras en valores constantes
Cifras en valores corrientes
- Proyecto de inversión 8032 BPIN 2024110010140, por la suma de Diecinueve mil cuatrocientos ochenta y tres millones quinientos ochenta y seis mil cuatrocientos cincuenta y dos pesos M/CTE. ($19.483.586.452) en precios constantes y Veinte mil trescientos cuarenta y ocho millones seiscientos diecisiete mil cincuenta y seis pesos M/CTE ($20.348.617.056) en precios corrientes, conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO. - El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.Dado en Bogotá D.C., a los 10 días del mes de septiembre del año 2025.
CLAUDIA DÍAZ ACOSTA
Secretaria Distrital de Movilidad
Presidenta
GISELE MANRIQUE VACA
Subdirectora Gral de Gestión Corporativa
Secretaria
Nota: Ver norma original en Anexos. |
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