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DECRETO 007 DE 2025
(Septiembre 17)
Por medio del cual se efectúa una modificación interna entre gastos de funcionamiento al presupuesto aprobado del fondo de desarrollo local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal 2025
EL ALCALDE LOCAL DE CIUDAD BOLIVAR
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto 158 de 2025 "Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de las Fondos de Desarrollo Local-FDL", teniendo en cuenta que este derogó el Decreto 372 de 2010.
CONSIDERANDO:
Que, según capitulo 4º artículo articulo 31 ítem 32.1 del Decreto 158 de 2025 Dispone Traslado Presupuestal. Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales y se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local.
Que el Alcalde Local de Ciudad Bolívar, en cumplimiento de las metas establecidas en nuestro Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de obras públicas para la localidad de Ciudad Bolívar para el periodo 2025-2028 "Ciudad Bolívar Camina Segura" el cual constituye el referente de las acciones y políticas de la administración local, se hace necesario realizar una modificación al interior de los gastos de funcionamiento entre rubros, con el fin de respaldar presupuestalmente algunos gastos que requieren recursos de acuerdo con lo aprobado para la vigencia 2025, con el fin de cumplir con las metas de gestión durante la vigencia 2025.
Que de conformidad con el parágrafo del artículo 9º de la Circular Externa DDP-N° 000008 del 31 de diciembre de 2019, cuando el traslado al interior de los gastos de funcionamiento estén a nivel 5º y no cambie los valores inicialmente aprobados, será incorporada la modificación por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto solamente con el Decreto firmado por el Ordenador del Gasto.
Que, en mérito de lo expuesto el Alcalde Local de Ciudad Bolívar
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Efectúese un contra crédito en el presupuesto de Gastos Generales del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2025, por la suma de CUARENTA Y SIETE MILLONES NOVENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS M/CТE ($47.095.934), con-forme al siguiente detalle:
CONTRA CREDITOS
ARTICULO 2º: Efectúese un crédito en el presupuesto de Gastos Generales del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2025,, por la suma de CUARENTA Y SIETE MILLONES NOVENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($47.095.934), con-forme al siguiente detalle:
CREDITOS
ARTICULO 3º: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los 17 días del mes de septiembre del año 2025.
DIEGO ARLEY ARENAS MANRIQUE
Alcaldes Local de Ciudad de Ciudad
Nota: Ver norma original en Anexos. |
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