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Resolución 218 de 2025 Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - Dadep

Fecha de Expedición:
02/07/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/09/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8417 del 29 de septiembre del 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 218 DE 2025

 

(Julio 02)

 

Por medio de la cual la Comisión Intersectorial del Espacio Público aprueba el Protocolo de Aprovechamiento Económico Bienes Fiscales del Instituto Distrital de Patrimonio Cultura y los protocolos de Aprovechamiento económico bienes fiscales y Actividades culturales en el espacio público de acuerdo a su competencia de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño

 

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORIA DEL ESPACIO PUBLICO - DADEP

 

En uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas en el numeral 3 y 25 del artículo 2 del Decreto 478 de 2022 y el artículo 19 del Decreto 315 de 2024, y

 

CONSIDERANDO

 

Que mediante el artículo 38 del Decreto 546 de 2007, modificado por el art. 9 del Decreto Distrital 375 de 2019, establece que la Comisión Intersectorial del Espacio Público del Distrito Capital tendrá entre otras las siguientes funciones:

 

1. Coordinar la implementación de la política de espacio público definida para garantizar la efectividad de los derechos en el Distrito Capital.

 

2. Concertar las acciones necesarias para garantizar una estructura actualizada, de manera eficaz y eficiente, del Sistema Distrital de Gestión del Espacio Público y sus diferentes instrumentos, sistemas, procedimientos e instancias, en armonía con las políticas, estrategias, programas y proyectos establecidos por el Plan Maestro de Espacio Público y el Plan de Ordenamiento territorial.

 

3. Conocer, concertar y articular las acciones para garantizar una adecuada distribución y coordinación de funciones en lo relacionado con la sostenibilidad, la financiación, la generación, el mantenimiento, la conservación, el manejo, y la gestión del espacio público.

 

4. Coordinar la implementación de los instrumentos y procedimientos de la política distrital para la administración y aprovechamiento económico del espacio público vigente.

 

5. Conocer y aprobar, como requisito previo, los proyectos de actos administrativos que las entidades distritales elaboren, siempre que tengan como fin, reglamentar actividades de aprovechamiento económico del espacio público.

 

Que el artículo 8 del Decreto 375 de 2019, le otorgó al Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público DADEP la función de secretaria técnica de la Comisión Intersectorial del Espacio Público.

 

Que mediante Decreto Distrital 315 de 2024 se adoptó el Marco Regulatorio del Aprovechamiento Económico del Espacio Público en el Distrito Capital de Bogotá, en el que se indicó, a través del artículo 6, como responsable de la coordinación interinstitucional a la Comisión Intersectorial del Espacio Público a la Secretaría Técnica.

 

Que en el artículo 8º del citado Decreto 315 de 2024, se regulan las actividades de aprovechamiento económico permitidas en el espacio público, en el artículo 12º se determinaron los espacios públicos, administradores de los espacios y actividades permitidas y que en el artículo 17 se consagraron las entidades gestoras de las actividades permitidas en el espacio público de la ciudad.

 

Que el artículo 19 del mencionado Decreto 315 de 2024, estableció como obligación de las Entidades Gestoras del Aprovechamiento Económico la elaboración del Protocolo de las actividades de aprovechamiento económico a su cargo, en el plazo máximo de seis (06) meses contados desde la expedición del Decreto. Así mismo determinó que dichos protocolos deberán ser presentados ante la Comisión Intersectorial de Espacio Público o la instancia que haga sus veces, para que emita concepto previo a su adopción o modificación. Modificado por el art. 2, Decreto 082 de 2025. El cual quedará así; "Los protocolos serán presentados ante la Comisión Intersectorial de Espacio Público o la instancia que haga sus veces, para que emita concepto previo a su adopción o modificación. Las Entidades Gestoras del Aprovechamiento Económico del Espacio Público tendrán un plazo máximo de ocho (8) meses, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para la expedición de los respectivos protocolos de aprovechamiento económico."

 

Que el artículo 17 del Decreto 315 de 2024, establece que el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural IDPC como entidad gestora de las actividades de Aprovechamiento económico bienes fiscales y a la Fundación Gilberto Álzate Avendaño FUGA los protocolos de Aprovechamiento Económico Bienes Fiscales y Actividades Culturales En El Espacio Público De Acuerdo A Su Competencia.

 

Que el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural IDPC, en su calidad de entidad gestora de las Actividades de Aprovechamiento Económico Bienes Fiscales, presentó el respectivo protocolo de aprovechamiento económico ante la secretaria técnica, para consideración y aprobación de la CIEP y así las cosas, acorde al procedimiento interno de la Comisión, los días veintidós (22) de mayo de 2025 y veinticinco (25) de junio de 2025, se llevaron a cabo las Unidades Técnicas de Apoyo, en las que se recibieron observaciones que fueron atendidas y analizadas por el Instituto y planteadas las respuestas en el desarrollo de la sesión.

 

Que la Fundación Gilberto Álzate Avendaño FUGA, en su calidad de entidad gestora de las Actividades de Aprovechamiento Económico Bienes Fiscales y Actividades Culturales En El Espacio Público De Acuerdo A Su Competencia, presentó los respectivos protocolos de aprovechamiento económico ante la secretaria técnica, para consideración y aprobación de la CIEP y así las cosas, acorde al procedimiento interno de la Comisión, los días diecisiete (17) de marzo de 2025 y veinticinco (25) de junio de 2025, se llevaron a cabo las Unidades Técnicas de Apoyo, en las que se recibieron observaciones que fueron atendidas y analizadas por la FUGA y planteadas las respuestas en el desarrollo de la sesión.

 

Que en sesión extraordinaria No. 08 llevada a cabo el día primero (01) de julio de 2025, se sometió a consideración ante la Comisión Intersectorial de Espacio Público, el protocolo de las Actividades de Aprovechamiento Económico Bienes Fiscales del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural IDPC, registrando la siguiente votación:

 

ENTIDAD

DELEGADO

SI

NO

COMENTARIOS

Secretaría

Distrital de

Gobierno

Ángela

Patricia

Muñoz

x

 

 

Secretaria

Distrital de

Hacienda

Juliana Mana

Rodríguez

Alonso

x

 

 

Secretaría

Distrital de

Salud

Marcela

Martínez

Contreras

No Asistió

 

Secretaría

Distrital

Cultura

Recreación y Deporte

Edgar Andrés Figueroa (E)

x

 

 

Secretaría

Distrital de

Ambiente

Andrea Corzo

No asistió

 

Secretaría

Distrital de Movilidad

Valentina Acuña

x

 

 

Secretaría

Distrital de Hábitat

Camilo Andrés peñuela

x

 

 

 

Secretaria

Distrital de

Integración Social

Luis Javier

Uribe Moya

x

 

 

 

Secretaria

Distrital de

Desarrollo

Económico

Juliana

Margarita Toral

No asistió

 

Departamento

Administrativos de la

Defensoría del

Espacio

Público

Lucia

Bastidas Duarte

x

 

 

 

Secretaria

Distrital de Planeación

Paola Andrea

Ladino Torres

x

 

 

 

Secretaría

Distrital de la Mujer

Ivonne Rico

x

 

 

 

Secretaría

Distrital de

Seguridad, convivencia y

Justicia

Orlando Vega

 

 

 

 

 

(sic) las Actividades de Aprovechamiento Económico Bienes Fiscales del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural - IDPC, fue aprobados con 10 votos positivos.

 

Que de forma posterior en la sesión extraordinaria No. 08 llevada a cabo el día primero (01) de julio de 2025, se sometió a consideración ante la Comisión Intersectorial de Espacio Público, los protocolos de Actividades de Aprovechamiento Económico Bienes Fiscales y Actividades Culturales En El Espacio Público De Acuerdo A Su Competencia de la Fundación Gilberto Álzate Avendaño - FUGA, registrando la siguiente votación:

 

ENTIDAD

DELEGADO

SI

NO

COMENTARIOS

Secretaría

Distrital de

Gobierno

Ángela

Patricia

Muñoz

x

 

 

Secretaria

Distrital de Hacienda

Juliana María

Rodríguez Alonso

x

 

 

Secretaría

Distrital de Salud

Marcela

Martínez

Contreras

No Asistió

Secretaría

Distrital

Cultura

Recreación y Deporte

Edgar Andrés Figueroa (E)

x

 

 

Secretaría

Distrital de

Ambiente

Andrea Corzo

No asistió

Secretaría

Distrital de Movilidad

Valentina Acuña

x

 

 

Secretaría

Distrital de Hábitat

Camilo Andrés peñuela

x

 

 

 

Secretaria

Distrital de

Integración Social

Luis Javier

Uribe Moya

x

 

 

 

Secretaria

Distrital de

Desarrollo

Económico

Juliana

Margarita Toral

No asistió

 

Departamento

Administrativos de la

Defensoría del

Espacio

Público

Lucia

Bastidas Duarte

x

 

 

 

Secretar(a

Distrital de Planeación

Paola Andrea

Ladino Torres

x

 

 

 

Secretaría

Distrital de la Mujer

Ivonne Rico

x

 

 

 

Secretaría

Distrital de

Seguridad, convivencia y

Justicia

Orlando Vega

 

 

 

 

 

Que los protocolos de Actividades de Aprovechamiento Económico Bienes Fiscales y Actividades Culturales En El Espacio Público De Acuerdo A Su Competencia de la Fundación Gilberto Álzate Avendaño FUGA, fueron aprobados con 10 votos positivos.

 

Que, de acuerdo con lo anterior, la directora del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP, en calidad de Secretaria Técnica de la Comisión del Espacio Público.

 

RESUELVE

 

ARTÍCULO PRIMERO. COMUNICAR Se comunica que, en sesión extraordinaria No. 08 celebrada de forma virtual el día primero (01) de julio de 2025, la Comisión Intersectorial del Espacio Público (CIEP), en ejercicio de sus competencias, aprobó el protocolo de las Actividades de Aprovechamiento Económico Bienes Fiscales del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural - IDPC.

 

ARTÍCULO SEGUNDO. COMUNICAR Se comunica que, en sesión extraordinaria No. 08 celebrada de forma virtual el día primero (01) de julio de 2025, la Comisión Intersectorial del Espacio Público (CIEP), en ejercicio de sus competencias, aprobó los protocolos de Actividades de Aprovechamiento Económico Bienes Fiscales y Actividades Culturales En El Espacio Público De Acuerdo A Su Competencia de la Fundación Gilberto Álzate Avendaño - FUGA.

 

ARTÍCULO TERCERO. Contra la presente Resolución no precede recurso alguno en atención a lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011 "Por el cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de los Contenciosos Administrativo", ya que se trata de un acto administrativo de carácter general.

 

ARTÍCULO CUARTO. La presente resolución rige a partir de su fecha de su publicación, en el Diario Distrital de acuerdo lo establecido en el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011. Deberá igualmente publicarse en la página web del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP.

 

Dada en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 02 días del mes de julio del año 2025.

 

NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.

 

LUCIA BASTIDAS UBATÉ

 

Directora Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público-

 

Secretaria técnica de la Comisión Intersectorial del Espacio Público - CIEP

 

Nota: Ver norma original en Anexos.