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Resolución 311 de 2025 Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - Dadep

Fecha de Expedición:
02/09/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/09/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8417 del 29 de septiembre del año 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 311 DE 2025

 

(Septiembre 02)

 

Por medio de la cual la Comisión Intersectorial del Espacio Público aprueba la exención de pago de actividad de aprovechamiento económico CONCIERTO BOGOTÁ TE INSPIRA 2025, presentada por la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

 

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORIA DEL ESPACIO PUBLICO-DADEP

 

En uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas en el numeral 14 articulo 2 del Decreto 138 de 2002, modificado parcialmente por el Decreto Distrital 092 de 2006, y el artículo 6 y 30 del Decreto 315 de 2024.

 

CONSIDERANDO

 

Que mediante el artículo 38 del Decreto 546 de 2007, modificado por el art. 9 del Decreto Distrital 375 de 2019, establece que la Comisión Intersectorial del Espacio Público del Distrito Capital tendrá entre otras las siguientes funciones:

 

1. Coordinar la implementación de la política de espacio público definida para garantizar la efectividad de los derechos en el Distrito Capital.

 

2. Concertar las acciones necesarias para garantizar una estructura actualizada, de manera eficaz y eficiente, del Sistema Distrital de Gestión del Espacio Público y SUS diferentes instrumentos, sistemas. procedimientos e instancias, en armonía con las políticas, estrategias, programas y proyectos establecidos por el Plan Maestro de Espacio Público y el Plan de Ordenamiento territorial.

 

3. Conocer, concertar y articular las acciones para garantizar una adecuada distribución y coordinación de funciones en lo relacionado con la sostenibilidad, la financiación, la generación, el mantenimiento, la conservación, el manejo, y la gestión del espacio público.

 

4. Coordinar la implementación de los instrumentos y procedimientos de la política distrital para la administración y aprovechamiento económico del espacio público vigente.

 

5. Conocer y aprobar, como requisito previo, los proyectos de actos administrativos que las entidades distritales elaboren, siempre que tengan como fin, reglamentar actividades de aprovechamiento económico del espacio público.

 

Que el artículo 8 del Decreto 375 de 2019, le otorgó al Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público DADEP la función de Secretaria Técnica de la Comisión Intersectorial del Espacio Público.

 

Que mediante Decreto Distrital 315 de 2024 se adoptó el Marco Regulatorio del Aprovechamiento Económico del Espacio Público en el Distrito Capital de Bogotá, en el que se indicó, a través del artículo 6, como responsable de la coordinación interinstitucional a la Comisión Intersectorial del Espacio Público.

 

Que en el artículo 8º del citado Decreto 315 de 2024, se regulan las actividades de aprovechamiento económico permitidas en el espacio público, en el artículo 12º se determinaron los espacios públicos, administradores de los espacios y actividades permitidas y que en el artículo 17 se consagraron las entidades gestoras de las actividades permitidas en el espacio público de la ciudad.

 

Que el artículo 29 del Decreto 315 de 2024, se relaciona el valor de la retribución. "El valor de la retribución por aprovechamiento económico será calculado por la Entidad Gestora del Aprovechamiento Económico del Espacio Público, de acuerdo con lo establecido en el respectivo protocolo de aprovechamiento económico..." "Parágrafo 1. En los respectivos protocolos de aprovechamiento económico, se determinarán los elementos necesarios para calcular la retribución por las actividades respectivos, acorde con los espacios a utilizar, las actividades permitidas, los criterios de aplicación y las actividades exentas o sujetas a una retribución diferenciada por aprovechamiento económico."

 

Que el artículo 30 del Decreto 315 de 2024, establece lo siguiente:

 

Artículo 30. Actividades con motivación económica exentas y procedimiento para el cobro de la retribución por aprovechamiento económico en caso de que aplique Están exentas del pago de la retribución por aprovechamiento económico, las actividades que demuestren beneficios mayores a la retribución estimada para la ciudad por el desarrollo de estas. los cuales deben estar debidamente soportados y sustentados en los formatos establecidos por la Comisión intersectorial de Espacio Público CIEP.

 

Para lo anterior la Entidad Gestora del Aprovechamiento Económico del Espacio Público deberá presentar solicitud con al menos treinta (30) días calendario de antelación al evento que se pretende realizar, incluyendo la valoración del cobro y las consideraciones que podrán dar lugar a una retribución o la exoneración de la retribución, ante la Comisión Intersectorial del Espacio Público CIEP o la instancia que haga sus veces. Con fundamento en el acta de la reunión de la Comisión Intersectorial del Espacio Público CIEP o la instancia que haga sus veces, la entidad que ejerza la Secretaría Técnica de la Comisión expedirá un acto motivado en el que se materializará la decisión de la Comisión.

 

Que la SECRETARIA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE como entidad gestora de la actividad denominada actividades culturales en el espacio público presentó posterior a la solicitud enviada por Instituto Distrital de Turismo ante la comisión técnica de la CIEP, vía correo electrónico, la solicitud de exención de pago por aprovechamiento económico para la actividad "CONCIERTO BOGOTA DE INSPIRA 2025”

 

Que El Instituto Distrital de Turismo (IDT), entidad adscrita a la Alcaldía Mayor de Bogotá, tiene como misión liderar la promoción de la ciudad como destino turístico competitivo, innovador y culturalmente diverso. A través de estrategias de posicionamiento internacional, impulsa el turismo como motor de desarrollo económico, transformación social y apropiación del territorio.

 

Que, en el marco de su apuesta por el turismo emergente, cultural y comunitario, el IDT organiza el evento Bogotá Te Inspira, un concierto sin precedentes que se realizará el domingo 7 de septiembre de 2025 en el Mirador El Paraíso de Ciudad Bolívar. Esta experiencia fusiona por primera vez en el mundo la música sinfónica de la Orquesta Filarmónica de Bogotá con el freestyle urbano de los artistas más destacados de Red Bull Batalla.

 

Que llevar un ensamble entre la Orquesta Filarmónica de Bogotá y Red Bull Batalla a Ciudad Bolívar no solo es un hecho sin precedentes en el país, sino también una decisión estratégica y profundamente simbólica. Se trata de reconocer a los territorios del sur de la ciudad como epicentros culturales y creativos, donde el arte urbano, la música y la resiliencia comunitaria se convierten en motores de transformación social.

 

Que la actividad se realiza en el marco de la conmemoración del Día Mundial del Turismo (27 de septiembre) y hace parte de las acciones de ciudad para descentralizar la oferta turística y cultural, llevando un evento de talla internacional a una localidad históricamente excluida, proyectando a Ciudad Bolívar como un nuevo atractivo turístico para visitantes nacionales e internacionales.

 

Que El concierto "Bogotá Te Inspira" es una apuesta estratégica para proyectar a Ciudad Bolívar como un nuevo polo de turismo cultural, comunitario y emergente. Esta iniciativa, liderada por el Instituto Distrital de Turismo (IDT), con el apoyo de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, Red Bull Batalla, Canal Capital, Transmilenio, La Rolita, la Secretaria de Desarrollo Económico y la Alcaldía Local, no solo celebra el Día Mundial del Turismo, sino que activa de manera concreta el desarrollo económico local a través del arte, la cultura y el turismo.

 

Que de acuerdo con la información presentada en la Unidad Técnica de Apoyo el recaudo que recibe la entidad por el aprovechamiento económico es muy inferior a la inversión que hace el instituto para el desarrollo del evento que tiene una naturaleza de entrada libre, para garantizar el acceso gratuito a la cultura de todos los habitantes de la ciudad. Por lo tanto, es posible concluir que es una actividad cultural cuya motivación no es de carácter económico.

 

Que, el valor total del permiso total es de OCHO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL PESOS $ 8.541.000 MCTE equivalente al 100% del valor de uso y aprovechamiento económico calculado según la liquidación dada por el Instituto Distrital de Recreación y Deporte.

 

Que acorde al procedimiento interno de la Comisión, el veinte siete (27) de agosto de 2025, se llevó a cabo la Unidad Técnica de Apoyo con el objetivo de analizar con las entidades la posible exención del pago por aprovechamiento económico, para su posterior presentación ante la Comisión Intersectorial de Espacio Público CIEP. En este sentido, se recibieron dos (2) observaciones, las cuales fueron acogidas por el Instituto Distrital de Turismo.

 

Que en sesión extraordinaria No. XV llevada a cabo el día dos (2) de septiembre de 2025, se sometió a consideración ante la Comisión Intersectorial de Espacio Público, la solicitud de exención de pago por Aprovechamiento Económico en el Espacio Público de la actividad de exhibición cultural por un valor de "OCHO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL PESOS MCTE $8.541.000.

 

Que resultado de la solicitud presentada se procedió a poner a consideración de la Comisión Intersectorial del Espacio Público en comisión extraordinaria obteniendo la siguiente votación:

 

Entidad

Delegado

Decisión

Comentarios

 

Secretaría Distrital de Gobierno

Ángela Muñoz

Aprobado

 

 

Secretaria Distrital de Hacienda

Hammer Yesid

Mahecha Ramírez

Aprobado

 

 

 

Secretaría Distrital de Salud

Marcela Martínez Contreras

Aprobado

 

 

 

Secretaría Distrital

Cultura

Recreación y Deporte

Nathalia Rippe

Aprobado

 

 

 

Secretaría Distrital de Ambiente

Jessenia Vásquez Aguilera

Aprobado

 

 

 

Secretaría Distrital de Movilidad

Sandra Rodríguez

Aprobado

 

 

 

Secretaria Distrital de la Mujer

Ivonne Rico

No registra Voto

 

 

Secretaría Distrital de Hábitat

Camilo Andrés Peñuela Cano

Aprobado

 

 

Secretaría Distrital de Seguridad

Justicia y

Convivencia

Orlando Vega Navas

 

No asistió.

 

Secretaria Distrital de Desarrollo

Económico

Juliana Margarita Toral

Aprobado

 

 

 

Secretaria Distrital de Planeación

Paola Andrea Ladino Torres

Aprobado

 

Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público

 

Lucia Bastidas Ubaté

 

Aprobado

 

Secretaría Distrital de Integración Social

 

Julián, Esteban Rodríguez

 

Aprobado

 

 

Que, de acuerdo con lo anterior, se registraron once (11) positivos, por lo tanto, la directora del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público DADEP, en calidad de secretaria técnica de la Comisión del Espacio Público.

 

RESUELVE

 

ARTICULO PRIMERO. Comunicar que la Comisión Intersectorial del Espacio Público - CIEP, en sesión extraordinaria No. XV del dos (2) de septiembre del año 2025, realizada de manera virtual, aprobó la exención del cien (100%) del pago de la actividad cultural 'CONCIERTO BOGOTA TE INSPIRA 2025 por la suma de "OCHO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL PESOS MCTE $8.541.000

 

ARTICULO SEGUNDO. Contra la presente Resolución no precede recurso alguno en atención a lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011 Por el cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de los Contenciosos Administrativo, ya que se trata de un acto administrativo de carácter general. 

 

ARTICULO TERCERO. La presente resolución rige a partir de su fecha de su publicación, en el Diario Distrital de acuerdo lo establecido en el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011. Deberá igualmente publicarse en la página web del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP.

 

Dada en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 02 días del mes de septiembre del año 2025.

 

NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE

 

LUCIA BASTIDAS UBATÉ

 

Directora

 

Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público-

 

Secretaria técnica de la Comisión Intersectorial del Espacio Público - CIEP

 

Nota: Ver norma original en Anexos.