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Acuerdo 003 de 2025 Fundacion Gilberto Alzate Avendaño - FUGA - Junta Directiva

Fecha de Expedición:
11/04/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
11/04/2025
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 003 DE 2025

 

(Abril 11)

 

Por el cual se modifica el Acuerdo N. 01 de 2025

 

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO

 

En uso de las facultades legales y estatutarias conferidas mediante el Acuerdo 012 de 1970 emanado del Concejo de Bogotá y el Acuerdo 03 de 2021 de la Junta Directiva de la Fundación, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en el artículo primero del Acuerdo N. 01 de 2025 "Por la cual se efectúa una modificación en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño para la vigencia fiscal de 2025", se solicitó a la Secretaria Distrital de Hacienda incorporar mediante Ajuste por Convenios al rubro "O1102050010906-Servicios recreativos, culturales y deportivos el valor de $1.074.687.500, correspondiente al Convenio suscrito entre la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA y la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD suscribieron el 22 de noviembre de 2024 con los Fondos de Desarrollo Local de La Candelaria, Los Mártires y Santa Fe, el Convenio Interadministrativo N. 755 Más Cultura Local, con el objeto de "Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros con el fin de desarrollar acciones articuladas entre la SCRD, la FUGA y los Fondos de Desarrollo Local de La Candelaria, Los Mártires y Santa Fe, orientadas a la estructuración, planeación y ejecución del programa Más Cultura Local 2024, con el propósito de fortalecer a los agentes culturales y creativos e impulsar los procesos de transformación social y económica en las localidades de Bogotá,

 

Que teniendo en cuenta la nueva directriz de la Secretaria Distrital de Hacienda comunicada el día 27 de febrero en la mesa de cierre financiero de la entidad, respecto al manejo de recursos de los Convenios suscritos, específicamente para la posición presupuestal del ingreso, la incorporación debe realizarse en el rubro presupuestal O11020600606 Otras unidades de gobierno.

 

Que la Secretaria Distrital de Hacienda emitió concepto favorable mediante comunicación N. 2025EE05609901 del 07 de marzo de 2025 radicado en Orfeo N. 20252300004802 del 10 de marzo de 2025, indicando: "Por otra parte, revisado el acuerdo de Junta Directiva No. 01 del 29/01/2025, se evidenció que el rubro pertinente a ajustar en el ingreso no corresponde al aprobado en este acto administrativo, por lo que se informa que se registró en el rubro del ingreso correspondiente transferencias corrientes. La presente decisión de la Dirección Distrital de Presupuesto debe ser llevada a la Junta Directiva".

 

En mérito de lo expuesto,

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el artículo primero del Acuerdo N. 01 del 29 de enero de 2025, el cual quedará así:

 

ARTICULO PRIMERO: Efectuar una modificación en el Presupuesto de Rentas e Ingresos de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño para la vigencia 2025, por la suma de MIL SETENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS PESOS M/CTE ($1.074.687.500), como se detalla a continuación:

 

Rubro presupuestal

Nombre del rubro presupuestal

Receptor

O1

INGRESOS

$ 1.074.687.500

O11

INGRESOS CORRIENTES

$ 1.074.687.500

O1102

Ingresos no tributarios

$ 1.074.687.500

O110206

Transferencias corrientes

$ 1.074.687.500

O110206006

Transferencias de otras entidades del gobierno general

$ 1.074.687.500

O11020600606

Otras unidades de gobierno

$ 1.074.687.500

 

ARTICULO SEGUNDO: Remitir copia de este acuerdo a la Secretaria de Hacienda Distrital, Oficina Asesora de Planeación, Subdirección para la Gestión del Centro de Bogotá y el área de Gestión Corporativa - Presupuesto, para lo de sus competencias

 

ARTÍCULO TERCERO. Publicar en RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTA D.C de la Secretaría Juridica Distrital y en la página web de la entidad, en el link de Transparencia https://fuga.gov.co/transparencia-y-acceso-a-la-informacion-publica/planeacion-presupuesto-informes/Presupuesto-general-asignado-por-vigencias

 

ARTÍCULO CUARTO. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 11 días del mes de abril del año 2025.

 

SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR

 

Secretario Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Presidente

 

LILIANA PATRICIA HERNANDEZ HURTADO

 

Subdirectora de Gestión Corporativa Fundación Gilberto Alzate Avendaño - Secretaria Técnica

 

NOTA: Ver norma original en Anexos.