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Acuerdo 044 de 2025 Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR - Consejo Directivo

Fecha de Expedición:
24/09/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/09/2025
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 53.255 del 26 de septiembre del 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 044 DEL 2025

 

(Septiembre 24)

 

Por medio del cual se modifica el Plan de Acción Cuatrienal 2024-2027, de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para las vigencias 2025, 2026 y 2027.

 

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA – CAR, en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en el literal i) del artículo 27 de la Ley 99 de 1993, y el numeral 9 del artículo 24 del Acuerdo CAR No. 53 de 2024, en concordancia con el artículo 2.2.8.6.5.4 del Decreto Único Reglamentario 1076 del 2015, y

 

CONSIDERANDO

 

Que el Decreto 1076 de 2015 - Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, determina en el artículo 2.2.8.6.2.1., como instrumentos de planificación ambiental regional en el largo, mediano y corto plazo de las Corporaciones Autónomas Regionales, el Plan de Gestión Ambiental Regional - PGAR, el Plan de Acción Cuatrienal y el Presupuesto Anual de Rentas y Gastos.

 

Que el artículo 2.2.8.6.4.1 del Decreto 1076 de 2015 define el Plan de Acción Cuatrienal como el “(…) el instrumento de planeación de las Corporaciones Autónomas Regionales, en el cual se concreta el compromiso institucional de estas para el logro de los objetivos y metas planteados en el Plan de Gestión Ambiental Regional. En él se definen las acciones e inversiones que se adelantarán en el área de su jurisdicción y su proyección será de 4 años”.

 

Que el Consejo Directivo de la CAR, mediante Acuerdo No. 09 del 31 de mayo de 2024, aprobó el Plan de Acción Cuatrienal – PAC 2024 - 2027, con sus cinco componentes: 1. Marco general; 2. Síntesis ambiental del área de jurisdicción; 3. Acciones operativas; 4. Plan financiero; y 5. Instrumentos de seguimiento y evaluación, y lo modificó a través de Acuerdo No.16 del 25 de junio de 2025, ajustando parcialmente su componente de Acciones Operativas y los anexos para las vigencias 2025, 2026 y 2027.

 

Que el artículo 2.2.8.6.5.4 del Decreto 1076 de 2015, preceptúa que el Director podrá solicitar, debidamente soportado técnica y financieramente, los ajustes al Plan de Acción Cuatrienal.  Así mismo el Plan de Acción Cuatrienal - PAC 2024 – 2027 en su capítulo de Seguimiento y Evaluación, numeral 5.6 “Modificación del Plan de Acción Cuatrienal” establece que  la modificación podrá darse de conformidad a los siguientes condicionantes: 1. Por fallos o mandatos judiciales; 2. Por emergencias ambientales en el territorio de la Corporación; 3. Por efectos generados por la legislación nacional; 4. Por iniciativa del Director General, la cual debe motivar de conformidad con los procedimientos internos y presentar ante el Consejo Directivo; 5. Por situaciones de orden financiero.

 

Que de conformidad con el numeral 9 del artículo 24 del Acuerdo 53 de 2024 es función del Consejo Directivo “Aprobar el Plan de Gestión Ambiental Regional PGAR, el Plan de Acción Cuatrienal PAC y el Presupuesto Anual de la Corporación, así como las respectivas modificaciones a cada uno de estos instrumentos de planificación”.

 

Que, con ocasión del seguimiento interno realizado a la ejecución física y financiera de los diferentes proyectos, así como de la elaboración del informe de avance en la ejecución del PAC 2024-2025, correspondiente al 1er semestre de la vigencia 2025, y con el fin de atender ambientalmente las prioridades del territorio CAR, se considera necesario modificar el Plan de Acción Cuatrienal en el sentido de asignar metas para las vigencias 2025, 2026 y 2027 según corresponda, a diferentes actividades del PAC 2024-2027, que a la fecha no cuentan con meta física, impidiéndose de esta forma poder realizar las inversiones a que haya lugar. 

 

Que, por otro lado, dadas las condiciones técnicas iniciales definidas en algunas actividades derivadas del Plan de Acción Cuatrienal - PAC 2024 - 2027 y con ocasión a la implementación del instrumento, diferentes dependencias como la Dirección de Gestión del Ordenamiento Ambiental y Territorial-DGOAT, Dirección de Evaluación, Seguimiento y Control Ambiental-DESCA, Dirección de Infraestructura Ambiental-DIA y la Dirección Administrativa y Financiera-DAF de la Corporación manifestaron la necesidad de adelantar el proceso de modificación de dichas actividades por razones técnicas y financieras debidamente justificadas, a fin de poder cumplir con las metas de acuerdo con la capacidad (técnica y/o financiera) que la Corporación dispone en este momento.

 

Que, atendiendo lo expuesto, se identificaron razones de orden técnico y financiero que hacen necesaria la modificación y/o ajuste de dicho Plan de Acción para las vigencias 2025, 2026 y 2027, según corresponda, relacionadas en términos generales con: (i). asignar metas físicas para la vigencia 2025, 2026 y 2027 a la actividad 08.2.3 respecto del proyecto 8 y actividad 12.1.16 del Proyecto 12 de dicho instrumento. (ii). incorporar nuevas actividades al Plan de Acción Cuatrienal - PAC 2024 - 2027 y/o redistribuir algunas metas físicas que permitan cumplir en las vigencias 2025, 2026 y 2027 con el objetivo trazado en la formulación del PAC 2024 - 2027, para las actividades 18.1.5 y 18.2.2 del Proyecto 18.

 

Que, en atención a lo anterior, la Dirección de Gestión del Ordenamiento Ambiental y Territorial - DGOAT, mediante memorando interno No 20253086930, la Dirección de Evaluación, Seguimiento y Control Ambiental - DESCA, a través de memorando interno No. 20253085698, la Dirección de Infraestructura Ambiental - DIA, mediante memorando interno No.20253085651 y finalmente la Dirección Administrativa y Financiera – DAF, mediante memorando No 20253085748, solicitaron a la Oficina Asesora de Planeación los ajustes requeridos al Plan de Acción Cuatrienal 2024 – 2027 para las vigencias 2025, 2026 y 2027 de la Corporación, con la debida justificación técnica, soportes que hacen parte del trámite de la presente modificación, frente a los aspectos que a continuación se enuncian:

 

(i). Asignación de metas físicas para la vigencia 2025, 2026 y 2027 según corresponda:

 

Proyecto 8 “Asuntos y Determinantes Ambientales para el Ordenamiento Territorial” se requiere adicionar meta física para la vigencia 2026 a la actividad 08.2.3, pasando de cero (0) a un (1) convenios y/o contratos suscritos para los cuales se adelantarán acciones encaminadas a los procesos de actualización catastral con enfoque multipropósito, como resultado de esta adición ajustar la meta total del cuatrienio.

 

La presente modificación esta, orientada a garantizar la continuidad y sostenibilidad de los procesos de catastro multipropósito en los municipios de la jurisdicción que presentan rezagos en esta materia. Así mismo, responde a la necesidad institucional de: 1. Mantener la coherencia entre el Plan de Acción Cuatrienal – PAC, el Plan Financiero y los convenios interadministrativos proyectados. 2. Asegurar que los compromisos con vigencia futura (2026) tengan un respaldo en metas concretas del PAC, evitando desfases entre la planeación y la ejecución. 3. Dar cumplimiento a los lineamientos nacionales en materia de Catastro Multipropósito y al mandato legal de las CAR de cofinanciar proyectos estratégicos de interés común (art. 31, Ley 99 de 1993).

 

Con esta orientación, la modificación solicitada refleja una directriz estratégica de gobernanza ambiental y territorial, que asegura el fortalecimiento técnico, financiero y normativo de la Corporación.

 

Proyecto 12 “Autoridad Ambiental en el Territorio CAR”, se requiere adicionar la meta física para la vigencia 2025, a la actividad 12.1.16 que corresponde a “Verificar el cumplimiento de los requisitos legales ambientales por el uso y aprovechamiento de los recursos naturales en industrias manufactureras” pasando de 0 a 600 industrias manufactureras verificadas. La adición de la meta física en la vigencia 2025 permitirá dar continuidad a la ejecución de la segunda fase en este proceso de verificación con las industrias manufactureras y que corresponde a la programación de visitas técnicas de campo, con el fin de validar en terreno el grado de cumplimiento de los requisitos legales ambientales de estas industrias localizadas en la cuenca alta y media del Río Bogotá; teniendo en cuenta que para la vigencia 2024 estas 600 industrias diagnosticadas y verificadas con requisitos ambientales llegaron hasta su primera fase. 

 

Así mismo, toda vez que la Corporación debe adelantar actividades técnicas y jurídicas de evaluación, control y seguimiento ambiental al uso de los recursos naturales renovables de su jurisdicción en cumplimiento a las funciones establecidas por el artículo 31 de la Ley 99 de 1993 esta actividad hace parte misional de las funciones y obligaciones que tiene la autoridad ambiental por lo cual deben adelantarse de manera permanente en el territorio CAR.

 

(ii). Incorporación de nuevas actividades al Plan de Acción Cuatrienal - PAC 2024 - 2027 y/o redistribución de metas físicas que permita cumplir en las vigencias 2025, 2026 y 2027 con el objetivo trazado en la formulación del PAC 2024-2027.

 

Proyecto 18 “Gestión institucional e interinstitucional” se requiere incorporar en este proyecto una nueva actividad, 18.1.5, que permita asegurar la culminación de la construcción las sedes administrativas para la Dirección Regional Alto Magdalena – DRAM, Dirección Regional Ubaté – DRUB, y Dirección Regional Chiquinquirá – DRCH en las vigencias 2026 y 2027, la incorporación de esta nueva actividad garantiza que los avances del proyecto puedan medirse de manera clara y   verificable, con indicadores, unidades de medida y metas específicas, asegurando así la finalización de las obras y el  cumplimiento del objetivo institucional de contar con infraestructura adecuada en estas regiones estratégicas. Finalmente, esta actividad permitirá dar continuidad al objetivo trazado en el Plan de Acción Cuatrienal – PAC 2024-2027 en cuanto a la gestión institucional e interinstitucional y se establecerá con metas de ejecución programadas en un 80 % para la vigencia 2026 y en un 20 % para la vigencia 2027.

 

Proyecto 18 “Gestión institucional e interinstitucional” en cuanto a la actividad 18.2.2 “Mejorar y/o adecuar sedes administrativas de la Corporación, bajo criterios ambientalmente sostenibles”, se hace necesario modificar la meta física de la vigencia 2025 la cual corresponde a 8 sedes administrativas mejoradas y/o adecuadas, en el sentido de redistribuir la meta entre las vigencias 2025 y 2026,  estableciendo como meta para la vigencia 2025, 3 sedes administrativas mejoradas y/o adecuadas y para la vigencia 2026, 5 sedes administrativas mejoradas y/o adecuadas. Se aclara que, si bien se adelanta una redistribución de las metas en dos vigencias (2025 y 2026), se mantiene la meta total del cuatrienio la cual corresponde a 8 sedes administrativas mejoradas y/o adecuadas.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

ACUERDA

 

ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el Plan de Acción Cuatrienal - PAC 2024 - 2027 para las vigencias 2025, 2026 y 2027, según corresponda, mediante la adición de metas físicas con el objetivo de ejecutar proyectos o inversiones que requieran más de un año para su finalización de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa y de acuerdo con el detalle previsto en el Anexo No. 1.

 

ARTÍCULO SEGUNDO. Modificar el Plan de Acción Cuatrienal - PAC 2024 - 2027 para las vigencias 2025, 2026 y 2027, según corresponda, mediante la incorporación de nuevas actividades, así como, la redistribución de metas físicas en las vigencias 2025, 2026 y 2027, en función a causales técnicas identificadas por la administración en la implementación del PAC 2024 - 2027 durante la vigencia 2024 y lo corrido del 2025, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa y de acuerdo con el detalle previsto en el Anexo No. 2.

 

ARTÍCULO TERCERO. De conformidad con las modificaciones e incorporaciones realizadas en el presente Acuerdo, en relación con las actividades, indicadores, descripción de indicadores, unidades de medida y metas de las vigencias 2025, 2026 y 2027, el componente operativo del Plan de Acción 2024-2027 de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca-CAR, corresponde al contenido en el Anexo No. 3.

 

ARTÍCULO CUARTO. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación en el Diario oficial.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 24 días del mes de septiembre del año 2025.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

FERNANDO GÓMEZ PAIBA

 

Presidente del Consejo Directivo

 

FREDDY GUSTAVO ORJUELA HERNÁNDEZ

 

Secretario del Consejo Directivo

 

Nota: Ver norma original y anexos en Anexos.