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Acuerdo 006 de 2025 Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD - Consejo Directivo

Fecha de Expedición:
09/10/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/10/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8429 del 17 de octubre del 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 006 DE 2025

 

(Octubre 09)

 

Por medio del cual se aprueba una modificación al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital-UAECD, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025

 

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL-UAECD

 

En ejercicio de sus facultades legales, reglamentarias y estatutarias, en especial las que confiere el artículo 11 del Acuerdo N.º 004 del 05 de noviembre de 2021 y.

 

CONSIDERANDO:

 

Que, conforme con el numeral 4 del artículo 11 del Acuerdo N. 004 del 5 de noviembre de 2021, mediante el cual se determinan las reglas de organización, funcionamiento y estatutos de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, el Consejo Directivo tiene entre sus funciones aprobar anualmente los planes, programas y proyectos, así como el presupuesto de la Unidad y las modificaciones que se realicen a los mismos, de conformidad con las disposiciones distritales vigentes y dentro de su competencia según su reglamento.


Que el Decreto 192 del 2 de junio de 2021 de la Alcaldía Mayor de Bogotá, "Por medio del cual se Reglamenta el Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones", establece en su artículo N.º 10 lo siguiente:

 

"Artículo 10". Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de los Juntas o Consejos Directivos.

 

Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.

 

Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivas de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)."

 

Por medio del cual se aprueba una modificación al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital-UAECD, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.

 

Que la Unidad cuenta con presupuesto autorizado mediante el Decreto Distrital 470 del 27 de diciembre de 2024, "Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025 y se dictan otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo Distrital 940 del 19 de diciembre de 2024",

 

Que la UAECD requiere realizar un traslado presupuestal, contracreditando el proyecto de inversión 8099; "Fortalecimiento tecnológico e institucional orientado a la mejora en la prestación de los servicios a la ciudadanía en Bogotá D.C", por un valor de TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES DE PESOS ($339.000.000) M/cte.

 

Que los recursos a trasladar se acreditan en su totalidad al proyecto de inversión 8103: 'Fortalecimiento del acceso y cobertura de los servicios y trámites digitales de la UAECD en Bogotá, los cuales son requeridos para los nuevos procesamientos derivados de la migración de AWS a Azure, debido al crecimiento de estos procesos en la entidad. Con ello, se garantiza la continuidad y el soporte adecuado de las operaciones tecnológicas críticas, transversales y esenciales para la misionalidad de la UAECD.

 

Que, mediante comunicación de la Secretaria Distrital de PlaneaciónSDP 2-2025-46555,  de fecha 27 de agosto de 2025, radicado interno UAECD 2025ER16404 del 28 de agosto de 2025, la Secretaria emitió concepto favorable a la solicitud de modificación del presupuesto de inversión.

 

Que, mediante comunicación 2025EE70088001 del 2 de octubre de 2025, radicado interno UAECD 2025ER19239 del 2 de octubre de 2025, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda emitió concepto favorable a la solicitud de modificación del presupuesto de inversión.

 

Que el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD, en sesión 07 del 9 de octubre de 2025, según consta en el acta N.º 07 de la misma fecha, aprobó la presente solicitud.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

ACUERDAN:

 

Artículo 1°. Aprobación. Aprobar la siguiente modificación al Presupuesto de Gastos e Inversión de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital UAECD, para la vigencia 2025, por la suma de TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES DE PESOS ($339.000.000) M/cte., según el siguiente detalle:




Artículo 2º. Comunicaciones. Comunicar el contenido del presente Acuerdo a la Secretaría Distrital de Hacienda- Dirección Distrital de Presupuesto, Secretaría Distrital de Planeación y demás oficinas competentes.

 

Artículo 3°. Publicación. Ordénese a la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital publicar el presente acto administrativo a través de los medios de comunicación de amplia divulgación con los que cuente, conforme con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

Artículo 4°. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

 

Dado en la ciudad de Bogotá D.C., a los 09 días del mes de octubre del año 2025.

 

ANDRÉS FELIPE URIBE MEDINA

 

Presidente Consejo Directivo

 

GLORIA EDITH MARTÍNEZ SIERRA

 

Secretario Consejo Directivo

 

Nota: Ver norma original en Anexos.