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Decreto Local 016 de 2025 Alcaldía Local de Fontibón

Fecha de Expedición:
21/10/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/10/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8434 del 23 de octubre de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 016 DE 2025

 

(Octubre 21)

 

Por medio del cual se efectúa una modificación presupuestal en el presupuesto anual de gastos de funcionamiento del fondo de desarrollo local de Fontibón, para la vigencia fiscal 2025 por $23.477.656

 

LA ALCALDESA LOCAL DE FONTIBÓN

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 40 del Decreto 158 de 2025 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 40 del Decreto 158 de 2025, por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local F.D.L. Modificaciones Presupuestales: "Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente: (...)

 

Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL (...)". Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. (...)". La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los trasladas presupuestales será certificada por el responsable de Presupuesto del respectivo F.D.L.

 

Que la Resolución No. SHD-000191 del 22 de septiembre de 2017 "Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital", expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda, dicho manual define en su capítulo 3.9.1 Traslado presupuestal, lo siguiente: Es la modificación al presupuesto que disminuye el manto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital. Los trasladas presupuestales dentro del mismo agregado los efectiva el Alcalde Local mediante Decreto, presis concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto y de la Secretaría Distrital de Planeación cuando se trate de proyectos de inversión.

 

Que el artículo 10 del Decreto 192 del 02 de junio de 2021. "Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones" y tiene por objeto regla-mentar las normas orgánicas en materia presupuestal y demás normas de hacienda pública que rigen al Distrito Capital.

 

Que analizado el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón de la vigencia fiscal 2025, se requiere efectuar un traslado presupuestal al interior de este.

 

Que así mismo la citada disposición en su artículo 10° señala: "... Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución a acuerdo de las Juntas o Consejos Directives. Estos actos administratives requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Plantación.

 

Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salarios, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)..."

 

Que, mediante el Decreto 023 del 16 de diciembre de 2024 y el Decreto 001 del 02 de enero de 2025, se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2025.

 

Que, al revisar la ejecución con corte al 17 de octubre de 2025, del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón y en cumplimiento de las metas del Plan Anual de Adquisiciones se evidenció:

 

Que, el concepto de gasto presupuestal rubro O2120201003043479025 Siliconas, en la presente vigencia cuenta con un saldo de apropiación disponible susceptible para un traslado de $4.792.500, actualmente presenta un saldo disponible de $ 4.792.500, y cuenta con una ejecución del 3,80%.

 

Que, el concepto de gasto presupuestal rubro O2120201004024294201 Cable de alambre de cobre, en la presente vigencia cuenta con un saldo de apropiación disponible susceptible para un traslado de $1.308.250, actualmente presenta un saldo disponible de $1.308.250, y cuenta con una ejecución del 11,9%.

 

Que, el concepto de gasto presupuestal rubro O2120201004024299206 Candados, en la presente vigencia cuenta con un saldo de apropiación disponible susceptible para un traslado de $236.248, actualmente presenta un saldo disponible de $1.177.500, y cuenta con una ejecución del 1,58%.

 

Que, el concepto de gasto presupuestal rubro O2120201004024291107 Accesorios metálicos para cuartos de baño, en la presente vigencia cuenta con un saldo de apropiación disponible susceptible para un traslado de $ 8.940.658, actualmente presenta un saldo disponible de $9.272.820, y cuenta.

 

Que, el concepto de gasto presupuestal rubro O21202020080383939 Otros servicios de consultoría científica y técnica n.c.p., en la presente vigencia cuenta con un saldo de apropiación disponible susceptible para un traslado de $8.200.000, actualmente presenta un saldo disponible de $20.000.000, y cuenta con una ejecución del 0%.

 

Que, el Fondo de Desarrollo Local de Fontibón en procura de cumplir con la normativa establecida en el país, a través de la cual se obliga a todas las entidades públicas el uso de los símbolos patrios, requiere aumentar por un valor de TRES MILLONES DE PESOS M/CTE $ 3.000.000, la apropiación en el concepto de gasto 02120201002072719002 Estandartes y banderas, para la adquisición de los elementos necesarios, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 198 de 1995, que establece la obligatoriedad de izar la bandera nacional en los establecimientos públicos, incluyendo aquellos donde el Estado hace presencia a través de su oferta institucional. Por tanto, el Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, como entidad adscrita a la Secretaría de Gobierno del Distrito Capital, la cual, en representación de la ordenadora del gasto, se reconoce su deber legal y simbólico de visibilizar los símbolos patrios en las sedes que están bajo su administración y prestan un servicio diario a la comunidad.

 

Que, teniendo en cuenta su misionalidad, de acompañamiento, orientación y articulación de servicios dirigidos a toda la ciudadanía de la localidad de Fontibón, la entidad debe garantizar la presencia visible de la bandera de Colombia, así como la bandera del Distrito Capital de Bogotá y, por supuesto, la bandera representativa de la localidad, en todas sus sedes, principalmente, en aquellas que son de patrimonio cultural y uso institucional, atendiendo el compromiso dispuesto en la normativa.

 

Que, en la misma línea de argumentación, para el Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, en procura de cumplir con sus obligaciones legales y administrativas, requiere aumentar la apropiación en el concepto de gasto O21202020060868021 Servicios locales de mensajería nacional por un valor de CINCO MILLONES DE PESOS M/CTE $ 5.000.000, ya que, también resulta prioritario contar con un contrato de mensajería y correo certificado, como herramienta de apoyo a las actividades administrativas y al CDI de la entidad. Por tanto, al contar con un servicio postal especializado, se va a garantizar el envío oportuno y seguro de documentación oficial, así como el seguimiento legal de los trámites realizados, a través de las constancias de envío y las pruebas de entrega firmadas por el destinatario, que, a su vez, permiten respaldar procedimientos administrativos, contractuales, disciplinarios o judiciales (si aplica).

 

Que, el Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, en procura de cumplir con sus obligaciones legales y administrativas, requiere aumentar la apropiación en el concepto de gasto 021202020080585310 Servicios de desinfección y exterminación por un valor de DIEZ MILLONES DE PESOS M/CTE $ 3.200.000. Esta apropiación es fundamental para dar cumplimiento a la instrucción impartida por la Dirección General mediante el memorando No. 20244200172763, en la que se señala que: cada Fondo de Desarrollo Local debe disponer de los recursos necesarios para la contratación del servicio de control vectorial y fumigación en todas las sedes institucionales.

 

Que, el Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, con el objetivo de garantizar un correcto funcionamiento de la entidad, se ha contemplado dentro del plan de acción para la vigencia 2025 adelantar un proceso de mantenimiento, compra y recarga de extintores para garantizar las condiciones de seguridad y cuidado de las diferentes instalaciones físicas donde se presta el servicio a la ciudadanía y demás componentes acordes a la misión institucional. En procura de cumplir con sus obligaciones legales y administrativas, requiere aumentar la apropiación en el concepto de gasto 02120201004034392302 Extinguidores de incendio por un valor de OCHO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO PESOS M/CTE $ 8.940.658 у 02120201003053544203 Mezclas químicas para extintores por un valor de TRES MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS M/CTE $ 3.336.998.

 

Que, la entidad cuenta con bodegas, archivos, parqueaderos, la Junta Administradora Local, entre otros espacios esenciales para su correcto funcionamiento. En cumplimiento de la norma técnica colombiana NTC 2885 del ICONTEC, se considera fundamental disponer de todos los elementos necesarios para la prevención y mitigación de incendios, especialmente en áreas de almacenamiento y acceso restringido. Cabe resaltar que tanto la NTC 2885 como la norma internacional NFPA 10, establecen directrices claras respecto a la selección, instalación, inspección, mantenimiento y prueba de extintores portátiles, recomendando un periodo de mantenimiento anual como mínimo.

 

Que, con el fin de garantizar la seguridad de los funcionarios, usuarios y bienes de la entidad, se hace necesario contar con un contrato de mantenimiento y recarga de extintores que cubra de manera integral las instalaciones del Fondo de Desarrollo Local, en ccumplimiento de la normatividad existente por medio del Decreto 1072 de 2015 que reglamenta el sector trabajo, que indica en su ARTÍCULO 2.2.4.6.25. Prevención, preparación y respuesta ante emergencias, lo siguiente: El empleador o contratante debe implementar y mantener las disposiciones necesarias en materia de prevención, preparación y respuesta ante emergencias, con cobertura a todos los centros y turnos de trabajo y todos los trabajadores, independiente de su forma de contratación o vinculación, incluidos contratistas y subcontratistas, así como proveedores y visitantes. Para ello debe implementar un plan de prevención, preparación y respuesta ante emergencias que considere como mínimo (...)

 

Que, por lo anterior, existen VEINTITRÉS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($ 23.477.656) disponibles, que pueden ser contra-creditados en un traslado presupuestal.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto, la alcaldesa Local de Fontibón (E),

 

DECRETA:

 

Artículo 1º: Efectúese los siguientes contracréditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones en la vigencia 2025 correspondiente al Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO

CONCEPTO

VALOR

O2

Gastos

$ 23.477.656

O21

Funcionamiento

$ 23.477.656

O212

Adquisición de bienes y servicios

$ 23.477.656

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

$ 23.477.656

O2120201

Materiales y suministros

$ 4.792.500

O2120201003

Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo)

$ 4.792.500

O212020100304

Químicos básicos

$ 4.792.500

O2120201003043479025

Siliconas

$ 4.792.500

O2120201004

Productos metálicos y paquetes de software

$ 1.308.250

O212020100402

Productos metálicos elaborados (excepto maquinaria y equipo)

$ 1.308.250

O2120201004024294201

Cable de alambre de cobre

$ 1.308.250

O2120201004024299206

Candados

$ 236.248

O2120201004024291107

Accesorios metálicos para cuartos de baño

$ 8.940.658

O2120202

Adquisición de servicios

$ 23.477.656

O2120202008

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

$ 23.477.656

O212020200803

Servicios profesionales, científicos y técnicos (excepto los servicios de investigación, urbanismo, jurídicos y de contabilidad)

$ 20.000.000

O21202020080383939

Otros servicios de consultoría científica y técnica n.c.p.

$ 8.200.000

TOTAL CONTRACRÉDITOS

$ 23.477.656

 

Artículo 2º Efectúense los siguientes créditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones en la vigencia 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO

CONCEPTO

VALOR

O2

Gastos

$ 23.477.656

O21

Funcionamiento

$ 23.477.656

O212

Adquisición de bienes y servicios

$ 23.477.656

O21202

Adquisición diferentes de activos

$ 23.477.656

O2120201

Materiales y suministros

$ 3.000.000

O2120201002

Productos alimenticios, bebidas y tabaco; textiles, prendas de vestir y productos de cuero

$ 3.000.000

O212020100207

Artículos textiles (excepto prendas de vestir)

$ 3.000.000

O2120201002072719002

Estandartes y banderas

$ 3.000.000

O2120201003

Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo)

$ 3.336.998

O212020100305

Otros productos químicos; fibras artificiales (o fibras industriales hechas por el hombre)

$ 3.336.998

O2120201003053544203

Mezclas químicas para extintores

$ 3.336.998

O2120201004

Productos metálicos y paquetes de software

$ 8.940.658

O212020100403

Máquinas para uso general

$ 8.940.658

O2120201004034392302

Extinguidores de incendio

$ 8.940.658

O2120202

Adquisición de servicios

$ 23.477.656

O2120202006

Servicios de alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas; servicios de transporte; y servicios de distribución de electricidad, gas y agua

$ 5.000.000

O212020200608

Servicios postales y de mensajería

$ 5.000.000

O21202020060868021

Servicios locales de mensajería nacional

$ 5.000.000

CÓDIGO

CONCEPTO

VALOR

O2120202008

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

$ 3.200.000

O212020200805

Servicios de soporte

$ 3.200.000

O21202020080585310

Servicios de desinfección y exterminación

$ 3.200.000

TOTAL CRÉDITOS

$ 23.477.656

 

Artículo 3º.- Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su cargo.

 

Artículo 4°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.

 

Se expide en Bogotá D.C. a los 21 días del mes de octubre del año 2025.

 

MARITZA DICE FILAR RIVERA AZA

 

Alcaldesa Local de Fontibón (E)

 

Nota: Ver norma original en Anexos.