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DECRETO LOCAL 013 DE 2025
(Octubre 20)
Por medio del cual se efectúa traslado presupuestal en el presupuesto de gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Mártires para la vigencia fiscal 2025
EL ALCALDE LOCAL DE MÁRTIRES
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 324 de la Constitución Política de Colombia, el Decreto 158 de 2025, у
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el artículo 32 del Decreto 158 del 21 de Abril de 2025, los traslados presupuestales dentro del mismo agregado, y específicamente entre rubros presupuestales de Gastos de inversión los hará el Alcalde Local mediante Decreto Local previo concepto favorable de la Dirección Distrital de presupuesto de Secretaría Distrital de Hacienda. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.
Que en la Resolución No. SDH-191 del 22 de septiembre de 2017, por medio del cual se adopta y consolida el manual de programación, ejecución y cierre presupuestal del Distrito Capital se indica el procedimiento para efectuar el traslado en mención.
Que según el MANUAL OPERATIVO PRESUPUESTAL DEL DISTRITO CAPITAL en su numeral 4.1 Traslado Presupuestal se manifiesta que: "es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto".
Que de acuerdo al parágrafo único del artículo 32.1 del Decreto No. 158 del 21 de abril de 2025, "Por medio del cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local", se estableció el procedimiento para los traslados presupuestales para los Fondos de Desarrollo Local, exceptuando el concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros de los gastos de personal, adquisición de bienes y servicios, obligaciones por pagar, transferencias corrientes, gastos por tributos, tasas y contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora.
Que, analizado el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Mártires para la vigencia 2025 se hace necesario fortalecer la apropiación en otros rubros, para garantizar por parte del Fondo de Desarrollo Local de Mártires el cabal cumplimiento según las competencias contempladas en el plan de ejecución. Se solicita se realice el trámite pertinente a fin de realizar los movimientos presupuestales allí registrados.
Que el traslado presupuestal requerido y que se consigna en el presente Acto Administrativo, no aumenta la cuantía de las apropiaciones autorizadas inicialmente en el presupuesto por concepto de Funcionamiento, tan solo efectuar un traslado al interior del rubro de adquisición de bienes y servicios, por cuanto se han identificado que los rubros relacionados se priorizan basados con precisión de incremento en la demanda de recursos y a partir de allí se evidenció la necesidad de reubicar el recurso disponible, con el fin de mejorar la operación y la parte técnica integrada en el rubo de funcionamiento durante toda la vigencia, lo que incluye disponer del inmueble en el cual funciona la Alcaldía Local de de Los Mártires. Asimismo, realizar la contratación de la prestación del servicio de aseo y cafetería para sus sedes e igualmente, se requiere contratar los seguros de vida de los ediles por 365 días, siendo una responsabilidad del Fondo de Desarrollo Local de los Mártires.
En este sentido y teniendo presentes las necesidades de la Entidad y su orden de prioridad, la oficina de Planeación de la Alcaldía Local realizó un análisis exhaustivo y minucioso de los recursos necesarios para garantizar el normal funcionamiento de las sedes a su cargo, encontrando que se le puede dar el debido uso a los recursos provenientes de los rubros: 0212020200701030571354 Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción por CIENTO CUARENTA Y UN MILLONES DE PESOS ($141.000.000); 021202020060666019 Otros servicios de alquiler de vehículos de trasporte con operario n.c.p. por TREINTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL DE PESOS ($32.842.000); 021202020080484120 Servicios de telefonía fija (acceso) por VEINTISIETE MILLONES DOSCIENTOS MIL DE PESOS ($27.200.000); 02120202005040754790 Otros servicios de terminación y acabado de edificios por TREINTA Y CINCO MILLONES DE PESOS ($35.000.000); 021202020080585951 Servicios de copia y reproducción por DOCE MILLONES QUINIENTOS CATORCE MIL CUATROCIENTOS SESENTA DE PESOS ($12.514.460); 0212020200701030571355 Servicios de seguros generales de responsabilidad por ONCE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS DE PESOS ($11.424.576); 0212020200701030571351 Servicios de seguros de vehículos automotores por DIEZ MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL OCHENTA Y TRES PESOS ($10.682.083); 021202020080787130 Servicios de mantenimiento y reparación de computadores y equipos periféricos por DIEZ MILLONES DE PESOS ($10.000.000); 021202020080282199 Otros servicios jurídicos n.c.p. por CUATROCIENTOS DOS MIL SETECIENTOS DIEZ PESOS ($402.710); 021202020090494239 Servicios generales de recolección de otros desechos por SIETE MILLONES DE PESOS ($7.000.000).
Es de aclarar, que de acuerdo al estudio de mercado presentado por el Corredor de Seguros de la Entidad los recursos correspondientes al rubro 0212020200701030571354 Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción, se adquirirían las pólizas de todo riesgo material; indice variable todo riesgo daños materiales y el manejo global entidades oficiales, por valor de $165.000.000 y teniendo presente las demás necesidades con las que cuenta el Fondo de Desarrollo Local, se requiere realizar el traslado presupuestal.
Que, en concordancia con lo expuesto, se hace necesario trasladar los recursos disponibles para garantizar las necesidades en los siguientes rubros:
0212020200701030571358 Servicios de seguros de vida colectiva por valor de DOS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS PESOS ($2.785.800) М/СТЕ para adelantar las acciones administrativas, financieras y contractuales que permitan la contratación del servicio de seguro de vida de los ediles de la Localidad de Los Mártires.
021202020070272112 Servicios de alquiler o arrendamiento con o sin opción de compra, relativos a bienes inmuebles no residenciales (diferentes a vivienda), propios o arrendados por valor de NOVENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIEN-TOS CINCUENTA Y UN PESOS ($98.999.251) M/CTE para adelantar las acciones administrativas, financieras y contractuales que permita contratar el servicio de arrendamiento de las instalaciones donde viene funcionando la Alcaldia Local de Los Mártires.
021202020060363399 Otros servicios de suministro de comidas por valor de CINCUENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS DIECISÉIS MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO PESOS ($58.816.818) М/СТЕ у 021202020080585330 Servicios de limpieza general por valor de CIENTO VEINTISIETE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SE-SENTA PESOS ($127.463.960) M/CTE para adelantar las acciones administrativas, financieras y contractuales que permita la contratación del servicio de aseo y cafetería para las sedes de la Alcaldía Local de Los Mártires.
Que, en mérito de lo expuesto, El Alcalde Local de Mártires,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese el siguiente contracrédito en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Mártires para la vigencia fiscal de 2025, por valor de DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTINUEVE PESOS ($288.065.829) M/CTE, de conformidad con el siguiente detalle:
COMPOSICIÓN DEL CONTRACRÉDITO
ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese el siguiente crédito en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la Vigencia Fiscal de 2025, por valor DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTINUEVE ($288.065.829) М/СТE de conformidad con el siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, DC., a los 20 días del mes de octubre del año 2025.
JOHN JADER SUAREZ DELGADO
Alcalde Local de Mártires
Nota: Ver norma original en Anexos. |