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Decreto Local 012 de 2025 Alcaldía Local de Tunjuelito

Fecha de Expedición:
20/10/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/10/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8440 del 29 de octubre de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 012 DE 2025

 

(Octubre 20)

 

Por medio del cual se crea la condecoración al mérito "El Tunjo" en la Alcaldía Local de Tunjuelito

 

LA ALCALDESA LOCAL DE TUNJUELITO

 

En uso de sus facultades legales, en especial las establecidas en el Estatuto Orgánico de Bogotá, D.C., Decreto Ley 1421 de 1993, modificado por la Ley 2116 de 2021 y

 

CONSIDERANDO

 

Que de conformidad con lo establecido en el artículo segundo de la Constitución Política, son fines esenciales del Estado, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, Política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

 

Que la Ley 136 de 1994 establece en su artículo 2, numeral 3, que los alcaldes deben "promover la participación comunitaria y el mejoramiento social y cultural de sus habitantes".

 

Que los alcaldes locales dentro de sus atribuciones deben cumplir y hacer cumplir la Constitución, la ley, las demás normas nacionales aplicables, los acuerdos distritales y locales y las decisiones de las autoridades distritales.

 

Que es interés de la administración del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito, reconocer y homenajear a aquellas personas, instituciones o entidades que se destaquen por su labor, compromiso y contribución al desarrollo, la cultura, la educación, la salud, la seguridad o cualquier otra esfera de bienestar social de la Localidad de Tunjuelito.

 

Que el reconocimiento, estimulo, exaltación o condecoración, se convierte en una herramienta para el fomento de participación activa de la comunidad y resalta los valores y logros que aportan al progreso de la localidad.

 

Que resulta de especial importancia generar desde la administración local una distinción simbólica que honre a las personas, grupos o instituciones por sus méritos, logros o contribuciones excepcionales, como reconocimiento honorifico y formal para distinguir a quienes han realizado o realicen aportes sobresalientes en beneficio de la localidad.

 

Que la insignia condecorativa al mérito se inspira en la figura antropomorfa de oro denominada Tunjo, cuyo diminutivo le da el nombre a la localidad sexta de Tunjuelito, y que es insignia de este territorio.

 

En mérito de lo expuesto, la Alcaldesa Local de Tunjuelito,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Crear la Condecoración al Mérito en el Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito, como reconocimiento oficial a las personas, instituciones o entidades que hayan realizado contribuciones destacadas en diferentes ámbitos de interés público.

 

Artículo 2. La insignia para la condecoración al mérito, será una medalla diseñada con la inclusión de los colores de la bandera de la Localidad de Tunjuelito, junto con el símbolo de "El Tunjo" y podrá incluir inscripciones o cualquier otro elemento representativo de la localidad.

 

Artículo 3. La Medalla al Mérito será entregada en ceremonia pública, en fechas y condiciones que serán determinadas por el equipo de Participación del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito y podrá ser otorgada en diferentes categorías o modalidades, según la naturaleza del mérito reconocido.

 

Artículo 4. El proceso para la nominación y selección de los galardonados será coordinado por el equipo de Participación del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito, garantizando transparencia y objetividad y será otorgada exclusivamente por la/el Alcaldesa/e local de Tunjuelito.

 

Artículo 5. La Medalla al Mérito será entregada por la/el Alcaldesa/e local o su representante, en acto protocolario que refleje la importancia del reconocimiento.

 

Artículo 6. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga cualquier disposición que le sea contraria.


 

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.


Dado en Bogotá, a los 20 días del mes de octubre del año 2025.

 

CLAUDIA VERÓNICA COLLANTE DUSSAN

 

Alcaldesa Local de Tunjuelito

 

Nota: Ver norma original en Anexos.