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DECRETO LOCAL 009 DE 2025
(Septiembre 05)
Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la vigencia fiscal 2025 por $139.931.346
EL ALCALDE LOCAL DE SAN CRISTOBAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Articulo40del Decreto 158 de 2025 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 40 del Decreto 158 de 2025, sobre las Modificaciones Presupuestales estipula:
"Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:
1. Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL. La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales, será certificada por el Responsable de Presupuesto del respectivo F.D.L.
Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación". (...).
Que el artículo 10 del Decreto 192 del 02 de junio de 2021, estipula sobre las Modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación:
"Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.
Estos actos administrativos requieren para su valide del concepto previo y favorable de la Secretarla Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretarla Distrital de Planeación.
a Que, de acuerdo con el Plan de Cuentas del Distrito Capital, y el Decreto No. 002 de 2025 por el cual se liquida el presupuesto anual de ingresos y gastos del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2025, Para la adquisición de elementos como manteles, chaquetas, estandartes y banderas, que corresponde los siguientes rubros: "02120201002072712005 Manteles", "02120201002072719002 Estandartes y banderas" y "O2120201002082823117 Chaquetas o sacos, excepto de cuero y plástico para hombre", no existen recursos disponibles, los cuales se requieren para adelantar un proceso contractual, cuyo propósito es fortalecer la imagen institucional, facilitar la identificación del equipo operativo en territorio y apoyar el desarrollo de actividades comunitarias, pedagógicas y de participación, contribuyendo así a consolidar la relación entre el Estado y la comunidad..
Que, mediante el memorando No. 20255420019953, el Alcalde Local solicita se realice un traslado presupuestal para incrementar los recursos los siguientes rubros: "02120201002072712005 Manteles" en $2.111.655, "02120201002072719002 Estandartes y banderas" en $2.001.024 y "02120201002082823117 Chaquetas o sacos, excepto de cuero y plástico para hombre" en $135.818.667, con el fin de adelantar el proceso de contratación cuyo objeto es: "Adquisición de chaquetas, banderas y otros elementos destinados a promover y fortalecer la imagen institucional de la Alcaldía Local de San Cristóbal, en el marco del desarrollo de diferentes actividades contempladas en el Plan de Desarrollo 2025-2027, de conformidad con las condiciones, cantidades y especificaciones técnicas establecidas" y que, según el estudio de mercado, el valor estimado del proceso asciende a $139.931.346, de los cuales $135.818.667 corresponden específicamente a la adquisición de chaquetas.
Que, una vez verificadas las metas del Plan Anual de Adquisiciones, se evidenció que el saldo susceptible de ser utilizado en un traslado presupuestal corresponde a los rubros "02120201003023219999 Artículos n.c.p. de pulpa de papel o cartón", en $27.418.905. "Ο21201010030301 Máquinas para oficina y contabilidad, y sus partes y accesorios" en $62.449, "O21201010030505 Discos, cintas, dispositivos de almacenamiento en estado sólido no volátiles y otros medios, no grabados" en $362.554, "O2120201003023212101 Papel periódico" en $2.140, "O2120201003023213301 Papel kraft" en $9.692, "02120201003023214813 Papeles impregnados y revestidos, incluso autoadhesivos" en $23.116, "02120201003023219202 Sobres de manila" en $10.682, "O2120201003053542006 Pegantes sintéticos" en $1.899, "02120201003063692002 Cinta autoadhesiva" en $59.853, "02120201003063692007 en Cintas pegantes (transparentes)" $160.533, "02120201003063699060 Cartuchos plásticos para impresora de computador" en $27.913.951, "O2120201003083891104 Marcadores de fieltro y similares" en $17.165, "O2120201003083891204 Cintas para impresora" en $25.533, "02120201003083899998 Artículos n.c.p. para escritorio y oficina" en $3.630 y "O2120201003033337001 Combustóleo fuel oil núm. 6" en $83.858.214.
Que, al revisar la ejecución presupuestal con corte al 04 de septiembre de 2025, los siguientes rubros: "02120201003023219999 "Artículos n.c.p. de pulpa de papel o cartón", "021201010030301 Máquinas para oficina y contabilidad, y sus partes y accesorios", "O21201010030505 Discos, cintas, dispositivos de almacenamiento en estado sólido no volátiles y otros medios, no grabados", "O2120201003023212101 Papel periódico" "02120201003023213301 Papel kraft", "O2120201003023214813 Papeles impregnados y revestidos, incluso autoadhesivos", "O2120201003023219202 Sobres de manila", "02120201003053542006 Pegantes sintéticos", "02120201003063692002 Cinta autoadhesiva", "02120201003063692007 Cintas pegantes (transparentes)", "O2120201003063699060 Cartuchos plásticos para impresora de computador", "O2120201003083891104 Marcadores de fieltro y similares", "02120201003083891204 Cintas para impresora", "O2120201003083899998 Artículos n.c.p. para escritorio y oficina" cuentan con saldo de apropiación disponible, debido a que, los recursos requeridos, ya fueron comprometidos mediante el proceso contractual cuyo objeto es: "Adquirir elementos de oficina, papelería y consumibles de impresión para las impresoras de la Alcaldia Local de San Cristóbal y la Junta Administradora Local".
Que, el rubro "O2120201003033337001 "Combustóleo fuel oil núm. 6" cuenta con un saldo libre de apropiación por $108.000.000, que no será requerido en la vigencia 2025 debido a la orden de compra 135479 de 2024, cuyo objeto es: "SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE PARA VEHICULOS LIVIANOS, PESADOS, MAQUINARIA AMARILLA Y MOTORES DE COMBUSTION INTERNA DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE SAN CRISTOBAL A MONTO AGOTABLE", por un valor de $120.000.000. Adicionalmente, se ha evaluado la viabilidad de solicitar prórroga de esta Orden de Compra por un periodo de siete (7) meses, hasta el 28 de mayo de 2026, garantizando así la adecuada utilización de los recursos disponibles.
Que, por lo anterior, existen CIENTO TREINTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($139.931.346), disponibles, que pueden ser contracreditados en un traslado presupuestal.
En mérito de lo anteriormente expuesto el alcalde local,
DECRETA:
Artículo 1°. Efectúese los siguientes contra créditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de la vigencia 2025 del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal conforme al siguiente detalle:
CONTRACRÉDITOS
Artículo 2º. Efectúese los siguientes créditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de la vigencia 2025 del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal conforme al siguiente detalle:
CREDITOS
Artículo 3º.- Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido de este a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su cargo.
Artículo 4°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
Se expide en Bogotá D.C., en la Localidad de San Cristóbal a los 05 días del mes de septiembre del año 2025.
CARLOS HERNANDO MACIAS MONTOYA
Alcalde Local de San Cristóbal
Nota: Ver norma original en Anexos. |
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