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Decreto Local 018 de 2025 Alcaldía Local de Chapinero

Fecha de Expedición:
11/11/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
18/11/2025
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 18 DE 2025

 

(Noviembre 11)

 

“Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal 2025”.

 

EL ALCALDE LOCAL DE CHAPINERO (E)

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas en el artículo 32 del Decreto 158 de 2025, y

 

CONSIDERANDO

 

Que, el Decreto 158 de 2025 del 21 de abril de 2025, “Por medio del cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local F.D.L.” en su artículo 32.1, establece el Traslado Presupuestal e indica que “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se hará mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda- Dirección Distrital de Presupuesto”…

 

Que, la Circular Externa No. DDP-000008 del 31 de diciembre de 2019, de la Secretaría Distrital de Hacienda, estableció que, mediante el parágrafo único del artículo 9° del Decreto 777 de 2019 se contempló que “se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que corresponden al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”.

 

Que, el alcalde Local (E) de Chapinero mediante Memorando No 20255220016553 del 10 de noviembre de 2025, solicitó a la Profesional de Presupuesto adelantar las gestiones pertinentes para realizar el traslado presupuestal al nivel “0212 Adquisición de bienes y servicios” mediante el cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento vigencia 2025, por valor de:

 

QUINCE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL DIECISIETE PESOS M/CTE. ($ 15.285.017).

 

CONTRACRÉDITOS

 

O212 Adquisición de bienes y servicios

 

Producto de la ejecución del proceso FDLCH-SAMC-NUMERO POR ASIGNAR-2025 se advierte por la Entidad que, pese a que los recursos son suficientes, se requiere realizar un traslado presupuestal “redistribuir” los saldos de los rubros O212020200701030571351 Servicios de seguros de vehículos automotores, O212020200701030571354 Servicios de seguros contra incendio, terremoto y O212020200701030571355 Servicios de seguros generales de responsabilidad en lo referente al GRUPO 1 “Generales”, toda vez que al analizar los tipos de pólizas que lo componen se prevé que dichos rubros no están adecuadamente distribuidos, para así de esta forma garantizar el principio de “especialidad” permitiendo así que los recursos presupuestales sean utilizados exclusivamente para los fines y objetivos para los que fueron asignados acorde a lo establecido en la normatividad aplicable y vigente.

 

En cuanto al rubro O212020200701030471349 “Otros servicios de seguros de salud n.c.p.” con un presupuesto inicial de $122.500.000 asignados para cubrir el pago de la seguridad social en salud de los 7 ediles que conforman la Junta de Administradora Local de Chapinero, se han utilizado al 31 de octubre de 2025 recursos por la suma de $85.718.100 y se proyecta utilizar recursos hasta cubrir los honorarios del mes de diciembre por valor de $33.397.458 dando como resultado una diferencia de $3.384.442 los cuales se dispondrán para el traslado presupuestal.

 

En relación con el rubro O212020200701030571351 “Servicios de seguros de vehículos automotores”, de acuerdo con el estudio de mercado del proyecto de funcionamiento para la contratación de los Seguros de la Entidad, es viable y necesario la disminución del rubro en $11.900.575.

 

CRÉDITOS O212

 

 Adquisición de bienes y servicios

 

En el rubro O21202020070103010271311 “Servicios de seguros de vida individual” se tiene una apropiación inicial de $5.994.275 los cuales se han presupuestado para adquirir el ramo denominado “vida grupo” correspondiente al grupo 2 Seguros VIDA GRUPO. Sin embargo, una vez realizada la asociación respectiva producto del estudio de mercado base del proceso FDLCH-SAMC-NUMERO POR ASIGNAR-2025 para este ramo, se requiere un total de $ 8.749.393, por lo que se hace necesario aumentar el rubro presupuestal en $ 2.755.118 de tal manera que se garantice el principio de “especialidad”.

 

En el rubro O212020200701030571354 “Servicios de seguros contra incendio, terremoto o se tiene una apropiación inicial de $ 18.880.000 los cuales se han presupuestado para adquirir los ramos denominados “TOTAL TODO RIESGO DAÑOS MATERIALES” perteneciente al grupo 1 Seguros Todo Riesgos y de los cuales tiene pendiente realizar una apropiación por un valor de $1.096.075, correspondiente a la adición del predio casa de inspecciones dentro del cubrimiento de la garantía, y toda vez realizada la asociación respectiva producto del estudio de mercado base del proceso FDLCH-SAMC-NUMERO POR ASIGNAR-2025 para este ramo, se requiere un total de $ 25.933.958, por lo que se hace necesario aumentar el rubro presupuestal en $8.150.033 de tal manera que se garantice el principio de “especialidad”.

 

En el rubro O212020200701030571355 “Servicios de seguros generales de responsabilidad civil” Se tiene una apropiación inicial de $ 132.705.000 los cuales se han presupuestado para adquirir los ramos denominados “MANEJO GLOBAL ENTIDADES OFICIALES”, “RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL”, “AUTOMOVILES”, correspondiente al grupo 1 y “RCSP” correspondiente al grupo 3; Sin embargo, una vez realizada la asociación respectiva producto del estudio de mercado base del proceso FDLCH-SAMCNUMERO POR ASIGNAR-2025 para este ramo, se requiere un total de $ 135.917.146, por lo que se hace necesario aumentar el rubro presupuestal en $3.212.146 de tal manera que se garantice el principio de “especialidad”.

 

En el rubro O212020200701030571347 “Servicios de seguros obligatorios accidentes de tránsito” Se tiene una apropiación inicial de $7.696.000 los cuales se presupuestaron para la adquisición del SOAT proceso que se realizó por valor de $6.002.800 correspondiente al proceso con No. de compromiso 090 de 2025 cuyo objeto fue ADQUIRIR LOS SEGUROS OBLIGATORIOS DE ACCIDENTES DE TRANSITO -SOAT- Y DE AUTOMOVILES PARA LOS VEHICULOS QUE CONFORMAN EL PARQUE AUTOMOTOR DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL CHAPINERO quedando un sado disponible por valor de $1.693.200 los cuales se han presupuestado para adquirir los ramos denominados “SOAT” correspondiente al grupo 4. Sin embargo, una vez realizada la asociación respectiva producto del estudio de mercado base del proceso FDLCH-SAMCNUMERO POR ASIGNAR-2025 para este ramo, se requiere un total de $ 2.860.920, por lo que se hace necesario aumentar el rubro presupuestal en $1.167.720 de tal manera que se garantice el principio de “especialidad”.

 

DECRETA

 

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese el siguiente contracrédito al Presupuesto anual de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero de la vigencia fiscal 2025, de conformidad con el siguiente detalle:

 

Texto

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ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese los siguientes créditos al Presupuesto anual de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero de la vigencia fiscal 2025, de conformidad con el siguiente detalle:

 

Interfaz de usuario gráfica, Aplicación

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ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C, a los 11 (once) días del mes de noviembre del año 2025.

 

DANIEL HERNANDO ORTIZ QUINTERO

 

Alcalde Local de Chapinero (E)

 

Nota: Ver norma publicada en Anexos.