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Decreto Local 015 de 2025 Alcaldía Local de Kennedy

Fecha de Expedición:
14/11/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8456 del 21 de noviembre de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 015 DE 2025

 

(NOVIEMBRE 14)

 

Por medio del cual se efectúa un traslado presupuestal en el presupuesto anual de gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy para la vigencia fiscal 2025

 

LA ALCALDESA LOCAL DE KENNEDY

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial la que le confiere el Decreto 158 de 2025, y

 

CONSIDERANDO

 

Que, el Articulo 32 del Decreto 158 de 2025, establece: "Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones".

 

Que, de igual manera, el inciso 32.1 establece: "(...) Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde local, estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto (...)".

 

Que mediante la Resolución No. SDH-000191 del 22 de septiembre de 2017 se adoptó el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital, el cual establece en el numeral 3.2.1.4.2. "Traslados presupuestales internos", los requisitos para efectuar un traslado presupuestal al interior de agregados.

 

Que, el Artículo 10 del Decreto 192 de 2021, establece: "Las modificaciones al anexa del decreto de liquidación de las órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos las organismos de control, y las Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá, D.C y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde local En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del decreto de liquidación se harán por resolución a acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.".

 

Que, el Articulo 209 de la Constitución Política de Colombia, establece: "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones".

 

Que, de conformidad con el Artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993, los alcaldes locales administran las alcaldías locales y los fondos de desarrollo local.

 

Que, mediante decreto local N° 15 de diciembre de 2024, corregido mediante el decreto 01 del 03 de enero de 2025, se expidió el presupuesto de ingresos, gastos e inversiones del fondo de desarrollo local de Kennedy para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2025.

 

Que, luego de realizar las estimaciones de gasto el rubro 021202020070373123 - Servicios de arrendamiento sin opción de compra de maquinaria y equipo de oficina sin operario (excepto computadoras) por un valor de SEIS MILLONES SEISCIENTOS NUEVE MIL DIEZ PESOS M/CTE $6.609.010). Esta modificación presupuestal tiene como finalidad garantizar la contratación del servicio de arrendamiento de equipos de impresión (servicio de impresión integral) requerido para el normal desarrollo de las actividades administrativas y misionales de la entidad.

 

Que, es necesario acreditar el rubro 021201010030502-Aparatos transmisores de televisión y radio; televisión, video y cámaras digitales por un valor de DIESCISEIS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M/CTE ($16.500.000) en razón de atender la demanda existente en algunos conceptos de gasto indispensables para el normal funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy. En este sentido, el presente traslado tiene como propósito apropiar los recursos disponibles por ejecutar, producto de la liberación de recursos efectuada durante la vigencia 2025.

 

Que, para realizar el contra crédito se encuentran recursos sin apropiar del rubro 021202020080383143 "Software originales" por valor de VEINTITRES MILLONES CIENTO NUEVE MIL DIEZ PESOS M/CTE ($ 23.109.010) teniendo una apropiación disponible para poder realizar el traslado.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1. Efectúese un crédito al presupuesto de gastos de funcionamiento de la Alcaldía Local de Kennedy para la vigencia fiscal 2025 de siguiente manera:

 

 

ARTÍCULO 2. Efectúese un contra crédito al presupuesto de gastos de funcionamiento de la Alcaldía Local de Kennedy para la vigencia fiscal 2025 de la siguiente manera:

 

 

ARTICULO 3. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

ARTICULO 4. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

 

Se expide en Bogotá, D.C. 14 días del mes de noviembre del año 2025.

 

KARLA TATHYANNA MARIN OSPINA

 

Alcaldesa Local de Kennedy

 

NOTA: Ver norma original y anexos.