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Acuerdo 1017 de 2025 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
03/12/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/12/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8467 del 05 de diciembre de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 1017 DE 2025

 

(Diciembre 03)

 

Por el cual se ordena la expedición de lineamientos para el uso responsable y ético de la inteligencia artificial en el distrito capital y se dictan otras disposiciones

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales, especialmente las contenidas en los numerales 1 y 7 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993 y en concordancia con los artículos 25 y 313 de la Constitución Política de Colombia

 

ACUERDA:

 

Artículo 1. La Administración Distrital a través de la Oficina Consejería Distrital de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, formulará los lineamientos que garanticen y promuevan el uso responsable y ético de la Inteligencia Artificial en Bogotá D.C.

 

Parágrafo. La Administración Distrital deberá expedir los lineamientos en un lapso no mayor a doce (12) meses desde la sanción de este Acuerdo Distrital.

 

Artículo 2. Líneas de Acción. Los lineamientos se orientarán según lo establecido en la Política Nacional de Inteligencia Artificial vigente y en las disposiciones del Marco Ético para la Inteligencia Artificial en Colombia. Las líneas de acción propenderán por incluir, los siguientes aspectos:

 

1 Considerar entre otras, las siguientes disposiciones:

 

a) Adoptar un modelo de clasificación de riesgos para los sistemas de IA.

 

b) Fomentar el uso responsable y ético de los sistemas de Inteligencia Artificial Generativa en las entidades del distrito.

 

c) Fomentar la participación ciudadana en el diseño y/o implementación de soluciones basadas en IA, especialmente en proyectos con alto impacto social.

 

d) Impulsar buenas prácticas para la protección de datos personales en el uso de sistemas de IA.

 

e) Impulsar la adopción de estándares para el etiquetado de contenido generado por IA en comunicaciones oficiales, promoviendo la transparencia y la confianza ciudadana.


f) Incentivar la implementación de mecanismos de supervisión humana en los procesos automatizados, que minimicen riesgos para la ciudadanía.

 

g) Promover la documentación de los procesos y decisiones adoptadas durante el ciclo de vida de los sistemas de IA.

 

h) Promover la inclusión de criterios éticos y de responsabilidad en la contratación de servicios que incluyan IA

 

2. Implementar talleres prácticos y generar gulas orientadoras para estudiantes y docentes de colegios distritales, sobre el uso de IA generativa, incluyendo su componente ético, adaptados a diferentes niveles educativos y que incorporen el desarrollo de pensamiento crítico a través del uso responsable de estas herramientas.

 

Artículo 3. Canales de difusión. La Administración Distrital podrá hacer uso de los canales institucionales existentes, para la divulgación de los lineamientos establecidos.

 

Artículo 4. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación

 

PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

 

SAMIR JOSÉ ABISAMBRA VESGA

 

Presidente

 

LUZ ANGELICA VIZCAINO SOLANO

 

Secretaria General de Organismo de Control

 

CARLOS FERNANDO GALAN PACHÓN

 

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

 

NOTA. Ver norma original en anexos.