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Decreto 646 de 1999 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
17/09/1999
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/09/1999
Medio de Publicación:
Registro Distrital 1986 del 20 de septiembre de 1999
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 646 DE 1999

DECRETO 646 DE 1999

(septiembre 17)

Derogado por el art. 69 del Decreto Distrital 854 de 2001

por el cual se modifica el Decreto 546 del 18 de agosto de 1999

 

El Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., en uso de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas por los artículos 38 y 40 del Decreto Ley 1421 de 1993, y en las Leyes 80 de 1993 y 489 de 1998 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que como representante legal del Distrito Capital, corresponde al Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, la dirección y el manejo de la actividad contractual, de los procesos de selección y por tanto, la adjudicación y celebración de los contratos de la Administración Central de conformidad con la Ley y los Acuerdos.

 

Que la anterior facultad fue delegada mediante el Decreto 546 del 18 de agosto de 1999, en el Subsecretario General de la Secretaría General, en relación con la celebración de contratos que deban realizarse mediante el procedimiento de contratación directa, requeridos para la ejecución del presupuesto de la Secretaría General, facultad que deberá ser ejercida, con estricta observancia de los principios y procedimientos establecidos en la Ley 80 de 1993, sus Decretos Reglamentarios, así como las demás normas que la modifiquen o complementen.

 

Que es necesario precisar el alcance de la delegación antes mencionada, a fin de incluir la realización y ejecución de todos los actos inherentes a la actividad contractual.

 

En mérito de lo expuesto, el Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C.,

 

DECRETA:

 

Artículo 1º.- Modificar el artículo 1 del Decreto 546 del 18 de agosto de 1999, el cual quedará así:

 

"ARTÍCULO PRIMERO: Delegar en el Subsecretario General de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor del Distrito Capital, la facultad de celebrar los contratos que deban efectuarse mediante el procedimiento de contratación directa, requeridos para la ejecución del presupuesto de la Secretaría General, así como la realización y ejecución de todos los demás actos inherentes a la actividad contractual, tales como la aprobación de las pólizas, la aprobación de las actas de liquidación de los contratos, la suscripción de las adiciones y prórrogas a que haya lugar, entre otros.

 

Parágrafo Primero: En ejercicio de la anterior delegación, corresponderá también al delegatario, realizar y ejecutar los actos inherentes a la actividad contractual, enunciados en el presente artículo, respecto de los contratos celebrados mediante el procedimiento de contratación directa, y que hayan sido suscritos con anterioridad a la presente delegación.

 

Parágrafo Segundo: Exceptuar de la anterior delegación la celebración de convenios interadministrativos".

 

Artículo 2º.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

Publíquese y cúmplase.

 

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 17 de septiembre de 1999.

 

El Alcalde Mayor, ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO.