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Resolución 086 de 2026 Instituto Distrital de Turismo - IDT - Dirección General

Fecha de Expedición:
16/02/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/02/2026
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8533 del 05 de marzo de 2026.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 086 DE 2026

 

(Febrero 16)

 

Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2026

 

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el literal b) del artículo 5 del Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., el artículo 109 del Decreto Distrital 645 del 2025, el literal b) del artículo 18 del Acuerdo 001 de 2007, el artículo 1 del Acuerdo 006 de 2016 y los numerales 1 y 3 del artículo 6º del Acuerdo 7 de 2022 de la Junta Directiva, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Instituto Distrital de Turismo es un establecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

 

Que el artículo 109 del Decreto Distrital 645 del 2025 dispone que “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del alcalde o alcaldesa local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos”.

 

Que, de conformidad con el literal b del artículo 4 del Acuerdo Distrital 275 de 2007, es función de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo “Aprobar los planes, programas, proyectos y presupuesto del Instituto, así como las modificaciones que se hagan a los mismos, de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento”.

 

Que, mediante Acuerdo 006 de fecha 1° de septiembre de 2016, la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo autoriza al Director General, para efectuar los traslados presupuestales que se requieran para el presupuesto de funcionamiento, cuando éstos correspondan a valores inferiores o iguales a 202 S.M.M.L.V, es decir que para la vigencia 2026, la autorización es hasta $353.682.810, sin necesidad de adelantar el trámite de aprobación ante la Junta Directiva, previo cumplimiento de los requisitos dispuestos por la Secretaría Distrital de Hacienda.


Que, el parágrafo primero del artículo 109 del Decreto Distrital 645 del 2025, exceptúa del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda cuando se efectúen modificaciones en gastos de funcionamiento al interior de los siguientes rubros:

 

“Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”.

 

Que el artículo 31 del Decreto Distrital 675 de 2025, dispone acerca de las modificaciones al interior del presupuesto de gastos de funcionamiento, indicando que respecto de la liquidación del presupuesto del distrito de Bogotá para vigencia 2.026, se permite hacer modificaciones presupuestales al interior de los componentes de gastos, señalando lo siguiente:

 

“Durante la vigencia 2026, las modificaciones en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento y del servicio de la deuda por traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen los gastos de personal, adquisición de bienes y servicios, transferencias corrientes, disminución de pasivos y gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora, capital, intereses y comisiones de la deuda interna o externa, se harán mediante resolución expedida por el representante legal de la entidad respectiva o por Decreto del (de la) Alcalde(sa) Local, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la Secretaría Distrital de Hacienda-Dirección Distrital de Presupuesto para tal fin””

 

Que, el IDT requiere realizar un traslado presupuestal de gastos de funcionamiento al interior de los rubros de gastos de personal, gastos generales. En virtud de lo establecido en el artículo 63 del Decreto Distrital 714 de 1996, el artículo 109 del Decreto Distrital 645 del 2025, el numeral 3.2.1.4.2. de la Resolución SHD No. 191 del 22 de septiembre de 2017 - Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital, el Instituto Distrital de Turismo se propone efectuar un traslado presupuestal por valor de TRESCIENTOS DOCE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($312.500.000) M/cte.

 

La presente justificación económica se fundamenta en la necesidad de realizar un traslado presupuestal de funcionamiento, para cubrir el pago del concepto auxilio de transporte para toda la presente vigencia por TRES MILLONES DE PESOS ($3.000.000) m/cte, a favor de la siguiente funcionaria:

 

 

 

NOMBRE

 

IDENTIFIC ACIÓN

 

NOMBRE TITULAR

 

 

DENOMINACIÓN

 

CÓ DIG O

 

 

GRADO

 

 

DEPENDENCIA

FRANCO ESPEJO LINA YOHANA

 

52.258.649

 

FRANCO ESPEJO LINA YOHANA

 

AUXILIAR ADMINISTRATIV O

 

407

 

01

SUBDIRECCIÓN DE INTELIGENCIA            Y

GESTIÓN          DE

TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN

 

Traslado presupuestal de funcionamiento, para cubrir el pago de la indemnización por vacaciones por TRESCIENTOS MILLONES DE PESOS ($300.000.000) M/cte, a favor de los siguientes funcionarios con nombramiento provisional de la entidad que terminaron o terminan su vinculación resultado de la Convocatoria Distrito Capital 6:

 

CÉDULA

NOMBRES Y APELLIDOS

1.014.220.585

ACOSTA RODRIGUEZ JAIRO HERNAN

1.026.584.977

AGUDELO LOMBARDI NICOLE STEFANNY

1.019.066.459

ALGARRA TOVAR JESSICA PAOLA

1.090.404.441

ARIAS RESTREPO DANIELA MARIA

1.018.414.680

ARIZA MUÑOZ DIANA PATRICIA

1013625556

BARBON ACUÑA ERIKA TATIANA

1.022.361.225

BAUTISTA CÁRDENAS CINDY BRILLITH

80.827.192

BELTRAN RIVEROS EDWIN ALEXANDER

51.659.206

BOCAREJO CARVAJAL MYRIAM YANETH

8.752.132

BULA GIAMMARIA JIMY

68.305.516

CALDERON MORALES EDITH ISABEL

79938962

CARDENAS MORALES ALEJANDRO

52.381.763

CASTELLANOS RENDON YADY XIOMARA

53.097.266

CUELLAR GONZALEZ DIANA PAOLA

1.018.490.249

DAZA MENDEZ JULIAN ANDRES

51.921.377

DÍAZ AMÉZQUITA SORAIDA LUCIA

52.258.649

FRANCO ESPEJO LINA YOHANA

1.019.018.291

GUTIERREZ MORENO DIANA FERNANDA

72.007.383

MIRANDA TRUJILLO MARLON ENRIQUE

1.014.204.061

MORENO SUAREZ LORENA TATIANA

1031154496

ORTIZ GRACIA ANDRES EMIGDIO

1.022.407.054

ORTÍZ LARA YENNY CATERINE

52.712.761

OSPINA CRUZ JOHANNA MARCELA

52.322.220

OSTOS ANGULO FLOR EDITH

52.787.345

PATARROYO BAEZ YUDY MILENA

52.087.362

PINILLA COY YOHNY ESMERALDA

19.484.755

RAMIREZ SOTO GUILLERMO

80.825.267

RAMIREZ VILLAMIL LUIS MIGUEL

52.379.016

RIVERA CAMERO ANDREA MILENA

51977815

ROJAS GUZMAN NANCY ADRIANA

1.014.181.651

ROMERO PARDO JHON FREDY

1.033.772.675

SANCHEZ SUAREZ JOAN HERNANDO

53.036.766

SARABIA SIERRA DIANA CAROLINA

1.100.687.151

TIRADO GOMEZ CASSERES MARIA DE LOS ANGELES

52.330.441

TORRES RODRIGUEZ SANDRA JANNETH

19382742

VELANDIA CRUZ RICARDO RAMON

1.022.358.341

VELASQUEZ BAQUERO PAOLA ANDREA

1.026.278.163

VILLOTA MONCAYO MARÍA XIMENA

1.019.025.370

YATE PINZON PAULA ANDREA

52.740.161

ZAMORA NANCY

1.019.130.346

ZAPATA PAEZ MATEO

1.020.745.324

ZARATE PAMPLONA CAROLINA

 

Traslado presupuestal de funcionamiento, para cubrir el pago de la ARL de los practicantes de la entidad y los contratistas que apoyan temas logísticos y de conducción por TRES MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($3.500.000) M/cte, así:

 

CEDULA

NOMBRE

CARGO

79129752

JULIO

MARTÍNEZ

RICARDO

SANABRIA

CONTRATISTA LOGÍSTICO

APOYO

6033882

ISMAEL PRIETO RODRIGUEZ

CONTRATISTA LOGÍSTICO

APOYO

1004162498

ISAAC DAVID PIMIENTA MEJÍA

PRACTICANTE

1000834477

LAURA VANESSA TUNJANO SOLER

PRACTICANTE

1002243701

LEONARDO GARCIA CAMARGO

PRACTICANTE

 

Finalmente, la entidad tiene a cargo dos (2) vehículos con más de un (1) año de operación, y cuya garantía de fábrica finalizó, por lo que se hace necesario realizar el mantenimiento preventivo, correctivo y la reposición de llantas, en cumplimiento de los parámetros técnicos de desgaste y vida útil determinados por su kilometraje, con el fin de garantizar condiciones óptimas de seguridad, operatividad y eficiencia en la prestación del servicio, conforme a la Ley 1383 del 2010 en su capítulo 8 y demás normatividad vigente.

 

Por esta razón, se hace necesario realizar el siguiente traslado presupuestal por valor de SEIS MILLONES DE PESOS ($6.000.000) M/cte, dentro de los gastos de funcionamiento correspondientes a bienes y servicios, con el propósito de contratar la prestación del servicio de mantenimiento incluido la adquisición de llantas, y asegurar la disponibilidad de recursos que permitan atender oportunamente dichas obligaciones y mantener el parque automotor en condiciones adecuadas.


En consecuencia, se identificaron los rubros que presentan déficit, igualmente los rubros que tienen mayores recursos en su apropiación, por tal motivo se hace necesario realizar un traslado presupuestal incrementando la apropiación, con el propósito de cubrir las obligaciones adquiridas por IDT.

 

RUBROS

 

 

 

Rubros

 

 

Descripción

Aumentar

 

 

Saldo Hoy

Disminuir

Nuevo Saldo

 

O211010100105

 

Auxilio de transporte

 

3.000.000

 

0

 

0

 

3.000.000

O21202020070103037 1332

Servicios de seguros sociales de riesgos laborales

 

 

3.500.000

 

 

0

 

 

0

 

 

3.500.000

 

O211010300102

 

Indemnización por vacaciones

 

300.000.000

 

0

 

0

 

300.000.000

O21202010030636111 01

Llantas de caucho para automóviles

 

 

6.000.000

 

 

0

 

 

0

 

 

6.000.000

O21202010030232129 01

 

 

Papel bond

 

 

 

7.300.000

 

 

3.500.000

 

 

3.800.000


 

O211010100101

 

Sueldo básico

 

 

1.036.662.667

 

303.000.000

 

733.662.667

O21202010030636990 10

Tapas para agendas, carpetas o similares en vinilo

 

 

 

6.000.000

 

 

6.000.000

 

 

0

 

 

 

312.500.000

 

 

312.500.000

 

 

De esta manera, como se indicó anteriormente, la presente modificación presupuestal se realiza entre rubros de Gastos de Funcionamiento al interior de los rubros presupuestales de gastos de personal y gastos generales; por lo que no requiere concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda, en atención al citado parágrafo del artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021 y el artículo 31 del decreto 675 de 2025.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. TRASLADO: Efectuar el siguiente traslado presupuestal de Gastos de Funcionamiento en el presupuesto del Instituto Distrital de Turismo, por la suma de TRESCIENTOS DOCE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($312.500.000), entre los rubros presupuestales dispuestos en el plan de cuentas.

 

0221-01 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

CONTRACRÉDITOS

CODIGO

NOMBRE

VALOR

O2120201003023212901

Papel bond

3.500.000

O211010100101

Sueldo básico

303.000.000

O2120201003063699010

Tapas para agendas, carpetas o similares en vinilo

6.000.000


 

0221-01 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

CRÉDITOS

CODIGO

NOMBRE

VALOR

O211010100105

Auxilio de transporte

3.000.000

 

 

O212020200701030371332

Servicios          de        seguros sociales de            riesgos laborales

 

 

3.500.000

O211010300102

Indemnización por vacaciones

300.000.000

 

O2120201003063611101

 

Llantas de caucho para automóviles

 

6.000.000

 

Artículo 2. REMISIÓN: Remítase copias de la presente Resolución a la Secretaría de Hacienda Distrital y demás oficinas competentes.

 

Artículo 3. VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en la ciudad de Bogotá D. C., a los 16 días del mes de febrero del año 2026.

 

Nota: Ver norma original en anexos.