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RESOLUCIÓN 472 DE 2025
(Diciembre 22)
Por la cual se modifica la Resolución 369 del 13 de septiembre de 2024
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 22, 188 y 189 de la Constitución Política, la Ley 2272 de 2022 que prorroga, modifica y adiciona la Ley 418 de 1997, Ley 548 de 1999, Ley 782 de 2002, Ley 1106 de 2006, Ley 1421 de 2010, Ley 1738 de 2014, la Ley 1941 de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 22 de la Constitución Política dispone que la paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento.
Que según el artículo 188 de la Constitución Política, el presidente de la República simboliza la unidad nacional y, al jurar el cumplimiento de la Constitución y de las leyes, se obliga a garantizar los derechos y libertades de todos los colombianos y colombianas.
Que de conformidad con el numeral 4 del artículo 189 de la Constitución Política, corresponde al presidente de la República como jefe de Estado, jefe de Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa, conservar en todo el territorio el orden público y restablecerlo donde fuere turbado, y de acuerdo con el numeral 3 de la misma norma constitucional, el presidente de la República dirige la fuerza pública y dispone de ella como comandante supremo de las fuerzas armadas.
Que el artículo 1 de la Ley 2272 de 2022 señala que la política de paz es una política de Estado. A su turno, el artículo 2 dispone que dicha política será: "prioritaria y transversal en los asuntos de Estado, participativa, amplía; incluyente e integral, tanto en lo referente a la implementación de acuerdos, como con relación a procesos de negociación, diálogo y sometimiento a la justicia. Los instrumentos de la paz total tendrán como finalidad prevalente el logro de la paz estable y duradera, con garantías de no repetición y de seguridad para todos los colombianos; estándares que eviten la impunidad y garanticen en el mayor nivel posible, los derechos de las victimas a la verdad, la justicia y la reparación".
Que el artículo 5 de la Ley 2272 de 2022, que modificó el artículo 8 de la Ley 418 de 1997, modificado por el artículo 3 de la Ley 1941 de 2018, establece: "los representantes autorizados expresamente por el Gobierno nacional, con el fin de promover la reconciliación entre los colombianos, la convivencia pacífica y lograr la paz, siguiendo los lineamientos del Presidente de la República, podrán: (...) Realizar todos los actos tendientes a entablar y adelantar diálogos, así como negociaciones y lograr acuerdos con los voceros o miembros representantes de los grupos armados organizados al margen de la ley (...)".
Que el parágrafo 8 del mismo articulo 5 dispone que le corresponde exclusivamente al presidente de la República la dirección de los acercamientos, conversaciones, negociaciones y diálogos de paz, como responsable de la preservación y mantenimiento del orden público en toda la Nación.
Que el 30 de septiembre del 2024 fue expedida la Resolución 369 "Por la cual se autoriza la instalación de la Mesa de Diálogos de Paz con el grupo armado autodenominado Comuneros del Sur y se dictan otras disposiciones". En esta resolución fue nombrada la ciudadana Clemencia Carabali Rodallega, identificada con cédula de ciudadanía número 34600283, como representante del Gobierno nacional para participar en el desarrollo de la referida Mesa de Diálogos de Paz y con carácter de miembro del equipo negociador.
Que la ciudadana Clemencia Carabali Rodallega presentó su renuncia a dicha designación. Como consecuencia, es necesario realizar una nueva delegación que le reemplace como representante del Gobierno nacional y con carácter de miembro del equipo negociador en la Mesa de Diálogos de Paz con el grupo armado organizado al margen de la ley autodenominado Comuneros del Sur.
Que, en consideración a lo anterior,
RESUELVE:
Artículo 1. Modificar el artículo 3 de la Resolución 369 del 13 de septiembre de 2024, el cual quedará así:
"Artículo 3. Designar como representantes del Gobierno nacional para participar en el desarrollo de la Mesa de Diálogos de Paz con el grupo armado organizado al margen de la ley autodenominado Comuneros del Sur, y con carácter de miembros del equipo negociador, a los ciudadanos Ángela Maria Robledo Gómez, identificada con cédula de ciudadanía número 24.313.244; Andrei Giovani Gómez Suárez, identificado con cédula de ciudadanía número 79.792.190; Juan David Correa Ulloa, identificado con cédula de ciudadanía número 79.786.453; y a Pablo Francisco Pardo Velasco, identificado con cédula de ciudadanía número 80.851.123".
Artículo 2. Comunicar la presente resolución a las autoridades competentes por intermedio de la Oficina del Consejero Comisionado de Paz.
Artículo 3. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los 22 días del mes de diciembre del año 2025.
Nota: Ver norma original en Anexos. |