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RESOLUCIÓN 089 DE 2026
(Enero 28)
Por la cual se adopta la metodología de evaluación para gerentes públicos, Acuerdos de Gestión 4.0, en la Secretaría de Educación del Distrito
LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO
En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial, lo previsto en el artículo 50 de la Ley 909[1] de 2004, el artículo 2.2.13.1.12 del Decreto Único Reglamentario 1083 de 2015[2], los Decretos Distritales 021 de 2024[3], 650 de 2025[4], у
CONSIDERANDO:
Que el literal c) del artículo 2ª de la Ley 909 de 2004 señala en el marco de los principios de la función pública, que la responsabilidad de los servidores públicos, sin distingo del tipo de vinculación, deberá concretarse a través de instrumentos de evaluación, con miras a la satisfacción de los intereses generales, la efectiva prestación del servicio y al logro de los fines del Estado.
Que el artículo 47 de la Ley 909 de 2004 establece que los cargos del nivel directivo que conlleven el ejercicio de responsabilidad directiva en la administración pública de la Rama Ejecutiva de los órdenes nacional y territorial, y son de libre nombramiento y remoción, tienen el carácter de empleos de gerencia pública.
Que los numerales 5 y 6 del artículo 48 de la Ley 909 de 2004, señalan respectivamente que: "los gerentes públicos están sujetos a la responsabilidad de la gestión, lo que significa que su desempeño será valorado de acuerdo con los principios de eficacia y eficiencia (...)" y que "todos los puestos gerenciales estarán sujetos a un sistema de evaluación de la gestión que se establecerá reglamentariamente".
Que el artículo 2.2.13.1.5 del Decreto Único Reglamentario 1083 de 2015 señala que "La evaluación de la gestión gerencial se realizará con base en los Acuerdos de Gestión, documentos escritos y firmados entre el superior jerárquico y el respectivo gerente público, con fundamento en los planes, programas y proyectos de la entidad para la correspondiente vigencia." (Subrayado fuera de texto)
Que el artículo 2.2.13.1.12 Ibidem, determina que "El Departamento Administrativo de la Función Pública diseñará una metodología para la elaboración, seguimiento y evaluación de los Acuerdos de Gestión, que podrá ser adoptada por las entidades, o que estas podrán desarrollar una metodología propia, acorde a los parámetros establecidos para la gerencia pública".
Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital (DASCD) ha actualizado la metodología de evaluación de los gerentes públicos distritales, así como el aplicativo e instructivos para su implementación, mediante el documento denominado "Acuerdos de Gestión - Aspectos a Tener en Cuenta: Evaluación Segundo Semestre y Cierre de Vigencia 2025". Esta medida se alinea con los lineamientos emitidos por el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), en el marco del nuevo modelo de gerencia pública y de acuerdos de gestión: "Hacia la gerencia pública 4.0"
Que, para la implementación de la metodología desarrollada por el DASCD, así como del modelo de Gerencia Pública y Acuerdos de Gestión: "Hacia la Gerencia Pública 4.0", resulta necesaria la adopción de esta por parte de la Secretaría de Educación del Distrito.
Que en mérito de lo expuesto, este Despacho,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: ADOPTAR de manera integral la metodología de evaluación para los gerentes públicos de la Secretaría de Educación del Distrito, desarrollada por el DASCD, Acuerdos de Gestión 4.0, a partir de la vigencia 2026.
ARTÍCULO SEGUNDO: IMPLEMENTAR la metodología Acuerdos de Gestión 4.0, la concertación, formalización, seguimiento y evaluación de los gerentes públicos de la Secretaría de Educación del Distrito, ingresando a través del módulo Acuerdos de Gestión 4.0. del Sistema de Información Distrital del Empleo y la Administración Pública (SIDEAP) del DASCD.
ARTÍCULO TERCERO: GESTIONAR, a través de la Oficina Asesora Jurídica, la publicación del presente acto administrativo en el portal web de la Secretaría de Educación del Distrito y en el Registro Distrital.
ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR, a través de la Dirección de Talento Humano, el contenido de la presente resolución a los gerentes públicos de la Secretaría de Educación del Distrito y sus respectivos superiores jerárquicos.
ARTÍCULO QUINTO: REMITIR, a través de la Dirección de Talento Humano, copia de la presente resolución al DASCD, como requisito habilitante del Módulo Acuerdos de Gestión 4.0 del SIDEAP.
ARTÍCULO SEXTO: La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo previsto en numeral 1º del artículo 87 de la Ley 1437 de 2011[5] y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLIQUESE Y COMUNÍQUESE.
Dada en la ciudad de Bogotá, D.C, a los 28 días del mes de enero del año 2026. ISABEL SEGOVIA OSPINA
Secretaria de Educación del Distrito Nota: Ver norma original en Anexos.
NOTAS AL PIE DE PÁGINA: [1] "Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones" [2] "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública" [3] "Por medio del cual se efectúan unos nombramientos" [4] "Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Educación" [5] "Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo" |