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Decreto Local 001 de 2026 Alcaldía Local de Teusaquillo

Fecha de Expedición:
26/02/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/03/2026
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8530 del 02 de marzo de 2026.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

 DECRETO LOCAL 001 DE 2026

 

(Febrero 26)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2026

 

LA ALCALDESA LOCAL DE TEUSAQUILLO

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 308 del Decreto 645 de 2025 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que, según lo establecido en el artículo 308 del Decreto 645 de 2025, estipula: “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los FDL que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por las JAL, se harán mediante decreto del alcalde o alcaldesa local.”.

 

Que, según el parágrafo del artículo 308 del Decreto 645 de 2025, estipula: “Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros de los gastos de personal, adquisición de bienes y servicios, obligaciones por pagar, transferencias corrientes, gastos por tributos, tasas y contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora.”.

 

Que, el Artículo 10 del Decreto 192 de 2021, por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones, establece respecto de las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación: “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local” (…). Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.

 

Que la Alcaldesa Local de Teusaquillo presentó el 03 de diciembre de 2025 el proyecto de presupuesto a nivel de agregados para estudio y aprobación de la JAL dentro del término establecido en el Artículo 16º del Decreto 158 del 21 de abril de 2025.

 

Que la Alcaldesa Local de Teusaquillo sancionó el Decreto 017 del 16 de diciembre de 2025 por medio del cual se liquida el presupuesto anual de ingresos y gastos de la Alcaldía Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2026.

 

Que, en el Decreto Local No. 017 del 16 de diciembre de 2025 por medio del cual se liquida el presupuesto anual de ingresos y gastos de la Alcaldía Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2026 se estableció para el rubro O21202020080585250 Servicios de protección (guardas de seguridad) un valor de SETECIENTOS VEINTE MILLONES DE PESOS M/CTE ($720.000.000) y para el rubro O212020200701030471349 Otros servicios de seguros de salud n.c.p. un valor de CIENTO SETENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($170.000.000).

 

Que, se encuentra en curso el proceso de licitación pública FDLT-LP-001-2026 (153266), cuyo objeto es "Prestar el servicio de vigilancia y seguridad privada en la modalidad de vigilancia fija con arma y medios tecnológicos para las instalaciones donde funciona la sede administrativa de la Alcaldía Local de Teusaquillo, la Junta Administradora Local, la Casa de la Participación y la sede en construcción, así como de las personas que se encuentren en el interior de las instalaciones, de los bienes muebles de propiedad de la Alcaldía y todos aquellos bienes de los que legalmente sea o llegare a ser responsable", por un valor de SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTITRÉS PESOS M/CTE ($685.328.823), con fecha de adjudicación prevista para el día tres (03) de marzo de 2026.

 

Que, el Contrato No. 293-2025 CPS (135226) suscrito con la COMPAÑIA ANDINA DE SEGURIDAD PRIVADA BIC LTDA - ANDISEG BIC LTDA se encuentra actualmente en ejecución y, con el fin de garantizar la continuidad del servicio y el pago adecuado de las obligaciones contractuales, se requiere una adición presupuestal motivada por el incremento del Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV), el cual pasó de UN MILLÓN CUATROCIENTOS VEINTITRÉS MIL QUINIENTOS PESOS M/CTE ($1.423.500) en el año 2025, a UN MILLÓN SETECIENTOS CINCUENTA MIL NOVECIENTOS CINCO PESOS M/CTE ($1.750.905) para la vigencia 2026.

 

Que, en virtud de lo anterior, se hace necesario adicionar la suma de VEINTITRÉS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($23.240.765), con el propósito de cubrir los incrementos y ajustes tarifarios correspondientes al periodo 2026 del citado contrato.

 

Que, adicionalmente, se requiere adicionar el valor de ONCE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS M/CTE ($11.564.393) y prorrogar el plazo contractual por cuatro días calendario, modificando la fecha de terminación final hasta el cuatro (04) de marzo de 2026. Lo anterior obedece a que el proceso de selección FDLT-LP-001-2026 para el nuevo servicio de vigilancia tiene su adjudicación prevista para el tres de marzo de 2026, siendo indispensable asegurar la prestación del servicio sin interrupciones hasta la suscripción del nuevo vínculo contractual.

 

Que, en consecuencia, la modificación al Contrato No. 293-2025 CPS (135226) comprende una adición total por valor de TREINTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CINCO MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($34.805.157) y una prórroga de cuatro (04) días, fundamentada en la actualización de costos conforme al SMMLV y la garantía de continuidad del servicio de vigilancia.


Que, de acuerdo con el aumento salarial establecido mediante el Decreto 022 de 2026 emitido por el Alcalde Mayor, el valor requerido para cubrir los aportes de salud de los Ediles de la localidad asciende a la suma de CIENTO SESENTA MILLONES SEICIENTOS SESENTA Y OCHO MIL VEINTITRÉS PESOS M/CTE ($160.668.023), quedando el excedente del rubro disponible para ser objeto de traslado presupuestal.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto:

DECRETA:

 

Artículo 1 º.- Efectúese un Contra Crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2026 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de acuerdo con el siguiente detalle:

 

CÓDIGO

NOMBRE

CONTRA CRÉDITO

O2

Gastos

133.980

O21

Funcionamiento

133.980

O212

Adquisición de bienes y servicios

133.980

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

133.980

O2120202

Adquisición de servicios

133.980

O2120202007

Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing

133.980

O21202020070103

Servicios de seguros y pensiones (excepto

133.980

 

los servicios de reaseguro y de seguridad social de afiliación obligatoria)

 

O2120202007010304

Servicios de seguros de salud y de accidentes

133.980

O212020200701030471349

Otros servicios de seguros de salud n.c.p.

133.980

 

Artículo 2º. – Efectúese un Crédito al Presupuesto de Gastos de Inversión de la vigencia fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de conformidad con el siguiente detalle:

 

CÓDIGO

NOMBRE

CRÉDITO

O2

Gastos

133.980

O21

Funcionamiento

133.980

O212

Adquisición de bienes y servicios

133.980

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

133.980

O2120202

Adquisición de servicios

133.980

O2120202008

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

133.980

O212020200805

Servicios de soporte

133.980

O21202020080585250

Servicios de protección (guardas de seguridad)

133.980

 

Artículo 3º.- Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, deberán ser informadas las Secretarías Distrital de Hacienda, Secretaría Distrital de Gobierno y la Junta Administradora Local, para lo de su competencia.

 

Artículo 4º.- Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

Artículo 5º.- Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 26 días del mes de febrero de 2026.

 

MARÍA ANGÉLICA GONZÁLEZ RUSSI

 

Alcaldesa Local de Teusaquillo

 

Nota: Ver norma original en anexos.