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ACUERDO 1021 DE 2026
(Febrero 27)
Por medio del cual se fomenta los juegos tradicionales en las instituciones educativas del distrito capital
EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas por el artículo 313 de la Constitución Política y el articulo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993
ACUERDA:
Artículo 1. Objeto. Esta iniciativa tiene como objetivo fomentar en las instituciones Educativas Distritales (IED) en Bogotá los juegos tradicionales de mesa, con el fin de promover en las nuevas generaciones, el desarrollo de competencias motrices y cognitivas relacionados con la mejora de la concentración, la memoria, la resolución de problemas, la socialización, la gestión emocional de los alumnos, impulsando la interacción física entre los estudiantes, docentes y personal administrativo.
Artículo 2. Lineamientos. La Administración Distrital a través de la Secretaria de Educación del Distrito, junto con las Instituciones Educativas Distritales (IED), plantearán las directrices para incorporar los juegos tradicionales de mesa, en las actividades culturales y académicas de la Institución Educativa Distrital, dentro de su calendario académico, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 de la Ley 115 de 1994, con el fin de apoyar los procesos pedagógicos y de integración, dirigidas al desarrollo de habilidades lúdicas, sensoriales y motoras a los niños, niñas y adolescentes de educación básica y media.
Parágrafo. Para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo los juegos tradicionales de mesa podrán ser los siguientes: dominó, parqués, uno, monopolio, rompecabezas, damas chinas, yoyo, golosa, yermis, pirinola, triqui, tenis de mesa y los que determine la Institución Educativa Distrital.
Artículo 3. Participación. La Administración Distrital definirá cuales son las entidades que pueden dar soporte a las Instituciones Educativas Distritales (IED), sobre la enseñanza de los juegos tradicionales de mesa a los estudiantes
Artículo 4. La Administración Distrital establecerá la metodología y procedimiento, para la dotación de los juegos de mesa en las Instituciones Educativas Distritales (IED).
Articulo 5.- Autonomía Escolar. Las disposiciones establecidas en el presente proyecto de acuerdo se implementarán respetado la autonomía de las Instituciones Educativas Distritales (IED).
Artículo 6. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
BUBLIQUESE Y CÚMPLASE.
HUMBERTO RAFAEL AMÍN MARTELO
Presidente
LUZ ANGELICA VIZCAINO SOLANO
Secretaria General de Organismo de Control
CARLOS FERNANDO GALAN PACHÓN
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL
NOTA: Ver norma original en anexos. |