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Acuerdo 1024 de 2026 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
27/02/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/03/2026
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8536 del 09 de marzo de 2026.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 1024 DE 2026

 

(Febrero 27)

 

Por medio del cual se institucionaliza la fiesta capitalina de música electrónica "MONUMENTUM: DISTRITO RAVE” y se dictan otras disposiciones

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.


En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 1 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993,

 

ACUERDA:

 

Artículo 1. Institucionalización Institucionalícese la Fiesta Capitalina de Música "Monumentum Distrito Rave organizada por la Fundación Gilberto Álzate Avendaño, como un evento distrital, gratuito y de carácter anual, mediante el cual se reconoce la importancia cultural, artística y económica de la música electrónica en la ciudad de Bogotá D.C.

 

Artículo 2. Promoción, producción, y ejecución. La Administración Distrital, a través de la Fundación Gilberto Álzate Avendaño o la entidad que haga sus veces será la encargada de coordinar las iniciativas necesarias para la planeación, promoción, producción y ejecución de la Fiesta Capitalina de Música Electrónica "Monumentum Distrito Rave en la ciudad de Bogotá DC en el marco de sus competencias y conforme a la normativa vigente en materia de cultura participación ciudadana y ordenamiento presupuestal.

 

Parágrafo: Esto evento se desarrollará en un entorno que promueva el arte, la diversidad, y la cultura bajo los principios del respeto ciudadano, la sana convivencia y el cumplimiento del orden legal, Asimismo, se buscará mitigar las consecuencias asociadas al consumo de sustancias psicoactivas, mediante la provisión de información clara, la reducción de barreras de acceso a servicios y la implementación de intervenciones basadas en evidencia científica.

 

Artículo 3. Participación de actores locales. La Fiesta Capitalina de Música Electrónica "Monumentum Distrito Rave deberá integrar a la ciudadanía seguidora de este espectro cultural, así como fomentar la participación, proyección y visibilización de artistas, colectivos y promotores distritales de música electrónica. Asimismo, se podrán organizar jornadas académicas y empresariales con el propósito de fortalecer las capacidades técnicas y creativas de los participantes, promover el intercambio de conocimientos y consolidar la escena local de música electrónica.

 

Artículo 4. Prevención de violencias basadas en género. La Administración Distrital en cabeza de la Secretaria Distrital de la Mujer acompañará de acuerdo con los recursos y capacidades disponibles la Fiesta Capitalina de Música Electrónica "Monumentum: Distrito Rave a través de lineamientos, estrategias y/o programas que esta entidad defina para garantizar que este evento cultural sea un espacio garante de los derechos de las mujeres se promueva la eliminación del acoso sexual y otras formas de violencia.

 

Artículo 5. Acceso al agua potable y puntos de recuperación. La Fundación Gilberto Álzate Avendaño, en articulación con la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, implementarán dentro la Fiesta Capitalina de Música Electrónica Monumentum: Distrito Rave puntos de hidratación gratuitos, garantizando el acceso a agua potable para todos los asistentes. Adicionalmente, se habitarán puntos de recuperación para proporcionar atención básica, estabilización y cuidados médicos en caso de emergencias, priorizando la seguridad y bienestar de los participantes durante todo el desarrollo del evento.

 

Artículo 6. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

 

HUMBERTO RAFAEL AMÍN MARTELO

 

Presidente

 

LUZ ANGELICA VIZCAINO SOLANO

 

Secretaria General de Organismo de Control

 

CARLOS FERNANDO GALAN PACHON

 

Alcalde Mayor de Bogotá. D.C.

 

NOTA: Ver norma original en anexos.