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Acuerdo 1033 de 2026 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
27/02/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/03/2026
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8536 del 09 de marzo de 2026.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 1033 DE 2026

 

(Febrero 27)

 

Por Medio Del Cual Se Fomenta La Lectura En Las Instituciones Educativas Distritales A Través De La Adopción Del Día De La Lectura

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D. C.

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 1º y 25 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993.

 

ACUERDA:

 

Artículo 1. Objeto. Adóptese el "Día de la lectura", en las instituciones Educativas del Distrito (1.E.D.) con la intención de fomentar este hábito y el desarrollo de habilidades lectoras de los estudiantes.

 

Artículo 2. Aplicación. La Secretaria de Educación del Distrito, en articulación con las autoridades educativas competentes, dispondrá que, por lo menos una vez por semestre, las Instituciones Educativas Distritales (IE.D.) programen un día destinado exclusivamente a la lectura de obras de libre elección por parte de los estudiantes.

 

Parágrafo. Esta actividad se llevará a cabo el seis (6) de marzo o el día hábil siguiente durante el primer semestre del año, en atención al Acuerdo Distrital 093 de 2003.

 

Artículo 3. Cooperación. En el desarrollo del principio de colaboración armónica entre entidades públicas, la Administración Distrital, podrá celebrar convenios interadministrativos y/o alianzas con el sector privado, para garantizar que las jornadas semestrales cuenten con una oferta literaria y actividades innovadoras que motive a los estudiantes a cultivar el hábito de la lectura.

 

Artículo 4. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.

 

HUMBERTO RAFAEL AMIN MARTELO

 

Presidente

 

LUZ ANGELICA VIZCAINO SOLANO

 

Secretaria General de Organismo de Control

 

CARLOS FERNANDO GALAN PACHÓN

 

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.


 Nota: Ver norma original en anexos.