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DECRETO 011 DE 2025
(Octubre 24)
Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos para la vigencia fiscal 2025.
LA ALCALDESA LOCAL DE BARRIOS UNIDOS
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 10 del Decreto 192 de 2021 y el artículo 32 del Decreto 158 de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 1421 de 1993, en su artículo 72, dispone:
"Honorarios y Seguros. A los ediles se les reconocerán honorarios por su asistencia a sesiones plenarias y a las de las comisiones permanentes que tengan lugar en días distintos a los de aquéllas. Por cada sesión a la que concurran, sus honorarios serán iguales a la remuneración del alcalde local, dividida por veinte (20).
Los ediles tendrán derecho a los mismos seguros reconocidos por este Decreto a los concejales.
En ningún caso los honorarios mensuales de los ediles podrán exceder la remuneración mensual del alcalde local.
El pago de los honorarios y de las primas de seguros ordenados estará a cargo del respectivo fondo de desarrollo local."
Que, en cumplimiento de lo mencionado, la Alcaldía Local de Barrios Unidos mediante el rubro 02110103007- Honorarios Ediles, proyectó recursos en la vigencia 2025 de los Honorables de los ediles por un valor de MIL CIENTO SESENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL MCTE ($1.162.843.000).
Que el Decreto Distrital 033 de 2025 modificado por el Decreto distrital 285 de 2025, en el artículo 1ro, ordenó un aumento a valor mensual de los honorarios referidos equivalente al 7.0%.
Que una vez aplicado dicho incremento el nuevo valor a disponer para el pago de los honorarios de los Honorables de los ediles asciende a la suma de MIL DOSCIENTOS UN MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y UN MIL MCTE ($1.201.341.000), lo que representa una diferencia sobre lo programado en un valor de TREINTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL PESOS MCTE ($38.498.000).
Que el artículo 32.1 párrafo segundo del Decreto 158 de 2025, estipula:
"Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el alcalde local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto".
Que, los rubros 02120201003053549939 "Aditivos para pinturas"; 02120201003063692001 "Cintas aislantes"; 02120201003063699098 "Artículos n.c.p. de material plástico para uso eléctrico"; 02120201003073719998 "Productos de vidrio n.c.p.; 02120201004014121101 "Chapa de hierro o acero laminada en caliente (incluso por proceso de heliaceración)"; 02120201004014121301 "Chapa de acero inoxidable", 02120201004024299989 "Artículos n.c.p. de metal moldeado": у. 02120201004024299991 "Artículos n.c.p. de ferretería y cerrajería", cuentan con recursos disponibles por un valor de CATORCE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL PESOS MCTE ($14.698.000).
Que el rubro 021202020080787130 "Servicios de mantenimiento y reparación de computadores y equipos periféricos", cuenta con recursos disponibles por valor de DIECISES MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS MCTE ($16.800.000), teniendo en cuenta que, en la actualidad, la Alcaldía Local cuenta con elementos suficientes para el desarrollo de sus actividades y el cumplimiento de funciones en la vigencia 2025.
Que el Fondo de Desarrollo local de Barrios Unidos estimó para garantizar el pago de la seguridad social en salud para los nueve (09) ediles de localidad bajo el rubro 0212020200701030471349 "Otros servicios de seguros de salud n.c.p.", en el cual se tiene proyectado un valor de CIENTO CINCUENTA Y SIETE MILLONES CIENTO SETENTA Y CINCO MIL PESOS MCTE ($157.175.000).
Que una vez realizados los ajustes de los incrementos establecidos en el Decreto Distrital 033 de 2025 y el Decreto Distrital 285 de 2025, el valor del pago a efectuar por el mencionado concepto es de CIENTO CINCUENTA MILLONES CIENTO SESENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS PESOS MCTE ($150.163.200).
Que se estableció una diferencia de SIETE MILLONES ONCE MIL OCHOCIENTOS PESOS MCTE ($7.011.800) entre el valor programado y el valor a pagar luego de ajustes, de la cual se requiere contra reditar SIETE MILLONES DE PESOS ($7.000.000) para el presente traslado.
Que expuesto lo anterior, se hace necesario el traslado entre los rubros de adquisición de bienes y servicios, por valor de TREINTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL PESOS MCTE ($38.498.000). Que la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, mediante oficio con radicado No 2025EE75865701 del 23 de octubre de 2025, emitió concepto previo favorable al traslado presupuestal.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese el siguiente contra crédito al Presupuesto anual de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos de la vigencia fiscal 2025, de conformidad con el siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: efectúese el siguiente crédito al presupuesto anual de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos de la vigencia fiscal 2025, de conformidad con el siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE
Se expide en Bogotá D.C, en la Localidad 12 de Barrios Unidos a los 24 días del mes de octubre del año 2025.
ANDREA MELISSA MORALES CANO
Alcaldesa local de Barrios Unidos
Nota: Ver norma original en anexos.
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