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DECRETO LOCAL 021 DE 2025
(Diciembre 19)
Por el cual se liquida el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º. de enero y el 31 de diciembre de 2026
EL ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA
En uso de sus facultades legales y en especial las que confiere al artículo 20 del Decreto 158 de 2025 y.
CONSIDERANDO
Que el Alcalde Local presentó el proyecto de presupuesto 2026 a nivel de agregados para estudio y aprobación de la Junta Administradora Local dentro del término establecido, conforme a lo dispuesto en el Artículo 16 del Decreto 158 de 2025.
Que la Junta Administradora Local aprobó el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º, de enero y el 31 de diciembre de 2026, mediante Acuerdo Local No. 013 de diciembre 15 de 2025; el cual fue debidamente sancionado por el Alcalde Local el día 15 de diciembre de 2025.
Que en virtud de lo establecido por el Artículo 20 del Decreto 158 de 2025, "corresponde al alcalde local expedir el Decreto de Liquidación del Presupuesto del respectivo FDL a nivel de programas y proyectos, de conformidad con el plan de cuentas presupuestal. (...)"
Que, en mérito de lo expuesto anteriormente,
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Fijar el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2026, por la suma de CIENTO UN MIL SETECIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL PESOS ($101.793.489.000) M/CTE., conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º. de enero y el 31 de diciembre de 2026, por la suma de CIENTO UN MIL SETECIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL PESOS ($101.793.489.000) M/CTE., conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 2026.
Dado en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de diciembre del año 2025.
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE
VICTOR ALFONSO CRUZ SANCHEZ
Alcalde Local de Puente Aranda
NOTA: Ver norma original en anexos. |