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Acuerdo 1040 de 2026 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
03/03/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/03/2026
Medio de Publicación:
Registro Distrital No 8536 del 09 de marzo de 2026.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 1040 DE 2026

 

(Marzo 03)

 

Por medio del cual se crea la actividad cultural denominada "muestra del carnaval de negros y blancos" para la preservación y promoción de la cultura nariñense en el distrito capital

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas en el numeral 1 del artículo 313 de la Constitución Política y el numeral 1 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO 1. Crease la Actividad Cultural denominada 'Muestra del Carnaval de Negros y Blancos", que se celebrará anualmente en la ciudad de Bogotá, D.C con el propósito de fortalecer la diversidad cultural, étnica y fomentar la preservación del patrimonio inmaterial de la nación y la promoción de la cultura nariñense a nivel distrital.

 

ARTÍCULO 2. PROPÓSITOS DEL EVENTO: La "Muestra del Carnaval de Negros y Bancos" tendrá los siguientes objetivos:

 

1. Integrar una muestra del carnaval de Negros y Blancos en la programación cultural de Bogotá.

 

2. Fomentar la Convivencia Ciudadana creando un espacio de encuentro y disfrute cultural y artístico que propicie la convivencia pacífica y el diálogo intercultural entre los habitantes de Bogotá.

 

3. Fomentar la integración social y el respeto por la pluralidad étnica y cultural en el Distrito Capital.

 

ARTÍCULO 3. EJECUCIÓN Y DESARROLLO. La Administración Distrital de Bogotá llevará a cabo anualmente la "Muestra del Carnaval de Negros y Blancos", la cual incluirá un recorrido de carácter carnavalesco con la participación de diferentes expresiones representativas de dicho carnaval.

 

PARAGRAFO: En el marco del evento, se habilitará un espacio destinado a la pro-moción de emprendimientos y a la oferta gastronómica originaria del departamento de Nariño.

 

ARTICULO 4. COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL: La Administración Distrital podrá promover alianzas estratégicas interinstitucionales con entidades públicas, privadas y comunitarias, con el propósito de consolidar iniciativas orientadas a potenciar y visibilizar la muestra del carnaval de Negros y Blancos en Bogotá.

 

PARAGRAFO: La Administración Distrital propenderá por impulsar espacios de intercambio de saberes entre creadores y comunidades para la creación promoción y circulación de las diferentes expresiones representativas del carnaval.

 

ARTICULO 5. VIGENCIA: El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

 

AUMBERTO RAFAEL AMIN MARTELO

 

Presidente

 

LUZ ANGELICA VIZCAINO SOLANO

 

Secretaria General de Organismo de Control

 

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

 

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

 

Nota: Ver norma original en anexos.