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DECRETO LOCAL 018 DE 2026
(Diciembre 19)
Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero al 31 de diciembre del 2026.
EL ALCALDE LOCAL DE MÁRTIRES
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 324 de la Constitución Política de Colombia, el Decreto 158 de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que la Junta Administradora Local aprobó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos para la vigencia fiscal de 2025 mediante Acuerdo Local No.006 de 2025 del 12 de diciembre de 2025 "Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires para la Vigencia Fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026".
Que el alcalde local sancionó dicho acuerdo mediante el Decreto Local No. 017 del 18 de diciembre de 2025 "Mediante el cual se sanciona el Acuerdo Local No.006 de 2025 del 12 de diciembre de 2025 "Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires para la Vigencia Fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026".
Que en virtud de lo establecido en el artículo 20 del Decreto 158 de 2025 "Por medio del cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local" el Alcalde debe liquidar el presupuesto anual de ingresos y gastos a nivel de programas y proyectos.
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Fijar el Presupuesto Anual de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2026 por la suma de OCHENTA Y SEIS MIL CIENTO NOVENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA MIL PESOS ML ($ 86.191.380.000), conforme al siguiente detalle:
DISTRIBUCIÓN DE INGRESOS
ARTICULO 2. Fijar el Presupuesto Anual de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero al 31 de diciembre de 2026, por la suma de OCHENTA Y SEIS MIL CIENTO NOVENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA MIL PESOS ML ($ 86.191.380.000), conforme al siguiente detalle:
ARTICULO 3. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del primero (1º) de enero de 2026.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de diciembre de 2025.
JOHN JADER SUAREZ DELGADO
Alcalde Local de Mártires
Nota: Ver norma publicada en Anexos. |