Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 065 de 2026 Veeduría Distrital

Fecha de Expedición:
17/03/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/03/2026
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8546 del 24 de marzo del año 2026.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 065 DE 2026

 

(Marzo 17)

 

Por la cual se hace un traslado en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Veeduría Distrital para la vigencia fiscal 2026

 

LA VEEDORA DISTRITAL

 

En ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 109 del Decreto Distrital 645 de 2025 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 109 del Decreto Distrital 645 de 2025 "Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Hacienda", señala que: "Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del alcalde o alcaldesa local. (…)".

 

Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación"

 

Que el parágrafo único del citado artículo exceptúa del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen factores constitutivos de salario; contribuciones inherentes a la nómina; remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, honorarios, activos fijos, materiales y suministros, adquisición de servicios, FONPET, obligaciones por pagar (adquisición de bienes, adquisición de servicios y otros gastos generales).

 

Que mediante la Resolución No. 191 del 22 de septiembre de 2017, la Secretaría Distrital de Hacienda adoptó y consolidó el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital, el cual en su numeral 3.2.1.4.2 define los traslados presupuestales internos como "(…) operaciones simultáneas que se realizan entre los gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión, sin que los agregados presupuestales se modifiquen, consisten en reducir un rubro presupuestal (contracrédito) que tiene saldo libre de afectación presupuestal para adicionar otro rubro (crédito)".

 

Que mediante el Decreto Distrital 675 del 30 de diciembre de 2025 se liquidó el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, contemplando lo propio para la Veeduría Distrital.

 

Que el artículo 31 del citado decreto, respecto de las modificaciones al interior del presupuesto de gastos de funcionamiento para la vigencia 2026, establece que: "(…) las modificaciones en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento y del servicio de la deuda por traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen los gastos de personal, adquisición de bienes y servicios, transferencias corrientes, disminución de pasivos y gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora, capital, intereses y comisiones de la deuda interna o externa, se harán mediante resolución expedida por el representante legal de la entidad respectiva o por Decreto del (de la) Alcalde(sa) Local, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la Secretaría Distrital de Hacienda-Dirección Distrital de Presupuesto para tal fin."

 

Que el proceso de Administración de Bienes, Servicios e Infraestructura, en cumplimiento de las funciones institucionales de la Veeduría Distrital y con el propósito de garantizar la adecuada protección de los bienes y recursos públicos bajo su responsabilidad, requiere adelantar el proceso de adquisición de pólizas de seguros que amparen los diferentes riesgos a los que se encuentran expuestos los activos, bienes muebles e intereses patrimoniales de la Entidad.

 

Que la contratación de estas pólizas tiene como finalidad salvaguardar el patrimonio público frente a la ocurrencia de posibles eventos o siniestros tales como daños materiales, hurto, responsabilidad civil, accidentes y demás riesgos que puedan afectar los bienes de la Entidad en el desarrollo de sus actividades misionales y administrativas. En este sentido, el proceso contractual tiene por objeto: "F26-05-016-Contratar los seguros que amparen los intereses patrimoniales actuales y futuros, así como los bienes de propiedad de la Veeduría Distrital, que estén bajo su responsabilidad y custodia y aquellos que sean adquiridos para desarrollar las funciones inherentes a su actividad y cualquier otra póliza de seguros que requiera la Entidad en el desarrollo de su actividad”.

 

Que por lo expuesto y con el fin de adelantar el proceso de contratación se necesitan recursos por valor de CINCUENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($55.792.448) en los rubros presupuestales "0212020200701030571351 Servicios de seguros de vehículos automotores" y "0212020200701030571354 Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción".

 

Que de otra parte, el proceso de Gestión de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones TIC, con el propósito de adelantar el proceso contractual cuyo objeto consiste en la adquisición de elementos tecnológicos para la actualización de la plataforma tecnológica de la Veeduría Distrital, orientada a mejorar el rendimiento en el procesamiento de los servidores de datos y optimizar la conectividad de la red, requiere la apropiación de recursos presupuestales por valor de VEINTE MILLONES DE PESOS M/CTE ($20.000.000),con cargo a los siguientes rubros presupuestales:

 

 

Que de otro lado, la Veeduría Delegada para la Atención de Quejas y Reclamos, solicita recursos por valor de QUINIENTOS MIL PESOS M/CTE ($500.000), en el rubro presupuestal "021202020080383960 Franquicias y marcas comerciales", con el fin de registrar la marca del instrumento metodológico INCIDE-"Medir para transformar Bogotá", ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), conforme a la normatividad vigente en materia de propiedad industrial, con el fin de garantizar su protección legal y posicionamiento institucional. Es importante precisar que, INCIDE es una herramienta desarrollada por la Veeduría Distrital para evaluar el desempeño de las entidades distritales en la garantía del acceso a la información pública, la participación ciudadana y la entrega efectiva de bienes y servicios. Se enmarca en el modelo de relación Estado-ciudadanía, y tiene como propósito fomentar una gestión pública más cercana, confiable e innovadora, alineada con los principios de Estado Abierto.

 

Que una vez revisada la ejecución presupuestal y las necesidades referidas, para realizar el contracrédito se verifica la existencia de recursos disponibles, sin que afecte la operatividad de la entidad en los rubros presupuestales de: "021202010040545271 Unidades fijas de almacenamiento" y "0212020200701030571356 Servicios de seguros de cumplimiento".

 

Que en mérito de lo anteriormente expuesto.

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1. Traslado. Efectúese el siguiente traslado en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Veeduría Distrital para la vigencia fiscal 2026, por la suma de SETENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($76.292.448), del Presupuesto de Funcionamiento de la entidad, en los siguientes créditos y contracréditos:

 

 

 

ARTÍCULO 2. Registro. Incorpórense los movimientos presupuestales de este traslado en el sistema de información presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda.

 

ARTÍCULO 3. Vigencia. Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de marzo del año 2026

 

ADRIANA HERRERA BELTRAN

 

Veedora Distrital

 

Nota: Ver norma original en Anexos.