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RESOLUCIÓN 049 DE 2026
(Marzo 02)
Por la cual se hace un traslado en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Veeduría Distrital para la vigencia fiscal 2026
LA VEEDORA DISTRITAL
En ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 109 del Decreto Distrital 645 de 2025
CONSIDERANDO
Que el artículo 109 del Decreto Distrital 645 de 2025 "Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Hacienda" señala que: "Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del alcalde o alcaldesa local. (...)".
Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.”
Que el parágrafo único del citado artículo exceptúa del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen factores constitutivos de salario; contribuciones Inherentes a la nómina; remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, honorarios, activos fijos, materiales y suministros, adquisición de servicios, FONPET, obligaciones por pagar (adquisición de bienes, adquisición de servicios y otros gastos generales).
Que mediante la Resolución No. 191 del 22 de septiembre de 2017, la Secretaría Distrital de Hacienda adoptó y consolidó el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital, el cual en su numeral 3.2.1.4.2 define los traslados presupuestales Internos como "(...) operaciones simultáneas que se realizan entre los gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión, sin que los agregados presupuestales se modifiquen, consisten en reducir un rubro presupuestal (contracrédito) que tiene saldo libre de afectación presupuestal para adicionar otro rubro (crédito)".
Que mediante el Decreto Distrital 675 del 30 de diciembre de 2025 se liquidó el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, contemplando lo propio para la Veeduría Distrital.
Que el artículo 31 del citado decreto, respecto de las modificaciones al interior del presupuesto de gastos de funcionamiento para la vigencia 2026, establece que: "(...) las modificaciones en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento y del servicio de la deuda por traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen los gastos de personal, adquisición de bienes y servicios, transferencias corrientes, disminución de pasivos y gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora, capital, intereses y comisiones de la deuda interna o externa, se harán mediante resolución expedida por el representante legal de la entidad respectiva o por Decreto del (de la) Alcalde(sa) Local, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la Secretaria Distrital de Hacienda-Dirección Distrital de Presupuesto para tal fin."
Que, el proceso de Administración del Talento Humano, de acuerdo a los cálculos y proyecciones realizadas, solicita recursos en el rubro presupuestal "0211010300102 Indemnización por vacaciones”, por un monto de SETENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO M/CTE ($78.994.945) con el fin de contar con el respaldo suficiente para cumplir con las obligaciones en materia prestacional generadas o que se pudieran generar con la desvinculación de la planta de la Entidad entre otras con ocasión de la provisión de cargos en el marco del Proceso de Selección No. 2551 de 2023-DISTRITO CAPITAL 6.
Que, una vez revisada la ejecución presupuestal y la necesidad referida, para realizar el contracrédito se verifica la existencia de recursos disponibles a corto plazo y sin que afecte la operatividad de la entidad en el rubro presupuestal “0211010100109 Prima técnica salarial"
Que, de otra parte, el proceso de Administración de Bienes, Servicios e Infraestructura, solicitó recursos para el rubro presupuestal "021202020080585290 Otros servicios de seguridad”, con el propósito de garantizar la protección integral de las instalaciones, bienes muebles e inmuebles, activos tecnológicos, información institucional y demás recursos físicos de la entidad, así como la seguridad de los servidores públicos, contratistas, visitantes y usuarios que acuden a sus dependencias y con el fin de avanzar en el proceso que tiene por objeto la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privada a la Veeduría Distrital.
Que, de acuerdo con las proyecciones macroeconómicas y con la Circular Externa No. 20251300000115CS del 30 de diciembre de 2025, mediante la cual la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada fijó las "TARIFAS MÍNIMAS PARA EL COBRO Y PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA DEL 25 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2025 Y VIGENCIA 2026" así como con el incremento del salario mínimo vigente, es Importante señalar que el servicio de vigilancia y seguridad privada es intensivo en mano de obra y su estructura de costos está directamente indexada al salario mínimo legal vigente. En consecuencia, el incremento salarial impacta de manera proporcional los costos unitarios del servicio, produciendo una variación significativa frente a las apropiaciones inicialmente previstas. Este factor explica, en gran medida, el aumento requerido en el presupuesto oficial estimado, razón por la cual se hace necesario realizar un traslado presupuestal por la suma de OCHENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($82.541.987), con el fin de contar con los recursos suficientes conforme al estudio de mercado, el cual establece un presupuesto oficial de TRESCIENTOS VEINTISEIS MILLONES DE PESOS M/CTE ($325.000.000), para la prestación del servicio durante doce (12) meses.
Que, de otro lado, con el propósito de garantizar el adecuado desarrollo de las funciones misionales de la Entidad, asegurar su correcto funcionamiento, optimizar el uso de los recursos públicos y garantizar una prestación eficiente del servicio a la ciudadanía, en concordancia con los principios de eficiencia, eficacia y responsabilidad que rigen la función administrativa; y con el fin de avanzar para la presente vigencia en el proceso de adquisición de elementos de papelería y de oficina para la Veeduría Distrital, se estableció, de acuerdo con los resultados del estudio de mercado, un presupuesto oficial de TREINTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($34.836.234), para esta contratación.
Que, en consecuencia, se hace necesario efectuar un traslado presupuestal por la suma de VEINTIOCHO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($28.268.234), conforme a los valores y rubros que se relacionan a continuación:
Que, el mismo centro de gestión, solicita recursos por valor de DOSCIENTOS DOCE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS M/CTE. ($212.946), para adicionar el Contrato No. 256 de 2025 Orden de Compra 152735 de 2025, suscrito con la empresa ASECOLBAS LTDA para la prestación del servicio de Aseo y cafetería incluido el suministro de insumos correspondientes. La adición solicitada obedece al incremento del Índice de Precios al Consumidor (IPC) decretados para la vigencia 2026, factor que impacta directamente la estructura de costos del contrato.
Que, en consecuencia, y con el propósito de garantizar la continuidad del servicio en las condiciones inicialmente pactadas, se hace necesario efectuar un traslado presupuestal conforme al cuadro adjunto. Lo anterior, con el fin de contar con los recursos suficientes que permitan respaldar la adición requerida y asegurar la adecuada ejecución contractual durante la vigencia 2026.
Que, una vez revisada la ejecución presupuestal y las necesidades referidas, para realizar el contracrédito se verifica la existencia de recursos disponibles, sin que afecte la operatividad de la entidad en los rubros presupuestales de "021202020080282223 Servicios de nómina" y "021202020090696131 Servicios de edición audiovisual"
Que en mérito de lo anteriormente expuesto.
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Traslado. Efectúese el siguiente traslado en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Veeduría Distrital para la vigencia fiscal 2026, por la suma de CIENTO NOVENTA MILLONES DIECIOCHO MIL CIENTO DOCE PESOS M/CTE ($190.018.112), del Presupuesto de Funcionamiento de la entidad, en los siguientes créditos y contracréditos:
CONTRACRÉDITOS
CRÉDITOS
ARTÍCULO 2. Registro. Incorpórense los movimientos presupuestales de este traslado en el sistema de Información presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda.
ARTÍCULO 3. Vigencia. Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en la ciudad de Bogotá D.C., a los 02 días del mes de marzo de 2026.
ADRIANA HERRERA BELTRAN
Veedora Distrital
Nota: Ver norma original en Anexos. |